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Las vacaciones se pagan mal
Jue 01 Ago 2024, 09:24
El Convenio Colectivo Estatal de empresas de seguridad, en su artículo 52.c) determina que el precio/hora durante el periodo de vacaciones será de 5,22€. Sin embargo, esto es contrario a Derecho y así lo determina el Tribunal Supremo en su sentencia STS 2447/2024 - ECLI:ES:TS:2024:2447, establece que el salario durante el período de vacaciones deberá ser íntegro al de la jornada ordinaria y deberá incluir los pluses y complementos que se perciban de forma habitual (nocturnidad, fines de semana/festivos y otros complementos).
Así lo vuelve a resaltar el Alto Tribunal al dar la razón a un Policía Local de Córdoba que inició un procedimiento Administrativo-Contencioso frente a la Sala Social del TSJ de Andalucía, quien desestimó el recurso. El trabajador recurrió mediante casación al Supremo y éste volvió a ratificarse en la jurisprudencia de sus sentencias anteriores al respecto, emitidas en 2016, 2019 y 2023, condenando al consistorio a abonar los pluses y las costas, por un total de 4000€.
La sentencia se hace eco también del artículo 7 del Convenio 132 OIT que prohibe que exista detrimento alguno en la retribución de las vacaciones, puesto que ello supondría penalizar al trabajador por disfrutarlas.
Esto abre la puerta a aquellos trabajadores que ven su salario reducido durante las vacaciones puedan reclamarlas a la empresa y ante los tribunales de Justicia si ésta no quiere pagar. Entre ellos, los del sector de seguridad privada.
Fuente: CENDOJ [Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]
Así lo vuelve a resaltar el Alto Tribunal al dar la razón a un Policía Local de Córdoba que inició un procedimiento Administrativo-Contencioso frente a la Sala Social del TSJ de Andalucía, quien desestimó el recurso. El trabajador recurrió mediante casación al Supremo y éste volvió a ratificarse en la jurisprudencia de sus sentencias anteriores al respecto, emitidas en 2016, 2019 y 2023, condenando al consistorio a abonar los pluses y las costas, por un total de 4000€.
La sentencia se hace eco también del artículo 7 del Convenio 132 OIT que prohibe que exista detrimento alguno en la retribución de las vacaciones, puesto que ello supondría penalizar al trabajador por disfrutarlas.
Esto abre la puerta a aquellos trabajadores que ven su salario reducido durante las vacaciones puedan reclamarlas a la empresa y ante los tribunales de Justicia si ésta no quiere pagar. Entre ellos, los del sector de seguridad privada.
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A josepmarti y a Aenarion les gusta esta publicaciòn
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Re: Las vacaciones se pagan mal
Sáb 03 Ago 2024, 23:09
Las vacaciones en seguridad privada cuentan a 5,2 horas diarias
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Re: Las vacaciones se pagan mal
Dom 04 Ago 2024, 00:18
Pues a reclamar toca
Director de Seguridad, Consultor Experto, Asesor y Perito Judicial en Seguridad Privada.
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