Forodevigilantes.com
REGISTRATE Y CONECTATE AL FORO Y PODRAS VER Y DESCARGAR MUCHOS CONTENIDOS QUE EN EL SE ENCUENTRAN Y QUE AHORA NO PUEDES VER.



SIN REGISTRARTE NO PUEDES VER LOS MENSAJES. REGISTRARTE NO TE LLEVARA NI UN MINUTO.

TAMBIEN PODRAS DESCARGAR.
DOCUMENTOS PARA VIGILANTES, LIBROS GRATIS Y OTROS . INSPECCIONA EL FORO Y BUSCA LAS DESCARGAS.

NO TE LO PIENSES Y PASA A FORMAR PARTE DEL MEJOR FORO Y COMUNIDAD DE COMPAÑEROS DE SEGURIDAD PRIVADA EN ESPAÑA

Unirse al foro, es rápido y fácil

Forodevigilantes.com
REGISTRATE Y CONECTATE AL FORO Y PODRAS VER Y DESCARGAR MUCHOS CONTENIDOS QUE EN EL SE ENCUENTRAN Y QUE AHORA NO PUEDES VER.



SIN REGISTRARTE NO PUEDES VER LOS MENSAJES. REGISTRARTE NO TE LLEVARA NI UN MINUTO.

TAMBIEN PODRAS DESCARGAR.
DOCUMENTOS PARA VIGILANTES, LIBROS GRATIS Y OTROS . INSPECCIONA EL FORO Y BUSCA LAS DESCARGAS.

NO TE LO PIENSES Y PASA A FORMAR PARTE DEL MEJOR FORO Y COMUNIDAD DE COMPAÑEROS DE SEGURIDAD PRIVADA EN ESPAÑA
Forodevigilantes.com
¿Quieres reaccionar a este mensaje? Regístrate en el foro con unos pocos clics o inicia sesión para continuar.
Manual del Inspector de Servicios de Seguridad Privada
Nuevo Manual del Inspector de Servicios de Seguridad Privada Autor: José Martín Sosa Precio: 9,90 € (Disponible en PDF y EPUB)
Clica en la imagen para descargar el manual
sitio web seguro

NAVEGA CON TOTAL SEGURIDAD, ESTE FORO ES SEGURO.



Manual practico del vigilante de seguridad

MANUAL PRACTICO DEL VIGILANTE DE SEGURIDAD

Este Manual Práctico del Vigilante de Seguridad está pensado para ofrecerte una guía completa sobre el trabajo de los vigilantes de seguridad, basado en más de 20 años de experiencia en el sector por solo 9.90 €. Clica en la imagen de arriba para redirigirte a la descarga. Ahora descargando este manual viene de regalo el manual de director de seguridad
MANUAL DE FORMACION PARA EL PROFESORADO DE SEGURIDAD PRIVADA

MANUAL CURSO DE FORMACION DEL PROFESORADO DE SEGURIDAD PRIVADA
Este programa ha sido diseñado para preparar a profesionales de la seguridad privada para asumir el papel de formadores, dotándolos de las habilidades, conocimientos y confianza necesarios para liderar a futuros profesionales en este dinámico campo.
Precio 9,90€
MANUAL PRACTICO DEL DIRECTOR DE SEGURIDAD

MANUAL PRACTICO DEL DIRECTOR DE SEGURIDAD
Con más de 90 Páginas de Contenido. Nuestro Manual Práctico del Director de Seguridad es una guía completa y detallada diseñada para proporcionar los conocimientos necesarios para el rol de Director de Seguridad.
CLICA SOBRE LA IMAGEN DEL MANUAL Y TE REDIRIGE AL PORTAL DE COMPRA.
Precio 9,90€
Últimos temas
Horas nocturnasHoy a las 14:20typesME PRESENTO A LOS COMPAÑEROS!Ayer a las 22:59Alpha_SurvivorLa Seguridad Privada tendrá reducción de jornada laboral a 37'5 horas semanales?Ayer a las 22:58Alpha_SurvivorME NIEGAN RECICLAJE EN HORARIO DE TRABAJOAyer a las 18:14josepmartiCompatibilidad de VS en una empresa y delegación de funciones del JS en otra Ayer a las 16:44josepmartiSi no lo digo revientoMar 19 Nov 2024, 23:39josepmartiDescuelgue del convenio.Mar 19 Nov 2024, 15:18rewolucionNuevo por aquí pero con bastantes años en el sector Mar 19 Nov 2024, 07:59Alpha_SurvivorUn placer entrar en un grupo que soluciona dudas..Dom 17 Nov 2024, 22:12VayaJaleo94Publicaciones en los temas del foroDom 17 Nov 2024, 20:12Alpha_Survivor
DESCARGA PLANOS PARA TU TFC CON SIMBOLOGIA

Si te encuentras realizando el TFC para director de seguridad y tienes que realizar los planos tu mismo aquí tienes una variedad de todos los gremios de planos completos con simbología realizada sobre estos.
Clica sobre el siguiente enlace
Clica aquí para la descarga
Buscar
Resultados por:
Búsqueda avanzada

Ir abajo
josepmarti
josepmarti
Administrador
Administrador
Premio por estar tantos años con nosotros
Premia la antiguedad en el foro
Masculino Mensajes : 23051
Fecha de inscripción : 08/01/2014
Localización : Tarragona

El Supremo obliga al Fogasa a abonar todas las solicitudes que no responda en tres meses  Empty El Supremo obliga al Fogasa a abonar todas las solicitudes que no responda en tres meses

Miér 29 Abr 2015, 09:00
Los tribunales han dado un nuevo revés al Fondo de Garantía Salarial (Fogasa). El Tribunal Supremo ha dictado una sentencia en la que unifica doctrina y en la que constata que el organismo debe pagar todas aquellas solicitudes que no haya resuelto en los tres meses que fija la ley. La sentencia puede impulsar una ola de reclamaciones: las de aquellas personas a las que el organismo les deniegue su solicitud tras haber pasado ese periodo. En la mayoría de las provincias el plazo medio de pago supera los tres meses y en algunas como Madrid, Barcelona, Valencia o Murcia llega a ser de un año.

Varias fuentes consultadas aseguran que se trata de una decisión que puede agudizar aún más la situación del Fogasa, colapsado de expedientes y con una gestión puesta en duda por el propio Tribunal de Cuentas. "La solicitud del caso que llega al Supremo estaba denegada. Sin embargo, como pasaron más de tres meses, el silencio es positivo y la Administración tiene que pagar. Es decir, puede que se tengan que pagar solicitudes que, de haberse tramitado en tiempo, se hubieran tirado para atrás. Habrá que pagar también lo que esa persona haya pedido en su demanda, y no lo que haya calculado el Fogasa", dice una fuente próxima al organismo.




José Miguel Andrés Collar es el abogado que interpuso en el Supremo el recurso de casación para la unificación de doctrina, ya que había fallos de signos contrarios sobre el mismo aspecto. "Hasta ahora el Supremo venía diciendo que, a pesar del silencio administrativo, no se podían adquirir derechos por esa vía. Ahora reconoce que, con independencia de eso, si el silencio es positivo, es positivo", afirma.

En su sentencia, el Supremo considera que el silencio administrativo debe ser "la garantía que impida que los derechos de particulares se vacíen de contenido cuando la Administración no atiende eficazmente y con la celeridad debida las funciones para las que se ha organizado". Lo único que podría impedir su funcionamiento, dice la sentencia, es que exista "norma con rango de Ley o norma de Derecho Comunitario que prevea para el caso el efecto negativo del silencio", algo que no sucede en este caso.

"Al ser unificación de doctrina es un tema cerrado, ya no cabe otra interpretación jurídica que no sea esa", explica Fabián Valero, abogado laboralista del bufete Zeres. "Pasados los tres meses, ya no cabe otra resolución que no sea estimatoria", continúa.

El letrado señala que es más que probable que el organismo siga denegando solicitudes pasados los tres meses, por lo que las personas afectadas deberían, primero, agotar la vía administrativa alegando la nueva doctrina del Supremo. "Si aun así se empeñan en denegarla, habría que ir a la vía judicial. Para las demandas que ya estén interpuestas, lo mejor sería ampliarlas y aportar la decisión del Tribunal. Todas las demandas van a tener que ser estimadas", subraya.

Para Andrés Collar, la decisión del Supremo deja la puerta abierta a que, si esa solicitud hubiera sido denegada en función de los criterios del Fogasa, el organismo pueda recurrir y reclamar luego el dinero al trabajador. "Pero solo en caso de que esa causa de denegación fuera imputable al trabajador; es decir, que, por ejemplo, no hubiera entregado una documentación que se le hubiera requerido. Si la causa es imputable a la empresa, entonces el Supremo deja claro que al trabajador hay que pagarle. Otra cosa es que el Fogasa quiera luego actuar contra la empresa", cuenta.

Pago de intereses

A principios de año, un juzgado de lo social de Valencia condenó al Fogasa a pagar intereses por la demora en la resolución de un expediente, como adelantó eldiario.es. El caso se remontaba a 2010, cuando una empresa dedicada al diseño y producción informática de Valencia despidió a varios trabajadores, que recurrieron al Fogasa para cobrar parte de su indemnización. El organismo se la denegó en noviembre de 2011, y los trabajadores demandaron al fondo por entender que sí tenían derecho a ella. Finalmente, tras la demanda y antes del juicio, el Fogasa les reconoció el derecho a percibir su indemnización.

Sin embargo, la demanda siguió su curso, puesto que el abogado reclamó el derecho a cobrar intereses de demora, una reclamación que la jueza estimó. "El organismo demandado ha de abonar los intereses moratorios hasta la fecha del dictado de la presente resolución", sentenció la jueza, que fija esos intereses en el 4% –el interés legal del dinero– de la cantidad devengada. A esta sentencia ya se ha sumado otra con el mismo sentido dictada en Barcelona.


[Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]

************************************
Clica sobre la imagen descargas y accede a numerosas descargas.

[Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]
Volver arriba
Permisos de este foro:
No puedes responder a temas en este foro.