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El Corte Inglés, sancionado por vigilar el exterior de dos centros de LPGC sin permiso de los transeúntes
Mar 11 Ago 2015, 21:46
10/08/15
El Corte Inglés, sancionado por vigilar el exterior de dos centros de LPGC sin permiso de los transeúntes
Protección de Datos ha multado a la empresa con 40.001 euros por mantener colocadas en la ciudad capitalina una serie de cámaras orientadas al exterior
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Uno de los centros de El Corte Inglés situado en la zona de Mesa y López de Las Palmas de Gran Canaria.[/color]
La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha multado a El Corte Inglés con 40.001 euros por mantener colocadas en dos de sus centros de Las Palmas de Gran Canaria una serie de cámaras orientadas al exterior, con las que no solo graba lo que sucede en el interior de sus instalaciones, sino también lo que ocurre en sus alrededores.
No es la primera vez que la empresa es sancionada por una irregularidad similar, ya que, según señala una información de InfoLibre, fue multada a pagar en 2011 unos 60.100 euros por unos hechos semejantes ocurridos en su centro de Málaga.
El digital indica que los hechos acaecidos en la capital grancanaria se remontan a octubre de 2014, cuando un particular denunció que la entidad recogía imágenes de vídeo del exterior, una práctica que es ilegal. La investigación iniciada por la AEPD concluyó que esto ocurría con cinco de las 18 cámaras de los edificios, que no solo captaban a transeúntes y vehículos, sino también lo que sucedía en los comercios cercanos.
La resolución del procedimiento sancionador, que se resolvió el pasado 18 de marzo, desestima las alegaciones de la empresa y recuerda que “la instalación de videocámaras en lugares públicos, así como la seguridad pública, es competencia exclusiva de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad".
Según InfoLibre, El Corte Inglés argumenta que cumple "con el deber de informar mediante la instalación de los correspondientes carteles en las entradas a los establecimientos, lo cual es una forma indirecta de obtener el consentimiento de los peatones ya que todos ven el cartel y si no quisieran prestar su consentimiento, podrían manifestarlo en ese momento", y asegura que ha limitado "a 7 días, no 30 como permite la norma, el plazo por el cual se conservan las imágenes, lo cual demuestra que no tiene ningún interés en tratar las imágenes" o "utilizarlas para ninguna finalidad oscura".
La entidad ha presentado un recurso ante la Audiencia Nacional para evitar la sanción, que es una de las menores previstas por la ley, teniendo en cuenta que las multas por este tipo de irregularidades pueden alcanzar hasta los 300.000 euros.
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El Corte Inglés, sancionado por vigilar el exterior de dos centros de LPGC sin permiso de los transeúntes
Protección de Datos ha multado a la empresa con 40.001 euros por mantener colocadas en la ciudad capitalina una serie de cámaras orientadas al exterior
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La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha multado a El Corte Inglés con 40.001 euros por mantener colocadas en dos de sus centros de Las Palmas de Gran Canaria una serie de cámaras orientadas al exterior, con las que no solo graba lo que sucede en el interior de sus instalaciones, sino también lo que ocurre en sus alrededores.
No es la primera vez que la empresa es sancionada por una irregularidad similar, ya que, según señala una información de InfoLibre, fue multada a pagar en 2011 unos 60.100 euros por unos hechos semejantes ocurridos en su centro de Málaga.
El digital indica que los hechos acaecidos en la capital grancanaria se remontan a octubre de 2014, cuando un particular denunció que la entidad recogía imágenes de vídeo del exterior, una práctica que es ilegal. La investigación iniciada por la AEPD concluyó que esto ocurría con cinco de las 18 cámaras de los edificios, que no solo captaban a transeúntes y vehículos, sino también lo que sucedía en los comercios cercanos.
La resolución del procedimiento sancionador, que se resolvió el pasado 18 de marzo, desestima las alegaciones de la empresa y recuerda que “la instalación de videocámaras en lugares públicos, así como la seguridad pública, es competencia exclusiva de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad".
Según InfoLibre, El Corte Inglés argumenta que cumple "con el deber de informar mediante la instalación de los correspondientes carteles en las entradas a los establecimientos, lo cual es una forma indirecta de obtener el consentimiento de los peatones ya que todos ven el cartel y si no quisieran prestar su consentimiento, podrían manifestarlo en ese momento", y asegura que ha limitado "a 7 días, no 30 como permite la norma, el plazo por el cual se conservan las imágenes, lo cual demuestra que no tiene ningún interés en tratar las imágenes" o "utilizarlas para ninguna finalidad oscura".
La entidad ha presentado un recurso ante la Audiencia Nacional para evitar la sanción, que es una de las menores previstas por la ley, teniendo en cuenta que las multas por este tipo de irregularidades pueden alcanzar hasta los 300.000 euros.
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