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La definición de Vigilante Jurado y Vigilante de Seguridad
Jue 28 Ago 2014, 14:07
En España existían dos figuras reconocidas que desempeñaban funciones de protección y vigilancia: los Vigilantes Jurados y los Guardas de Seguridad. Pero la aparición de la Ley 23 en 1992 y el desarrollo del Reglamento de Seguridad Privada publicado en el BOE de 10 de enero de 1995, acabó con estas denominaciones implantando finalmente la que actualmente se halla en vigor: Vigilante de Seguridad.
Aunque actualmente aún se les conoce de forma popular como Guardia de Seguridad, Guardia Jurado o Vigilante Jurado, la forma correcta de referirse a estos profesionales es únicamente Vigilante de Seguridad. Los Vigilantes de Seguridad sólo pueden ser contratados en España a través de una Empresa de Seguridad.
Además, actualmente estas empresas de seguridad pueden ser contratadas por la Administración Pública de España para que sus Vigilantes de Seguridad actúen en coordinación, y siguiendo órdenes e instrucciones de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado en distintas tareas, como la vigilancia del perímetro exterior de las cárceles, o servicios de seguridad en vía pública.
Las actividades realizadas por los Vigilantes de Seguridad, según la Ley de Seguridad Privada, tienen la consideración de complementarias y subordinadas respecto de la Seguridad Pública.[1]
El Vigilante de Seguridad, en la realización de las actividades de seguridad privada, consideradas en cooperación y bajo el mando de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, tiene la "protección jurídica de agente de la autoridad" según la Ley de Seguridad Privada, asumiendo dicha condición en este ámbito, lo que significa que las agresiones o desobediencias de cualquier tipo a estos profesionales, serían acometidas contra un Agente de la Autoridad[2]
Además, el Vigilante de Seguridad posee, según la jurisprudencia del Tribunal Supremo, la condición de Funcionario Público, lo cual, a la vez que le confiere esa especial protección, permite que los Vigilantes de Seguridad fueran juzgados como tales en el caso de extralimitarse en sus funciones, tal como establece la Sentencia STS 4778/2013
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El vigilante jurado era la denominación de una persona que ejercía, en España, al servicio de una empresa privada de seguridad, funciones de vigilancia, transporte de fondos en vehículos blindados, y vigilancia de centros privados comerciales.
Para ejercer esta profesión se debía obtener una habilitación expedida por el Ministerio del Interior, después de superar un proceso selectivo, donde se incluyen una serie de pruebas de aptitud psico-física y de conocimientos.
Las personas habilitadas como vigilante jurado tenían consideración de agente de la autoridad. El cargo estaba coordinado a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, es decir, Cuerpo Nacional de Policía y Guardia Civil, con las que tenían la obligación de colaborar siempre en defensa de la seguridad ciudadana y la paz social.
Actualmente este cargo ha sido reemplazado por el de "vigilante de seguridad"
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Aunque actualmente aún se les conoce de forma popular como Guardia de Seguridad, Guardia Jurado o Vigilante Jurado, la forma correcta de referirse a estos profesionales es únicamente Vigilante de Seguridad. Los Vigilantes de Seguridad sólo pueden ser contratados en España a través de una Empresa de Seguridad.
Además, actualmente estas empresas de seguridad pueden ser contratadas por la Administración Pública de España para que sus Vigilantes de Seguridad actúen en coordinación, y siguiendo órdenes e instrucciones de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado en distintas tareas, como la vigilancia del perímetro exterior de las cárceles, o servicios de seguridad en vía pública.
Las actividades realizadas por los Vigilantes de Seguridad, según la Ley de Seguridad Privada, tienen la consideración de complementarias y subordinadas respecto de la Seguridad Pública.[1]
El Vigilante de Seguridad, en la realización de las actividades de seguridad privada, consideradas en cooperación y bajo el mando de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, tiene la "protección jurídica de agente de la autoridad" según la Ley de Seguridad Privada, asumiendo dicha condición en este ámbito, lo que significa que las agresiones o desobediencias de cualquier tipo a estos profesionales, serían acometidas contra un Agente de la Autoridad[2]
Además, el Vigilante de Seguridad posee, según la jurisprudencia del Tribunal Supremo, la condición de Funcionario Público, lo cual, a la vez que le confiere esa especial protección, permite que los Vigilantes de Seguridad fueran juzgados como tales en el caso de extralimitarse en sus funciones, tal como establece la Sentencia STS 4778/2013
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El vigilante jurado era la denominación de una persona que ejercía, en España, al servicio de una empresa privada de seguridad, funciones de vigilancia, transporte de fondos en vehículos blindados, y vigilancia de centros privados comerciales.
Para ejercer esta profesión se debía obtener una habilitación expedida por el Ministerio del Interior, después de superar un proceso selectivo, donde se incluyen una serie de pruebas de aptitud psico-física y de conocimientos.
Las personas habilitadas como vigilante jurado tenían consideración de agente de la autoridad. El cargo estaba coordinado a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, es decir, Cuerpo Nacional de Policía y Guardia Civil, con las que tenían la obligación de colaborar siempre en defensa de la seguridad ciudadana y la paz social.
Actualmente este cargo ha sido reemplazado por el de "vigilante de seguridad"
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- palopiedraExperto Nivel 6Premio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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Re: La definición de Vigilante Jurado y Vigilante de Seguridad
Jue 28 Ago 2014, 14:11
¿ Que os parece? VS o VJ ¿ Estaban mejor mirados los vj? ¿ Fue justa la ley Corcuera? ¿ Cobraban más? ¿ Estaban mejor formados?
Saludos
Saludos
- bcnsegurPrincipiante Nivel 2Premio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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Re: La definición de Vigilante Jurado y Vigilante de Seguridad
Vie 29 Ago 2014, 11:23
Yo no he sido nunca vj, pero he oido hablar a compañeros que si lo fueron , que eran otros tiempos y eso ya no volvera, ademas algunos me dicen que ahora ven al vigilante de seguridad mas preparado y profesional que antaño los vj, son opiniones de gente que han trabajado conmigo y han pensado asi, yo no se opinar de algo que desconozco pero los que consideran que ahora estamos mejor preparados, me imagino como deberian estar los vj, ahi lo dejo.
- josepmartiAdministradorPremio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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Re: La definición de Vigilante Jurado y Vigilante de Seguridad
Vie 29 Ago 2014, 11:31
Prácticamente pienso que son cosas distintas siendo cosas iguales y me explico:
El vigilante jurado era un agente de la autoridad sin ningún articulo que lo remarcara ya que por su condición de vj ya era asi.
El vigilante de seguridad debe colaborar con las ffccss para ser considerado como tal.
El vj era juramentado, el vigilante de seguridad no.
Hay muchas mas diferencias que simplemente las descritas y ya las iremos analizando pasito a pasito.
saludos y gracias por el buen post palopiedra
El vigilante jurado era un agente de la autoridad sin ningún articulo que lo remarcara ya que por su condición de vj ya era asi.
El vigilante de seguridad debe colaborar con las ffccss para ser considerado como tal.
El vj era juramentado, el vigilante de seguridad no.
Hay muchas mas diferencias que simplemente las descritas y ya las iremos analizando pasito a pasito.
saludos y gracias por el buen post palopiedra
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