- josepmartiAdministradorPremio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
- Mensajes : 23052
Fecha de inscripción : 08/01/2014
Localización : Tarragona
La propuesta de informe del Poder Judicial sobre el anteproyecto de ley de Seguridad Ciudadana considera inconstitucionales varios aspectos de la normativa
Mar 25 Mar 2014, 17:16
[Tienes que estar registrado y conectado para ver esa imagen]
La propuesta de informe del Poder Judicial sobre el anteproyecto de ley de Seguridad Ciudadana considera inconstitucionales varios aspectos de la normativa elaborada por el Ministerio del Interior, como el establecimiento de controles para permitir la detención de personas por faltas penales o infracciones administrativas.
Otro de los aspectos criticados por el informe del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) por ser contrario a la Constitución es la posibilidad que contempla la ley de identificación de personas cuando existan indicios de que han podido cometer una infracción o se sospeche que puedan cometerla.
Este informe, elaborado por los vocales Wenceslao Olea y María Victoria Cinto, será debatido el próximo jueves por el pleno del Poder Judicial, ha informado el Poder Judicial en un comunicado.
También considera de "dudosa legalidad" el supuesto de denegación del pasaporte mediante una resolución motivada del Ministerio del Interior cuando sea necesario para la efectividad de las medidas que deban adoptarse en los supuestos de los estados de alarma, excepción y sitio.
Según un comunicado del CGPJ, el informe cree que "resulta excesiva" la exigencia de que la obligación de denunciar el hurto o extravío del DNI sea de manera inmediata y es desproporcionado tipificar su pérdida reiterada como falta.
El informe establece que "podría ser difícilmente compatible" con el artículo 17 de la Constitución, que regula los límites de la detención, el artículo del anteproyecto (el artículo 16) que faculta a las fuerzas de seguridad a requerir la identificación de las personas cuando existan indicios de que han podido cometer una infracción o se sospeche que puedan cometerla y establece la posibilidad de retenerlas si se niegan o no es posible identificarlas en ese momento.
El informe de dios jueces del CGPJ "no define el cacheo y no lo limita al registro externo y superficial, por lo que no excluye la práctica de desnudos, siquiera parciales"
En este sentido, la propuesta de informe afirma que "debería incorporarse" al citado artículo la obligación de los agentes de las fuerzas de seguridad de informar, de modo inmediato y comprensible, de las razones del requerimento de identificación, así como indicarse la duración máxima tanto de la retención como de la medida de identificación en dependencias policiales.
"Considera contraria a la Constitución" también, según el CGPJ, la posibilidad de establecer controles en lugares públicos para la identificación de las personas que se encuentren en ellos con el fin de descubrir y detener a quienes hayan participado en la comisión de una infracción, "ya que se viene a reconocer la posibilidad de una detención por faltas penales o infracciones administrativas".
Los vocales Wenceslao Olea y María Victoria Cinto también consideran que la regulación de los cacheos "es incompleta e imprecisa", pues el anteproyecto "no define el cacheo y no lo limita al registro externo y superficial, por lo que no excluye la práctica de desnudos, siquiera parciales".
Considera, asimismo, "vagos e imprecisos" los términos del artículo 20 del anteproyecto que regula las "medidas extraordinarias" en situaciones de emergencia, entre las que se incluyen las de prohibición de paso y retención de personas.
El proyecto de informe del CGPJ aconseja suprimir el precepto ante lo incierto de cuáles son las personas a las que la medida puede afectar "y la más que cuestionable constitucionalidad de las mismas, en particular la retención".
El CGPJ rechaza la obligación de empresas y empleados de seguridad privada de colaborar con las fuerzas de seguridad en la disolución de reuniones y manifestaciones, ya que afecta al ejercicio de un derecho fundamental cuya defensa "se atribuye a estas últimas y a la autoridad gubernativa".
En cuanto al establecimiento de la responsabilidad conjunta de los organizadores y promotores de las reuniones y manifestaciones en todas las infracciones relativas a actos de este tipo en lugares de tránsito público, la propuesta considera que esta posibilidad "contraviene el principio de personalidad de la sanción, al hacerles responsables de la conducta de un tercero más que de la propia".
La propuesta de informe sostiene también que tipificar lo que actualmente son faltas penales como infracción administrativa tiene como consecuencias, entre otras, que sea la Administración, y no un órgano judicial, la que imponga la sanción.
En ese caso, además, para revisar la sanción será necesario el pago de tasas judiciales, que no existen en el procedimiento penal. El informe observa que las declaraciones de los agentes que formulen denuncia gozan de carácter probatorio.
También sostiene el proyecto que algunas de las conductas tipificadas por el anteproyecto "difícilmente puede decirse que comprometen la seguridad pública" y, por tanto, justificar su inclusión como infracción en la norma.
Otras, en cambio, como las ofensas o ultrajes a España, las comunidades autónomas o a sus símbolos o emblemas, ya están tipificadas y sancionadas como delito, según el CGPJ.
[Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]
************************************
Clica sobre la imagen descargas y accede a numerosas descargas.
[Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]
- JusticarExperto Nivel 6Premio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
- Mensajes : 927
Fecha de inscripción : 09/01/2014
Re: La propuesta de informe del Poder Judicial sobre el anteproyecto de ley de Seguridad Ciudadana considera inconstitucionales varios aspectos de la normativa
Mar 25 Mar 2014, 17:54
Anda, mira...la cosa esta de la inconstitucionalidad de la ley esta ya la habían mencionado uno que yo me sé...
Y alguno más que conozco.
Aún le darán muchas vueltas al tema.
Un saludo.
Y alguno más que conozco.
Aún le darán muchas vueltas al tema.
Un saludo.
- lyncolnPrincipiante Nivel 2Premio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
- Mensajes : 34
Fecha de inscripción : 13/02/2014
Localización : cantabria
Re: La propuesta de informe del Poder Judicial sobre el anteproyecto de ley de Seguridad Ciudadana considera inconstitucionales varios aspectos de la normativa
Mar 25 Mar 2014, 18:44
[quote="Justicar"]Anda, mira...la cosa esta de la inconstitucionalidad de la ley esta ya la habían mencionado uno que yo me sé...
Y alguno más que conozco.
Aún le darán muchas vueltas al tema.
Un saludo.[/quote
me imagino por donde vas compañero
esto tiene bisos de ser el principio de un tira y afloja sin fin
saludos
Y alguno más que conozco.
Aún le darán muchas vueltas al tema.
Un saludo.[/quote
me imagino por donde vas compañero
esto tiene bisos de ser el principio de un tira y afloja sin fin
saludos
- JusticarExperto Nivel 6Premio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
- Mensajes : 927
Fecha de inscripción : 09/01/2014
Re: La propuesta de informe del Poder Judicial sobre el anteproyecto de ley de Seguridad Ciudadana considera inconstitucionales varios aspectos de la normativa
Mar 25 Mar 2014, 22:02
Voy por un camino más que obvio.
Quieren fabricar una Ley de Rango Orgánico que pase el filtro inicial del Tribunal Constitucional, aplicarla mientras se resuelven los recursos de inconstitucionalidad derivados de tales intervenciones y lograr con ese tiempo, aquél en el que puedan emplear ese texto jurídico, sea suficiente para disuadir a la población de algunas cosas.
Que luego, al final, los recursos de inconstitucionalidad (no estos, sino los derivados de su uso) la vuelvan a tirar abajo, es indiferente.
La tormenta habrá pasado, y la mayor parte de los afectados ya las habrá pasado canutas y tendrá pocas ganas de guerra.
Un saludo.
Quieren fabricar una Ley de Rango Orgánico que pase el filtro inicial del Tribunal Constitucional, aplicarla mientras se resuelven los recursos de inconstitucionalidad derivados de tales intervenciones y lograr con ese tiempo, aquél en el que puedan emplear ese texto jurídico, sea suficiente para disuadir a la población de algunas cosas.
Que luego, al final, los recursos de inconstitucionalidad (no estos, sino los derivados de su uso) la vuelvan a tirar abajo, es indiferente.
La tormenta habrá pasado, y la mayor parte de los afectados ya las habrá pasado canutas y tendrá pocas ganas de guerra.
Un saludo.
- Contenido patrocinado
- Posición del Observatorio Sectorial de Seguridad Privada sobre el anteproyecto de Ley de contratos públicos del sector público
- El Consejo Fiscal considera inconstitucionales las escuchas sin autorización judicial
- Normativa argentina sobre Seguridad Privada
- requisitos y normativa sobre empresas de seguridad privada
- informe ucsp sobre la inactividad del personal de seguridad privada por 2 años
Permisos de este foro:
No puedes responder a temas en este foro.