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El Tribunal Supremo confirma el derecho de acceso a la Jubilación parcial anticipada de los Vigilantes de Seguridad.
Mar 02 Mayo 2023, 22:29
Como ya os informamos anteriormente, ATES inició acciones judiciales frente a SECURITAS SEGURIDAD ESPAÑA para defender nuestro derecho de acceso a la jubilación parcial anticipada, siendo que tanto los juzgados de Valencia como el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana nos daban la razón en cuanto a que los Vigilante de Seguridad se le debía de permitir el acceso a la jubilación parcial anticipada como así lo refleja el convenio colectivo estatal.
Pues bien, finalmente el TRIBUNAL SUPREMO ha tenido por desistido a SECURITAS de su recurso, por lo que se confirma que en aplicación del Convenio Colectivo de Seguridad se nos ha de permitir el acceso a la jubilación parcial anticipada cuando reunamos los requisitos que exige la Seguridad Social, no pudiéndose oponer a tal solicitud ni SECURITAS ni ninguna otra empresa de SEGURIDAD PRIVADA.
Dicha sentencia es extensible al resto de empresas de Seguridad Privada, siendo que es una interpretación que se ha dado por el Tribunal Superior de Justicia para todos los Vigilantes de Seguridad.
Así pues, hemos conseguido que, frente a la oposición de SECURITAS y de cualquier otra empresa de seguridad, se nos reconozca el derecho al acceso a la Jubilación parcial anticipada cuando cumplamos con los requisitos que se solicitan por Seguridad Social.
Como hemos venido defendiendo, es un derecho que nos corresponde, y que no se nos puede negar por ninguna empresa de seguridad privada sin motivo alguno y caprichosamente.
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Saludos.
Pues bien, finalmente el TRIBUNAL SUPREMO ha tenido por desistido a SECURITAS de su recurso, por lo que se confirma que en aplicación del Convenio Colectivo de Seguridad se nos ha de permitir el acceso a la jubilación parcial anticipada cuando reunamos los requisitos que exige la Seguridad Social, no pudiéndose oponer a tal solicitud ni SECURITAS ni ninguna otra empresa de SEGURIDAD PRIVADA.
Dicha sentencia es extensible al resto de empresas de Seguridad Privada, siendo que es una interpretación que se ha dado por el Tribunal Superior de Justicia para todos los Vigilantes de Seguridad.
Así pues, hemos conseguido que, frente a la oposición de SECURITAS y de cualquier otra empresa de seguridad, se nos reconozca el derecho al acceso a la Jubilación parcial anticipada cuando cumplamos con los requisitos que se solicitan por Seguridad Social.
Como hemos venido defendiendo, es un derecho que nos corresponde, y que no se nos puede negar por ninguna empresa de seguridad privada sin motivo alguno y caprichosamente.
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Re: El Tribunal Supremo confirma el derecho de acceso a la Jubilación parcial anticipada de los Vigilantes de Seguridad.
Mar 02 Mayo 2023, 22:31
Pues como para no tomar nota y quien cumpla los requisitos para acceder a la jubilación parcial anticipada, acceder a ella, si así lo considerase oportuno.
Saludos.
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- revolverColaboradorPremio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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Re: El Tribunal Supremo confirma el derecho de acceso a la Jubilación parcial anticipada de los Vigilantes de Seguridad.
Miér 03 Mayo 2023, 03:06
Buena informacion ,es una verguenza que muchas empresas sigan negandole este derecho a los vigilantes
- J. J.Moderador globalPremio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foroMaxima graduacionAl mejor A la mejor aportación al foro
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Re: El Tribunal Supremo confirma el derecho de acceso a la Jubilación parcial anticipada de los Vigilantes de Seguridad.
Jue 04 Mayo 2023, 21:44
Otro de los logros conseguidos en este sector .
El problema viene dado como de costumbre por los put.. come gambas , en nuestro convenio firmado a mayor logro por estos estafadores de los trabajadores viene bien claro que no es un derecho sino que si a la empresa le interesa te ofrecerá un premio de vinculación por baja voluntaria que debe ser por qué la empresa te lo ofrezca y no por qué al trabajador le pueda interesar y nunca a petición del trabajador . Y así nos va y nos vemos .
Artículo 67 , premio de vinculación .
El problema viene dado como de costumbre por los put.. come gambas , en nuestro convenio firmado a mayor logro por estos estafadores de los trabajadores viene bien claro que no es un derecho sino que si a la empresa le interesa te ofrecerá un premio de vinculación por baja voluntaria que debe ser por qué la empresa te lo ofrezca y no por qué al trabajador le pueda interesar y nunca a petición del trabajador . Y así nos va y nos vemos .
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Re: El Tribunal Supremo confirma el derecho de acceso a la Jubilación parcial anticipada de los Vigilantes de Seguridad.
Jue 21 Dic 2023, 13:21
revolver escribió:Buena informacion ,es una verguenza que muchas empresas sigan negandole este derecho a los vigilantes
Yo lo tuve que negociar con la empresa, contrato relevo al 75/25 por cien......Me quería dar el 50/50 pero les dije que nooooooo jajajaja para eso sigo.
Al final tras ver mi nomina con tanta antigüedad y pluses, dijeron..Ale vete a TP...jajajajaja en 8 meses hice la jornada de ese 25% y el 5 de Mayo del 22 dije bye bye jajajajaja ahí os quedáis, se acabaron las guardias discutir con la gente hacer cuadrantes, llevar las Host.....por ambos bandos, en fin, ahora me levanto, miro la silla veo el chandal y digo..."Mañana" y me vuelvo a tapar..
Jajajajaja
Chicos todo llega ya veréis. Se acabaron sudor sangre y lagrimas, mas de 42 años de servicio casi toda la vida.
Ser felices y cuidar a la familia es lo mejor que tendréis cuando estéis en casa siempre...
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Re: El Tribunal Supremo confirma el derecho de acceso a la Jubilación parcial anticipada de los Vigilantes de Seguridad.
Jue 28 Dic 2023, 00:29
Buenas noches , ANTE TODO FELICES FIESTAS A TODO EL FORO , en cuanto a este escrito decir mi opinion es que seria un logro muy importante que los mayores de nuestro sector pudieran jubilarse antes , sinceramente no me gusta la imagen de ver a un compañero fuera de forma fisica y con una imagen deteriorada en un servicio cara al publico
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