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Renovación y canje de la Tarjeta de Identidad Profesional del personal de seguridad privada
Sáb 06 Feb 2016, 15:50
Renovación y canje de la Tarjeta de Identidad Profesional
del personal de seguridad privada .
Renovar la Tarjeta de Identidad Profesional por motivo de caducidad, extravío, robo o deterioro y canjear la de los antiguos Vigilantes Jurados.
¿Qué es?
A través de este procedimiento se obtiene nuevamente la TIP manteniendo el mismo número de habilitación, salvo en caso de canje, en el que se le asigna un nuevo número.
Clases y tipologías
Solicitud de renovación de la TIP de Vigilante de Seguridad y especialidades, Jefe de Seguridad y Director de Seguridad.
Solicitud de expedición de la TIP nueva en caso de robo, pérdida o deterioro de la misma del personal de seguridad privada.
Solicitud de canje de la habilitación.
¿Quiénes son los interesados?
Quienes siendo personal de seguridad privada tengan caducada la Tarjeta de Identidad Profesional, o bien la hayan perdido, se la hayan robado o la tengan deteriorada, así como aquellos que habiendo sido Vigilantes Jurados deseen canjear su título por el de Vigilante de Seguridad.
Requisitos
Los especificados en las instrucciones adjuntas
Periodo de validez
Diez años desde la fecha de su expedición.
¿Como se gestiona?
Mediante expediente instruido a instancia del propio interesado.
Modelo de solicitud
Declaración jurada
Solicitud de expedición de TIP
¿Dónde se presenta la documentación?
En las correspondientes Unidades de Seguridad Privada ubicadas en las Jefaturas Superiores de Policía, Comisarías Provinciales y Comisarías Locales del Cuerpo Nacional de Policía.
Documentos
Pasaporte/D.N.I./N.I.F/Tarjeta Residencia
Dos fotografías
Certificado Medico de poseer actitud física y capacidad psíquica que se ajuste al Real Decreto 2487/1998 de 20 de noviembre y a la Orden de 14 de enero de 1999.
Declaración jurada
Datos básicos del procedimiento
Forma de iniciación: A solicitud del interesado.
Tipo de procedimiento: Autorizaciones, Licencias y Concesiones.
Materia del procedimiento: ACTIVIDAD ADMINISTRATIVA
Resolución del procedimiento:
Órganos competentes para resolver este procedimiento:
Por competencia propia
Dirección General de la Policía
Por delegación
Comisario General de Seguridad Ciudadana (Orden de 30 de noviembre de 1998).
Plazo máximo para resolver y notificar: 7 Días Hábiles.
La resolución del procedimiento sí pone fin a la vía administrativa.
Efecto de la falta de resolución en este plazo: Desestimatorio (inicio a solicitud del interesado).
Normativas que regulan el silencio administrativo:
LEY 14/2000. de 29 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social, punto 2 de la disposición adicional vigésimo novena, (BOE Nº 313, de 30 de diciembre).
Recursos que se pueden interponer:
Contencioso - Administrativo
Órgano que resuelve el recurso:
Juzgados de lo Contencioso
Juzgados Centrales de lo Contencioso Adtvo.; Salas de lo Contencioso Adtvo. del Tribunal Superior de Justicia
Sala de lo Contencioso-Adtvo. de la Audiencia Nacional; Sala de lo Contencioso-Adtvo. del Tribunal Supremo
Plazo de interposición del recurso: 2 meses acto expreso, 6 meses acto presunto.
Normativa:
LEY 5/2014, de 4 abril, de Seguridad Privada.
REAL DECRETO 2364/1994, de 9 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Seguridad Privada.
ORDEN INT/318/2011, de 1 de febrero, sobre personal de seguridad privada.
Código del procedimiento: 994894
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del personal de seguridad privada .
Renovar la Tarjeta de Identidad Profesional por motivo de caducidad, extravío, robo o deterioro y canjear la de los antiguos Vigilantes Jurados.
¿Qué es?
A través de este procedimiento se obtiene nuevamente la TIP manteniendo el mismo número de habilitación, salvo en caso de canje, en el que se le asigna un nuevo número.
Clases y tipologías
Solicitud de renovación de la TIP de Vigilante de Seguridad y especialidades, Jefe de Seguridad y Director de Seguridad.
Solicitud de expedición de la TIP nueva en caso de robo, pérdida o deterioro de la misma del personal de seguridad privada.
Solicitud de canje de la habilitación.
¿Quiénes son los interesados?
Quienes siendo personal de seguridad privada tengan caducada la Tarjeta de Identidad Profesional, o bien la hayan perdido, se la hayan robado o la tengan deteriorada, así como aquellos que habiendo sido Vigilantes Jurados deseen canjear su título por el de Vigilante de Seguridad.
Requisitos
Los especificados en las instrucciones adjuntas
Periodo de validez
Diez años desde la fecha de su expedición.
¿Como se gestiona?
Mediante expediente instruido a instancia del propio interesado.
Modelo de solicitud
Declaración jurada
Solicitud de expedición de TIP
¿Dónde se presenta la documentación?
En las correspondientes Unidades de Seguridad Privada ubicadas en las Jefaturas Superiores de Policía, Comisarías Provinciales y Comisarías Locales del Cuerpo Nacional de Policía.
Documentos
Pasaporte/D.N.I./N.I.F/Tarjeta Residencia
Dos fotografías
Certificado Medico de poseer actitud física y capacidad psíquica que se ajuste al Real Decreto 2487/1998 de 20 de noviembre y a la Orden de 14 de enero de 1999.
Declaración jurada
Datos básicos del procedimiento
Forma de iniciación: A solicitud del interesado.
Tipo de procedimiento: Autorizaciones, Licencias y Concesiones.
Materia del procedimiento: ACTIVIDAD ADMINISTRATIVA
Resolución del procedimiento:
Órganos competentes para resolver este procedimiento:
Por competencia propia
Dirección General de la Policía
Por delegación
Comisario General de Seguridad Ciudadana (Orden de 30 de noviembre de 1998).
Plazo máximo para resolver y notificar: 7 Días Hábiles.
La resolución del procedimiento sí pone fin a la vía administrativa.
Efecto de la falta de resolución en este plazo: Desestimatorio (inicio a solicitud del interesado).
Normativas que regulan el silencio administrativo:
LEY 14/2000. de 29 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social, punto 2 de la disposición adicional vigésimo novena, (BOE Nº 313, de 30 de diciembre).
Recursos que se pueden interponer:
Contencioso - Administrativo
Órgano que resuelve el recurso:
Juzgados de lo Contencioso
Juzgados Centrales de lo Contencioso Adtvo.; Salas de lo Contencioso Adtvo. del Tribunal Superior de Justicia
Sala de lo Contencioso-Adtvo. de la Audiencia Nacional; Sala de lo Contencioso-Adtvo. del Tribunal Supremo
Plazo de interposición del recurso: 2 meses acto expreso, 6 meses acto presunto.
Normativa:
LEY 5/2014, de 4 abril, de Seguridad Privada.
REAL DECRETO 2364/1994, de 9 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Seguridad Privada.
ORDEN INT/318/2011, de 1 de febrero, sobre personal de seguridad privada.
Código del procedimiento: 994894
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Re: Renovación y canje de la Tarjeta de Identidad Profesional del personal de seguridad privada
Sáb 06 Feb 2016, 16:52
Esto es en caso de renovscion no? Se supone que si se te ha perdido y esta en vigor solo los tramites normales, sin medico o no? Supongo que habra que poner denuncia tambien en la comisaria.?
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Re: Renovación y canje de la Tarjeta de Identidad Profesional del personal de seguridad privada
Vie 11 Ene 2019, 09:21
Buenos Dias Atodos y un saludo
quisiera hacer una pregunta sobre la renovacion del tip es la segunda vez que lo renovo
en la tarjeta pone la fecha expedicion octubre 2009 podria cangearla en enero 2019 o tendria que esperar hasta octubre 2019
Muchas gracias un saludo
quisiera hacer una pregunta sobre la renovacion del tip es la segunda vez que lo renovo
en la tarjeta pone la fecha expedicion octubre 2009 podria cangearla en enero 2019 o tendria que esperar hasta octubre 2019
Muchas gracias un saludo
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Re: Renovación y canje de la Tarjeta de Identidad Profesional del personal de seguridad privada
Vie 11 Ene 2019, 09:50
Puedes canjearla cuando quieras, y mas si es una de las anteriores
lo aconsejable es renovarla lo mas próximo a la fecha de caducidad aun que sean uno o dos meses antes
según me han dicho algunos compañeros al menos en mi región es acudir a SP he informarte ya que según de donde seas te puedes ahorrar la revisión medica que son unos 60 o 70 € Aprox.
y tarda unos 2 meses en tener ya la nueva
lo aconsejable es renovarla lo mas próximo a la fecha de caducidad aun que sean uno o dos meses antes
según me han dicho algunos compañeros al menos en mi región es acudir a SP he informarte ya que según de donde seas te puedes ahorrar la revisión medica que son unos 60 o 70 € Aprox.
y tarda unos 2 meses en tener ya la nueva
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