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**.Tres condenados por falta de medidas de seguridad en una obra, aunque no se produjo accidente alguno
Sáb 08 Ago 2015, 14:57
5 Agosto 2015
La Inspección de Trabajo paralizó la obra ante la gravedad de las deficiencias que encontró al visitarla
Si bien son frecuentes los juicios penales en los que se juzgan presuntos delitos asociados a la producción de un accidente de trabajo, aquellos en los que se contempla únicamente un delito de riesgo de los contemplados en los artículos 316 y siguientes del Código Penal, son mucho menos habituales. Este es un caso reciente.
El Juzgado de lo Penal 3 de Almería ha condenado a penas de seis meses de prisión al administrador de una empresa, al director técnico y al encargado de una obra en la que se construía un bloque de viviendas en Roquetas de Mar (Almería). Los tres acusados mostraron conformidad con la reconocieron los hechos por los que la Inspección de Trabajo paralizó los trabajos en abril de 2004. Finalmente el juez resolvió sustituir la pena de cárcel por una multa de 12 meses a razón de seis euros al día y el fraccionamiento del pago en 12 mensualidades. A esta, hay que sumar otra multa de seis meses a razón de seis euros al día hasta un total de 1.080 euros.
En su visita, la Inspección de Trabajo comprobó que se trabajaba en el forjado de la tercera planta del bloque "sin que estuviesen instaladas medidas de protección colectiva alguna" lo que ocasionaba "un grave riesgo de caída desde nueve metros de altura". Constataron, que no existían medidas de anclaje adecuadas "que permitieran el uso de protección".
Además, los forjados de la segunda y primera planta "carecían igualmente de protección frente al riesgo" de precipitarse al vacío y también estaban "sin proteger" las caídas al patio de luces, "donde se encontraban trabajando otros empleados de la contratista".
Además, las escaleras de mano "carecían de anclaje en partes superior e inferior, no habiéndose adoptado —añade— medida alguna en orden a garantizar la estabilidad de su asentamiento" y se observó la existencia de "esperas de ferralla desprotegidas con riesgo de punzonamientos a los trabajadores que circulasen en su proximidad".
Además, el estudio de seguridad y salud del que fue autor el responsable técnico de la obra, "presentaba numerosas deficiencias" ya que "no identificaba riesgos evitables ni medidas al efecto". "Se limitaba a relacionar de manera genérica riesgos susceptibles de actualizarse en las distintas fases de una obra de edificación civil, sin adecuación a la obra concreta, e igualmente, a relacionar de forma genérica las medidas preventivas y de protección individual, sin establecer criterios para su aplicación y sin establecer una correspondencia alguna respecto a los riesgos de los que se protegen".
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La Inspección de Trabajo paralizó la obra ante la gravedad de las deficiencias que encontró al visitarla
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El Juzgado de lo Penal 3 de Almería ha condenado a penas de seis meses de prisión al administrador de una empresa, al director técnico y al encargado de una obra en la que se construía un bloque de viviendas en Roquetas de Mar (Almería). Los tres acusados mostraron conformidad con la reconocieron los hechos por los que la Inspección de Trabajo paralizó los trabajos en abril de 2004. Finalmente el juez resolvió sustituir la pena de cárcel por una multa de 12 meses a razón de seis euros al día y el fraccionamiento del pago en 12 mensualidades. A esta, hay que sumar otra multa de seis meses a razón de seis euros al día hasta un total de 1.080 euros.
En su visita, la Inspección de Trabajo comprobó que se trabajaba en el forjado de la tercera planta del bloque "sin que estuviesen instaladas medidas de protección colectiva alguna" lo que ocasionaba "un grave riesgo de caída desde nueve metros de altura". Constataron, que no existían medidas de anclaje adecuadas "que permitieran el uso de protección".
Además, los forjados de la segunda y primera planta "carecían igualmente de protección frente al riesgo" de precipitarse al vacío y también estaban "sin proteger" las caídas al patio de luces, "donde se encontraban trabajando otros empleados de la contratista".
Además, las escaleras de mano "carecían de anclaje en partes superior e inferior, no habiéndose adoptado —añade— medida alguna en orden a garantizar la estabilidad de su asentamiento" y se observó la existencia de "esperas de ferralla desprotegidas con riesgo de punzonamientos a los trabajadores que circulasen en su proximidad".
Además, el estudio de seguridad y salud del que fue autor el responsable técnico de la obra, "presentaba numerosas deficiencias" ya que "no identificaba riesgos evitables ni medidas al efecto". "Se limitaba a relacionar de manera genérica riesgos susceptibles de actualizarse en las distintas fases de una obra de edificación civil, sin adecuación a la obra concreta, e igualmente, a relacionar de forma genérica las medidas preventivas y de protección individual, sin establecer criterios para su aplicación y sin establecer una correspondencia alguna respecto a los riesgos de los que se protegen".
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