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¿Cuánto cuesta defenderse en un juicio laboral?
Dom 05 Oct 2014, 13:47
El coste dependerá de las distintas opciones: defenderse uno mismo, recurrir a un sindicato, solicitar un abogado de oficio o bien contratar un abogado o a un graduado social.
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En todo juicio puede haber distintos tipos de costes: tasas judiciales, el coste del asesoramiento, la condena en costas y las multas.
En los procesos laborales, el trabajador está exento de pagar tasas judiciales. No debe abonarlas ni para presentar la demanda ni en los posibles recursos posteriores.
Por lo que se refiere al pago de costas (la condena a pagar los gastos del juicio y de la parte contraria), en primera instancia nunca impone el pago de las costas a los trabajadores, aunque hayan perdido el caso. En algunos casos, cuando se interpone un recurso, sí que puede hacer una condena que obligue al trabajador a pagar las costas.
Los Juzgados y Tribunales, eso si, pueden imponer multas en aquellos casos en los que se considera que el trabajador ha actuado de forma temeraria o con mala fe.
Por lo tanto, el coste más importante del juicio laboral puede resultar de buscar el asesoramiento y representación de un profesional. Veamos cuales son las opciones que tiene el trabajador.
UNO.
Defenderse a uno mismo
Esta opción es obviamente la más barata y uno mismo puede defenderse en primera instancia, no necesitando abogado para presentar la papeleta de conciliación, hacer el acto de conciliación, presentar la demanda ni hacer el juicio.
Aunque no es obligatorio tener abogado, en ciertos casos el Juzgado puede entender que es necesario que el trabajador tenga uno para una correcta defensa de sus intereses, y puede dar plazo para que contrate uno o busque uno de oficio.
Pero a partir del recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de cada Comunidad Autónoma, sí que es necesario que el trabajador tenga el asesoramiento de un graduado social o un abogado, y si se quiere acudir en casación ante el Tribunal Supremo, será obligatorio tener un abogado.
La ventaja de defenderse uno mismo es obviamente la reducción de los costes, ya que es prácticamente gratuito, solo lo que se gaste en imprimir y fotocopiar los documentos que se tengan que presentar y en el desplazamiento hasta el Juzgado.
Existen en cambio varias desventajas. La principal es el desconocimiento de la Ley, de cómo se va a desarrollar el procedimiento, no se conocen los derechos, y la práctica específica de cada procedimiento.
Hay que tener en cuenta que la ley laboral cambia con mucha frecuencia, por lo que conocimientos y soluciones anteriores podrían no ser válidas. Además hay veces que lo que se hace tiene implicaciones de carácter fiscal o tributario y es mejor tener algún tipo de asesoramiento.
Por otro lado, la empresa suele tener un abogado que vela por sus intereses y que sabe cómo actuar, por lo que puede haber un desequilibrio durante el juicio. Los Organismos públicos como la Seguridad Social o el SEPE siempre estarán representados por un Letrado.
Solicitar un Abogado de Oficio
En la jurisdicción social se tiene derecho a un abogado de oficio por el hecho de ser trabajador o beneficiario de la Seguridad Social. Los abogados de oficio, son abogados privados, pero que se han apuntado al Turno de Oficio y son designados para defender a quienes solicitan la asistencia jurídica gratuita. Para más información se puede consultar el artículo sobre el derecho al abogado de oficio en la jurisdicción laboral (+info).
El abogado de oficio puede empezar a actuar a partir de que hay que presentar la demanda ante el Juzgado de lo Social, y puede llegar hasta el Tribunal Supremo, pero el trabajador tendrá que hacer por su cuenta la Papeleta de Conciliación o la Reclamación Previa, según el caso.
El abogado de oficio no es completamente gratuito. Cuando se designa un abogado de oficio, no se tiene que pagar nada por iniciar el procedimiento, hasta el final del mismo. Pero en el caso de que el trabajador obtenga algún beneficio (una indemnización por despido, una mejora de la indemnización que ya se tenía, unas nóminas impagadas…), el abogado de oficio puede emitir una minuta cuyos honorarios asciendan hasta un tercio de lo recibido por el trabajador. En caso de no ganar el proceso, el abogado no cobrará nada al trabajador.
Ventajas: no se tiene que desembolsar inicialmente nada para iniciar el procedimiento, y además el reconocimiento de la asistencia jurídica gratuita puede implicar que también se tenga de forma gratuita acceso a peritos, deducciones o exenciones a la hora de pagar aranceles de Notarios o Registros. El abogado de oficio suele tener bastantes conocimientos sobre las leyes laborales y de la Seguridad Social, ya que para acceder al Turno de Oficio es necesario acreditarlos. Finalmente otra ventaja es que si no se gana el caso, al menos, no hay que pagar nada por el abogado.
Desventajas: no se puede elegir el abogado que se tiene, ya que es designado por el colegio de abogados. En caso de ganar el abogado puede llegar a cobrar hasta un tercio de lo obtenido, que suele ser un porcentaje más elevado que el que cobra un abogado privado. Los primeros pasos, como son la Papeleta de Conciliación, el Acto de Conciliación o la Reclamación Previa, se tienen que hacer sin asesoramiento.
Los abogados de los sindicatos
En este caso el coste depende de muchos factores: del sindicato, del tiempo que se lleve afiliado, del procedimiento, etc. Normalmente los sindicatos solo ofrecen un asesoramiento jurídico gratuito a quienes llevan cierto tiempo afiliado, para evitar afiliaciones que únicamente busquen ahorrarse el coste de un abogado. El tiempo afiliado dependerá de cada sindicato, y se suele exigir estar al corriente del pago de las cuotas.
Cada sindicato tiene sus precios, y además en algunos casos, cada sección/unión sindical/comisión del sindicato tiene su propia asesoría jurídica con sus propias tarifas. En estos casos los sindicatos, en caso de cobrar, suelen cobrar por cada actuación y además un recargo en caso de beneficio.
Para dar una idea general y a modo de ejemplo, se pueden consultar las tarifas de los Servicios Jurídicos de CCOO de Industria en Madrid, de TCM-UGT y de UGT en el caso de la RTVV.
Ventajas: Los abogados de los sindicatos son expertos en materia laboral, con mucha experiencia en los Juzgados. Si se es afiliado y se tiene suficiente tiempo como afiliado, el proceso puede resultar gratis.
Desventajas: Los abogados de los sindicatos suelen estar muy saturados de trabajo. Puede suceder que sea un abogado quién realiza la consulta y otro el que realiza el juicio, por lo que resulta un trato más impersonal. En muchas ocasiones es necesario pedir cita en la sede del sindicato para poder contactar con el abogado. Si no se es afiliado, o no se lleva suficiente tiempo afiliado, el coste del proceso puede ser similar o superior al de un abogado privado.
Cuatro
Abogado o Graduado Social privado
Primero hay que aclarar la diferencia entre un Abogado y un Graduado social.
El Graduado social ha estudiado Relaciones Laborales y está especializado en Derecho Laboral, mientras que el Abogado ha estudiado Derecho y tiene un conocimiento completo del ordenamiento jurídico. Además el graduado social no puede actuar frente al Tribunal Supremo, mientras que el abogado puede defender el caso en cualquier caso, ante cualquier tribunal.
En caso de elegir un abogado, es recomendable confiar en un abogado que esté especializado en derecho laboral.
Los honorarios de los profesionales privados se pactan libremente entre abogado y cliente. Por lo que el abogado cobrará lo que se pacte entre abogado y cliente. Cada abogado tiene sus propios criterios a la hora de poner sus tarifas.
Muchos profesionales trabajan según lo que se llama una “cuota litis”, es decir, sus honorarios serán un porcentaje de lo que el trabajador saque al final del proceso. En algunos casos se cobra una tarifa fija al empezar el caso y un porcentaje al acabar. Y otros cobran por actuaciones, es decir X euros por la Papeleta de Conciliación, X euros por ir al acto de conciliación, X euros por la demanda, X euros por el juicio… Otros cobran por las horas dedicadas al cliente… Unos cobran por la primera consulta, otros no.
Cada despacho, cada abogado tiene sus propias tarifas, por lo que en este caso no se puede indicar exactamente cuándo puede suponer el coste de un abogado. Puede ser muy caro, o resultar al final más económico que otras opciones.
Para dar algunos datos el coste fijo suele estar entre 100 y 600 euros, dependiendo del caso y el abogado, y en caso de ir a porcentaje, este suele ser entre el 10 y el 20%.
Por lo que es fundamental que antes de dar un encargo a un profesional es necesario dejar claro cuáles son sus honorarios.
Los Colegios de Abogados no pueden imponer unas tarifas, únicamente tienen unos criterios que se pueden utilizar de baremo en caso de tasaciones de costas o de jura de cuentas. Puede ver aquí a modo de ejemplo los criterios del Colegio de Abogados de Madrid (pdf)
Es importante aclarar si en los honorarios pactados se incluyen o no los de otros profesionales que puedan participar en el proceso, como los peritos, por ejemplo.
Ventajas: Se puede elegir el abogado o el graduado social que defienda el caso, se puede buscar uno de confianza, uno que le hayan recomendado o uno que tenga fama y conocimientos específicos sobre el asunto para el que quiere contratarlo.
Al existir una libertad de pactar las tarifas, se pueden encontrar muchas tarifas distintas, por lo que se puede elegir entre los abogados que se contacte. Y se podrán encontrar muchos tipos de tarifas, siendo en ocasiones más baratas que otras opciones.
Los abogados y graduados sociales suelen dar una atención más personalizada al trabajador, pudiendo contactar más veces con el profesional.
Desventajas: La contratación de un abogado laboralista o graduado social tiene costes para el trabajador, pues son los honorarios de profesionales independientes. En algunas ocasiones puede ser la opción más cara, dependiendo de lo pactado entre abogado y cliente.
© Un artículo de Jorge Danés -abogado laboralista- para citapreviainem.es 04/10/2014
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En todo juicio puede haber distintos tipos de costes: tasas judiciales, el coste del asesoramiento, la condena en costas y las multas.
En los procesos laborales, el trabajador está exento de pagar tasas judiciales. No debe abonarlas ni para presentar la demanda ni en los posibles recursos posteriores.
Por lo que se refiere al pago de costas (la condena a pagar los gastos del juicio y de la parte contraria), en primera instancia nunca impone el pago de las costas a los trabajadores, aunque hayan perdido el caso. En algunos casos, cuando se interpone un recurso, sí que puede hacer una condena que obligue al trabajador a pagar las costas.
Los Juzgados y Tribunales, eso si, pueden imponer multas en aquellos casos en los que se considera que el trabajador ha actuado de forma temeraria o con mala fe.
Por lo tanto, el coste más importante del juicio laboral puede resultar de buscar el asesoramiento y representación de un profesional. Veamos cuales son las opciones que tiene el trabajador.
UNO.
Defenderse a uno mismo
Esta opción es obviamente la más barata y uno mismo puede defenderse en primera instancia, no necesitando abogado para presentar la papeleta de conciliación, hacer el acto de conciliación, presentar la demanda ni hacer el juicio.
Aunque no es obligatorio tener abogado, en ciertos casos el Juzgado puede entender que es necesario que el trabajador tenga uno para una correcta defensa de sus intereses, y puede dar plazo para que contrate uno o busque uno de oficio.
Pero a partir del recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de cada Comunidad Autónoma, sí que es necesario que el trabajador tenga el asesoramiento de un graduado social o un abogado, y si se quiere acudir en casación ante el Tribunal Supremo, será obligatorio tener un abogado.
La ventaja de defenderse uno mismo es obviamente la reducción de los costes, ya que es prácticamente gratuito, solo lo que se gaste en imprimir y fotocopiar los documentos que se tengan que presentar y en el desplazamiento hasta el Juzgado.
Existen en cambio varias desventajas. La principal es el desconocimiento de la Ley, de cómo se va a desarrollar el procedimiento, no se conocen los derechos, y la práctica específica de cada procedimiento.
Hay que tener en cuenta que la ley laboral cambia con mucha frecuencia, por lo que conocimientos y soluciones anteriores podrían no ser válidas. Además hay veces que lo que se hace tiene implicaciones de carácter fiscal o tributario y es mejor tener algún tipo de asesoramiento.
Por otro lado, la empresa suele tener un abogado que vela por sus intereses y que sabe cómo actuar, por lo que puede haber un desequilibrio durante el juicio. Los Organismos públicos como la Seguridad Social o el SEPE siempre estarán representados por un Letrado.
Solicitar un Abogado de Oficio
En la jurisdicción social se tiene derecho a un abogado de oficio por el hecho de ser trabajador o beneficiario de la Seguridad Social. Los abogados de oficio, son abogados privados, pero que se han apuntado al Turno de Oficio y son designados para defender a quienes solicitan la asistencia jurídica gratuita. Para más información se puede consultar el artículo sobre el derecho al abogado de oficio en la jurisdicción laboral (+info).
El abogado de oficio puede empezar a actuar a partir de que hay que presentar la demanda ante el Juzgado de lo Social, y puede llegar hasta el Tribunal Supremo, pero el trabajador tendrá que hacer por su cuenta la Papeleta de Conciliación o la Reclamación Previa, según el caso.
El abogado de oficio no es completamente gratuito. Cuando se designa un abogado de oficio, no se tiene que pagar nada por iniciar el procedimiento, hasta el final del mismo. Pero en el caso de que el trabajador obtenga algún beneficio (una indemnización por despido, una mejora de la indemnización que ya se tenía, unas nóminas impagadas…), el abogado de oficio puede emitir una minuta cuyos honorarios asciendan hasta un tercio de lo recibido por el trabajador. En caso de no ganar el proceso, el abogado no cobrará nada al trabajador.
Ventajas: no se tiene que desembolsar inicialmente nada para iniciar el procedimiento, y además el reconocimiento de la asistencia jurídica gratuita puede implicar que también se tenga de forma gratuita acceso a peritos, deducciones o exenciones a la hora de pagar aranceles de Notarios o Registros. El abogado de oficio suele tener bastantes conocimientos sobre las leyes laborales y de la Seguridad Social, ya que para acceder al Turno de Oficio es necesario acreditarlos. Finalmente otra ventaja es que si no se gana el caso, al menos, no hay que pagar nada por el abogado.
Desventajas: no se puede elegir el abogado que se tiene, ya que es designado por el colegio de abogados. En caso de ganar el abogado puede llegar a cobrar hasta un tercio de lo obtenido, que suele ser un porcentaje más elevado que el que cobra un abogado privado. Los primeros pasos, como son la Papeleta de Conciliación, el Acto de Conciliación o la Reclamación Previa, se tienen que hacer sin asesoramiento.
Los abogados de los sindicatos
En este caso el coste depende de muchos factores: del sindicato, del tiempo que se lleve afiliado, del procedimiento, etc. Normalmente los sindicatos solo ofrecen un asesoramiento jurídico gratuito a quienes llevan cierto tiempo afiliado, para evitar afiliaciones que únicamente busquen ahorrarse el coste de un abogado. El tiempo afiliado dependerá de cada sindicato, y se suele exigir estar al corriente del pago de las cuotas.
Cada sindicato tiene sus precios, y además en algunos casos, cada sección/unión sindical/comisión del sindicato tiene su propia asesoría jurídica con sus propias tarifas. En estos casos los sindicatos, en caso de cobrar, suelen cobrar por cada actuación y además un recargo en caso de beneficio.
Para dar una idea general y a modo de ejemplo, se pueden consultar las tarifas de los Servicios Jurídicos de CCOO de Industria en Madrid, de TCM-UGT y de UGT en el caso de la RTVV.
Ventajas: Los abogados de los sindicatos son expertos en materia laboral, con mucha experiencia en los Juzgados. Si se es afiliado y se tiene suficiente tiempo como afiliado, el proceso puede resultar gratis.
Desventajas: Los abogados de los sindicatos suelen estar muy saturados de trabajo. Puede suceder que sea un abogado quién realiza la consulta y otro el que realiza el juicio, por lo que resulta un trato más impersonal. En muchas ocasiones es necesario pedir cita en la sede del sindicato para poder contactar con el abogado. Si no se es afiliado, o no se lleva suficiente tiempo afiliado, el coste del proceso puede ser similar o superior al de un abogado privado.
Cuatro
Abogado o Graduado Social privado
Primero hay que aclarar la diferencia entre un Abogado y un Graduado social.
El Graduado social ha estudiado Relaciones Laborales y está especializado en Derecho Laboral, mientras que el Abogado ha estudiado Derecho y tiene un conocimiento completo del ordenamiento jurídico. Además el graduado social no puede actuar frente al Tribunal Supremo, mientras que el abogado puede defender el caso en cualquier caso, ante cualquier tribunal.
En caso de elegir un abogado, es recomendable confiar en un abogado que esté especializado en derecho laboral.
Los honorarios de los profesionales privados se pactan libremente entre abogado y cliente. Por lo que el abogado cobrará lo que se pacte entre abogado y cliente. Cada abogado tiene sus propios criterios a la hora de poner sus tarifas.
Muchos profesionales trabajan según lo que se llama una “cuota litis”, es decir, sus honorarios serán un porcentaje de lo que el trabajador saque al final del proceso. En algunos casos se cobra una tarifa fija al empezar el caso y un porcentaje al acabar. Y otros cobran por actuaciones, es decir X euros por la Papeleta de Conciliación, X euros por ir al acto de conciliación, X euros por la demanda, X euros por el juicio… Otros cobran por las horas dedicadas al cliente… Unos cobran por la primera consulta, otros no.
Cada despacho, cada abogado tiene sus propias tarifas, por lo que en este caso no se puede indicar exactamente cuándo puede suponer el coste de un abogado. Puede ser muy caro, o resultar al final más económico que otras opciones.
Para dar algunos datos el coste fijo suele estar entre 100 y 600 euros, dependiendo del caso y el abogado, y en caso de ir a porcentaje, este suele ser entre el 10 y el 20%.
Por lo que es fundamental que antes de dar un encargo a un profesional es necesario dejar claro cuáles son sus honorarios.
Los Colegios de Abogados no pueden imponer unas tarifas, únicamente tienen unos criterios que se pueden utilizar de baremo en caso de tasaciones de costas o de jura de cuentas. Puede ver aquí a modo de ejemplo los criterios del Colegio de Abogados de Madrid (pdf)
Es importante aclarar si en los honorarios pactados se incluyen o no los de otros profesionales que puedan participar en el proceso, como los peritos, por ejemplo.
Ventajas: Se puede elegir el abogado o el graduado social que defienda el caso, se puede buscar uno de confianza, uno que le hayan recomendado o uno que tenga fama y conocimientos específicos sobre el asunto para el que quiere contratarlo.
Al existir una libertad de pactar las tarifas, se pueden encontrar muchas tarifas distintas, por lo que se puede elegir entre los abogados que se contacte. Y se podrán encontrar muchos tipos de tarifas, siendo en ocasiones más baratas que otras opciones.
Los abogados y graduados sociales suelen dar una atención más personalizada al trabajador, pudiendo contactar más veces con el profesional.
Desventajas: La contratación de un abogado laboralista o graduado social tiene costes para el trabajador, pues son los honorarios de profesionales independientes. En algunas ocasiones puede ser la opción más cara, dependiendo de lo pactado entre abogado y cliente.
© Un artículo de Jorge Danés -abogado laboralista- para citapreviainem.es 04/10/2014
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Re: ¿Cuánto cuesta defenderse en un juicio laboral?
Dom 05 Oct 2014, 13:49
BUena información y mas en los tiempos que corren. Gracias
- josepmartiAdministradorPremio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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Re: ¿Cuánto cuesta defenderse en un juicio laboral?
Dom 05 Oct 2014, 13:53
Por cierto no os he preguntado que os parece la nueva seccion de lo laboral, quien tenga alguna duda o algo que aportar ya sabe , esta nueva seccion sera interesante para aquellos que tengan dudas y cosas que preguntar.
No prometo nada, pero tengo un amigo abogado laboralista que igual algun dia puede hacer algunos pinitos por aqui y resolver alguna posible duda que se tenga en algunos de estos tema.
saludos
No prometo nada, pero tengo un amigo abogado laboralista que igual algun dia puede hacer algunos pinitos por aqui y resolver alguna posible duda que se tenga en algunos de estos tema.
saludos
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