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Protocolo de Actuación en caso de Aviso de Bomba
Miér 12 Ago 2015, 09:04
Protocolo de Actuación en caso de Aviso de Bomba
1. OBJETIVO Y DEFINICIONES
El presente protocolo será de aplicación a cuantos avisos de bomba se reciban en cada uno de los edificios o dependencias de la UNED, con total independencia del medio a través del cual se tenga conocimiento de los mismos, sea verbalmente a través del teléfono, o por escrito, cualquiera que sea su soporte o formato. El presente documento trata de ofrecer una secuencia de acciones a seguir para hacer frente a este tipo de incidencias y decidir, en su caso, una eventual evacuación (ANEXO I).
A efectos del presente protocolo, en cada edificio se entenderá por:
A) PUESTO DE VIGILANCIA:
Lugar donde está ubicada la central de detección y alarma de incendios así como, en su caso, los monitores de vigilancia y los sistemas de visualización de las cámaras del edificio. Este puesto deberá encontrarse permanentemente atendido por el Servicio de Seguridad o Personal de Conserjería.
B) RESPONSABLE DEL PUESTO DE VIGILANCIA:
Miembro del Servicio de Seguridad o, en su caso, Personal de Conserjería designado para atender el Puesto de Vigilancia y llevar a cabo el resto de las funciones atribuidas por el presente protocolo cuando, por turno u ocupación, le corresponda.
C) JEFE DE EMERGENCIA:
Decano, Director de Escuela, Administrador, Gerente o Jefe de Departamento, Servicio o Unidad que haya sido nombrado en cada caso. El Jefe de Emergencia deberá designar uno o varios sustitutos para los casos de ausencia.
D) EQUIPOS DE EMERGENCIA:
Personal de Conserjería y, en su caso, miembros del Servicio de Seguridad ubicados en el edificio, incluido el Responsable del Puesto de Vigilancia cuando, por turno u ocupación, le corresponda.
Cuando el edificio no disponga de Personal de Conserjería o de miembros del Servicio de Seguridad en número suficiente, el Jefe de Emergencia deberá nombrar otras personas que asumirán las funciones de los Equipos de Emergencia. Esta designación se llevará a cabo previa petición y con el asesoramiento de la Unidad de Prevención de Riesgos Laborales.
2. RECOGIDA DE DATOS
Si la amenaza de bomba se produce por conducto telefónico, el receptor de la llamada lo comunicará inmediatamente al Responsable del Puesto de Vigilancia del edificio.
Con el fin de evitar situaciones de alarma originadas por avisos falsos, el receptor de la amenaza deberá proporcionar la mayor cantidad de datos posible sobre los términos de la amenaza: autor de la llamada (si se ha identificado), hora de recepción, contenido del comunicado y cualesquiera otras circunstancias que se consideren relevantes.
Cuando sea posible, el Responsable del Puesto de Vigilancia cumplimentará el documento de registro adjunto al presente protocolo, incluyendo la información aportada por el receptor de la amenaza (ANEXO II).
3. COMUNICACIÓN AL JEFE DE EMERGENCIA Y AVISO A LOS SERVICIOS DE EMERGENCIA DE LA CAM (112)
Al recibir la comunicación de la existencia de un aviso de bomba, el Responsable del Puesto de Vigilancia dará traslado inmediato del mismo al Jefe de Emergencia, informando de los términos y el alcance de la amenaza recibida.
Inmediatamente después de ser informado, el Jefe de Emergencia trasladará todos los datos disponibles a los Servicios de Emergencia de la CAM (112) y, caso de considerarlo necesario, autorizará como primera medida de seguridad la evacuación del edificio y/o las dependencias objeto de la amenaza.
En ausencia del Jefe de Emergencia, estas actuaciones podrán ser asumidas directamente por el Responsable del Puesto de Vigilancia.
Como norma general, las amenazas de bomba se presumirán ciertas al efecto de adoptar las medidas de seguridad establecidas en este protocolo, salvo en el supuesto de concurrir elementos de juicio suficientes que, valorados por los Servicios de Emergencia de la CAM (112), permitan concluir que la amenaza de bomba carece de fundamento.
4. EVACUACIÓN
Una vez tomada la decisión de desalojar, los Equipos de Emergencia adoptarán todas las medidas necesarias para garantizar el desalojo y velar por la seguridad de personas y bienes, incluyendo, en caso necesario, la puesta en marcha de la alarma acústica cuando ésta no se hubiera activado con anterioridad desde el Puesto de Vigilancia.
Cuando, con independencia de la activación de la alarma, exista sistema de megafonía, podrá hacerse uso de éste para informar de la evacuación a los ocupantes del edificio.
5. MEDIDAS DE SEGURIDAD Y PUERTAS DE SALIDA
Una vez iniciada la evacuación, los colectivos implicados en la gestión de la emergencia adoptarán cuantas medidas de seguridad procedan en función de las indicaciones de los Servicios de Emergencia de la CAM (112).
En particular, los miembros de los Equipos de Emergencia ubicados en la planta o plantas de calle colocarán en lugares visibles de los distintos accesos al edificio anuncios con la advertencia “PROHIBIDO EL ACCESO. EMERGENCIA EN EL EDIFICIO”.
Los accesos deberán permanecer despejados y practicables en todo momento, sin bloquear las puertas de salida ni entorpecer su operatividad con los anuncios, para no dificultar la evacuación.
6. TRASLADO AL PUNTO DE REUNIÓN
La evacuación tendrá lugar siguiendo las indicaciones de los Equipos de Emergencia, de forma ordenada y cumpliendo las siguientes indicaciones de carácter general:
• La evacuación se llevará a cabo inmediatamente después de ser anunciada, con calma, sin detenerse y sin gritar, haciendo uso de las vías de evacuación y las salidas disponibles para ello. No se utilizarán ascensores ni montacargas.
• No se retrocederá para buscar a otras personas o recoger objetos personales ni, en su caso, retirar los vehículos estacionados en los garajes.
• El desalojo implicará, salvo indicación en contrario, el completo abandono del edificio y el traslado de sus ocupantes al punto o puntos de reunión definidos en cada caso, evitando especialmente la obstrucción de las salidas.
• Cuando la evacuación del edificio haga necesario el traslado de personas con dificultades de movilidad que no puedan desalojar por sus propios medios, los Equipos de Emergencia podrán hacer uso de las sillas de evacuación disponibles en los diferentes edificios.
• Una vez en el exterior, el personal evacuado deberá agruparse por Unidades, Servicios o Departamentos, sin abandonar el lugar y comunicando posibles ausencias, cuando éstas sean detectadas.
7. LLEGADA Y RECEPCIÓN DE LOS SERVICIOS DE EMERGENCIA DE LA CAM
Una vez evacuado el edificio y situado el conjunto del personal en el punto o puntos de reunión establecidos en cada caso, el Jefe de Emergencia deberá:
• Recabar información de los Equipos de Emergencia, verificando, en su caso, que se ha dado aviso a los Servicios de Emergencia de la CAM (112).
• Esperar la llegada de éstos para informar de la situación y poner a su disposición los medios necesarios para la colaboración que en su caso le sea requerida.
En ausencia del Jefe de Emergencia, esta labor podrá ser asumida directamente por el Responsable del Puesto de Vigilancia.
La llegada de los Servicios de Emergencia de la CAM (112) implica la asunción automática por parte de los mismos de la dirección de la emergencia.
8. FIN DE LA EMERGENCIA
Comunicada por los Servicios de Emergencia de la CAM (112) el final de la situación de alarma, el Jefe de Emergencia declarará el fin de la misma y autorizará la entrada al edificio.
9. INFORMACIÓN UNIDAD DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES
Con objeto de hacer posible la investigación de los incidentes producidos (incluidas falsas alarmas), el Jefe de Emergencia deberá informar de los mismos a la Unidad de Prevención de Riesgos Laborales, que elaborará un informe para analizar lo sucedido, intentar el esclarecimiento de las causas de la incidencia y proponer, en su caso, las medidas preventivas o correctoras que resulten oportunas para impedir su repetición.
En el desarrollo de esta investigación, la Unidad de Prevención de Riesgos Laborales podrá recabar la colaboración de los Equipos de Emergencia, así como de posibles testigos y cualesquiera personas implicadas que puedan aportar una información relevante sobre la incidencia.
10. ADAPTACIÓN DE PROTOCOLOS
En el más breve plazo posible, los protocolos de actuación del Servicio de Seguridad de la UNED y del resto de Departamentos, Servicios o Unidades de la UNED implicados deberán adecuarse a las disposiciones de este protocolo en orden a la consecución de la mayor eficacia de actuación en los supuestos de emergencia.
11. DISPOSICIÓN FINAL
El presente protocolo, se establece sin perjuicio del desarrollo de los Planes de Emergencia correspondientes a cada uno de los edificios de la UNED, integrándose en los mismos para la autoprotección y prevención del conjunto de la comunidad universitaria, teniendo en cuenta la normativa sobre protección civil y seguridad en el trabajo. A tal efecto, se llevarán a cabo las acciones precisas que garanticen la difusión de dichos documentos incluyendo el desarrollo periódico de simulacros de evacuación.
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- palopiedraExperto Nivel 6Premio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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Re: Protocolo de Actuación en caso de Aviso de Bomba
Miér 12 Ago 2015, 09:07
Y esta es la plantilla genérica que deberíamos tener todos en nuestros servicios de vigilancia.
Saludos
Saludos
- palopiedraExperto Nivel 6Premio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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Re: Protocolo de Actuación en caso de Aviso de Bomba
Miér 12 Ago 2015, 09:13
Huelga decir , que una vez comunicado al responsable , es de vital importancia suspender TODAS las comunicaciones vía Walkie talkie , pues estas son por radiofrecuencia y podrían llegar activar el explosivo de forma involuntaria.
Saludos
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- vscapiExperto Nivel 6Premio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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Re: Protocolo de Actuación en caso de Aviso de Bomba
Miér 12 Ago 2015, 11:19
Interesante, ya que este modelo de plantilla no la tengo y deberíamos de tener todos, como algo general.
Gracias [Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo].
Un saludo.
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Un saludo.
- aberronExperto Nivel 6Premio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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Re: Protocolo de Actuación en caso de Aviso de Bomba
Dom 16 Ago 2015, 23:22
palopiedra escribió:Y esta es la plantilla genérica que deberíamos tener todos en nuestros servicios de vigilancia.
Saludos
Mucha profesionalidad, mucho cursito, mucha parafernalia y mucha historia, pero los que se tienen que poner las pilas en algunas cosas se quedaron saliendo de Babia. Hay quien lleva años en servicios de atención al cliente, tanto física como telefónicamente y todavía no ha visto ni de lejos una plantilla de esas porque quien se la tiene que dar pasa del tema. "Eso le pasa a los demás, a mi no...."
Excelente aporte palopiedra.
Saludo
- palopiedraExperto Nivel 6Premio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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Re: Protocolo de Actuación en caso de Aviso de Bomba
Lun 17 Ago 2015, 00:12
Gracias [Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo] . Ahora que lo dices , eso me recuerda un servicio donde estuve de VS , que tenían un director de seguridad y 2 mas de adjuntos.
Bueno , pues entre los tres no tenían narices de hacer una operativa de seguridad , ni protocolos, ni leches.
Patético.
Saludos
Bueno , pues entre los tres no tenían narices de hacer una operativa de seguridad , ni protocolos, ni leches.
Patético.
Saludos
- vscapiExperto Nivel 6Premio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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Re: Protocolo de Actuación en caso de Aviso de Bomba
Lun 17 Ago 2015, 02:08
Ami me pasó algo parecido en una empresa grande. Estuve en un servicio con pocos recursos al ver que solo teníamos un teléfono de ruleta, me tuve que crear mi propia plantilla a puño y letra, porque no existían ordenadores a mano.
Para empezar ponía los teléfonos de emergencias de la zona y de policía, después el de la empresa de seguridad y sus mandos inútiles, unos cuantos ya eran viejos cerrados que ni se molestaban en esa delegación y los teléfonos de las casas de los compañeros que prestábamos el servicio, de 3 H24.
Después en la plantilla de amenaza de terrorista y bombas en caso de etc... con el tiempo, cambiamos de placa y tip, y al año salieron el oficio de los jefe de prevención o técnicos de seguridad de riesgos laborable que no tenían ni idea de lo que era ese oficios.
Ese oficio es la gran estafa de las empresas cliente y a raíz de eso ya formaban parte de la empresa cliente, de echo los planes de emergencias las realizan ellos, cuando en realidad eso les corresponde al director de seguridad de establecimiento o centro.
Ahora esos jefe de prevención se dedican usurpar e invadir la función de un director de seguridad o jefe de seguridad, alegan que es preventiva cuando es competencia de seguridad privada, con lo cual prevención son los culpables de que hayan más paro de director de seguridad porque el cliente no le da para más poner a personal de dirección de seguridad. y entonces quien redacta hoy en día un plan de emergencia de bomba o lo que sea, según me comentaron hace tiempo que la mayoría de los planes de emergencias sobre avisos de bombas las estaban realizando jefe de prevención, si colaboración de ningún tipo de director de seguridad o jefe de seguridad, esto de lo que comento ya hace tiempo.
Cuando finalizamos el servicio en aquel año que no me quiero ni acordar, me llevé mi plantilla y dejé el rollo del papel higiénico que era con lo que empecé a redactar la plantilla. jajaja
Para empezar ponía los teléfonos de emergencias de la zona y de policía, después el de la empresa de seguridad y sus mandos inútiles, unos cuantos ya eran viejos cerrados que ni se molestaban en esa delegación y los teléfonos de las casas de los compañeros que prestábamos el servicio, de 3 H24.
Después en la plantilla de amenaza de terrorista y bombas en caso de etc... con el tiempo, cambiamos de placa y tip, y al año salieron el oficio de los jefe de prevención o técnicos de seguridad de riesgos laborable que no tenían ni idea de lo que era ese oficios.
Ese oficio es la gran estafa de las empresas cliente y a raíz de eso ya formaban parte de la empresa cliente, de echo los planes de emergencias las realizan ellos, cuando en realidad eso les corresponde al director de seguridad de establecimiento o centro.
Ahora esos jefe de prevención se dedican usurpar e invadir la función de un director de seguridad o jefe de seguridad, alegan que es preventiva cuando es competencia de seguridad privada, con lo cual prevención son los culpables de que hayan más paro de director de seguridad porque el cliente no le da para más poner a personal de dirección de seguridad. y entonces quien redacta hoy en día un plan de emergencia de bomba o lo que sea, según me comentaron hace tiempo que la mayoría de los planes de emergencias sobre avisos de bombas las estaban realizando jefe de prevención, si colaboración de ningún tipo de director de seguridad o jefe de seguridad, esto de lo que comento ya hace tiempo.
Cuando finalizamos el servicio en aquel año que no me quiero ni acordar, me llevé mi plantilla y dejé el rollo del papel higiénico que era con lo que empecé a redactar la plantilla. jajaja
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