Requisitos para ser inspector de servicios
+3
Errante
RafaVs
Francisco blanco domingue
7 participantes
- Francisco blanco dominguePrincipiante Nivel 2Premio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
- Como nos has conocido? : Buscando un foro vigilantes
Mensajes : 35
Fecha de inscripción : 12/04/2021
Localización : Mijas costa
Requisitos para ser inspector de servicios
Miér 19 Ene 2022, 21:37
Buenas noches, yo y mi compañero estamos de servicio y nos estamos preguntando que requisitos son necesarios para ser inspector de servicios, si hay que ser jefe de seguridad o no hace falta? porque nos han comentado que alguien que lleve en la empresa 5 años o más y tenga el título de bachiller podría ser inspector de servicios sin llegar a ser jefe de seguridad y tenemos esa duda. En nuestra empresa hay un inspector que creemos que no tiene ningún tipo de titulacion solo antiguedad en la empresa y lo han puesto hay porque había que poner a alguien que no les costará más de la cuenta. Saludos
- RafaVsMiembro VIPPremio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foroMaxima graduacionAl mejor A la mejor aportación al foro
- Como nos has conocido? : Grano a grano, se hace el granero.
Mensajes : 9770
Fecha de inscripción : 29/05/2018
Localización : Galicia
Re: Requisitos para ser inspector de servicios
Jue 20 Ene 2022, 13:10
Convenio colectivo estatal de las empresas de seguridad para el año 2022.
Artículo 31. Personal de Mandos Intermedios.
....
e) Inspector. Es aquel empleado que tiene por misión verificar y comprobar el exacto cumplimiento de las funciones y obligaciones atribuidas a Vigilantes, Conductores y demás empleados, dando cuenta inmediata al Jefe de Servicios correspondiente de cuantas incidencias observe en la prestación de los servicios, encargándose de velar por el cumplimiento de las normas y procedimientos aplicables al personal operativo, tomando las medidas de urgencia que estime oportunas, especialmente en casos de alteración del orden público, de tráfico o accidentes.
Real Decreto 2364/1994, Reglamento de Seguridad Privada.
Artículo 99. Delegación de funciones.
Los jefes de seguridad podrán delegar únicamente el ejercicio de las facultades para autorizar el traslado de armas o la obligación de efectuar personalmente el traslado, y las relativas a comunicación con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y a subsanación de deficiencias o anomalías, así como las de dirección e inspección del personal y servicios de seguridad privada, lo que requerirá la aprobación de las empresas, y habrá de recaer, donde no hubiera jefe de seguridad delegado, en persona del Servicio o Departamento de Seguridad que reúna análogas condiciones de experiencia y capacidad que ellos; comunicando a las dependencias de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad el alcance de la delegación y la persona o personas de la empresa en quienes recae, con expresión del puesto que ocupa en la propia empresa. Asimismo deberán comunicar a dichas dependencias cualquier variación que se produzca al respecto, y en su caso la revocación de la delegación.
Artículo 54. Requisitos específicos.
1. Además de los requisitos generales establecidos en el artículo anterior, el personal de seguridad privada habrá de reunir, para su habilitación, los determinados en el presente artículo, en función de su especialidad.
.....
4. Jefes de seguridad y directores de seguridad: estar en posesión del título de Bachiller, de Técnico Superior, de Técnico en las profesiones que se determinen, u otros equivalentes a efectos profesionales, o superiores.
Artículo 63. Habilitación de jefes de seguridad y de directores de seguridad.
1. Para poder ser nombrados jefes de seguridad, los solicitantes deberán haber desempeñado puestos o funciones de seguridad, pública o privada, al menos durante cinco años, y necesitarán obtener la pertinente tarjeta de identidad profesional, para lo cual habrán de acreditar, a través de las correspondientes pruebas, conocimientos suficientes sobre la normativa reguladora de la seguridad privada, la organización de servicios de seguridad y las modalidades de prestación de los mismos, no siéndoles aplicable lo dispuesto en este reglamento sobre formación de personal.
Legalmente, esto es lo que hay.
Se puede ser Inspector sin ser previamente Jefe o Director de Seguridad.
Cuestión diferente es que en algunas empresas, se pueda pedir dicha titulación para acceder a dicho puesto.
Saludos.
Grano a grano, se levanta la montaña.
Artículo 31. Personal de Mandos Intermedios.
....
e) Inspector. Es aquel empleado que tiene por misión verificar y comprobar el exacto cumplimiento de las funciones y obligaciones atribuidas a Vigilantes, Conductores y demás empleados, dando cuenta inmediata al Jefe de Servicios correspondiente de cuantas incidencias observe en la prestación de los servicios, encargándose de velar por el cumplimiento de las normas y procedimientos aplicables al personal operativo, tomando las medidas de urgencia que estime oportunas, especialmente en casos de alteración del orden público, de tráfico o accidentes.
Real Decreto 2364/1994, Reglamento de Seguridad Privada.
Artículo 99. Delegación de funciones.
Los jefes de seguridad podrán delegar únicamente el ejercicio de las facultades para autorizar el traslado de armas o la obligación de efectuar personalmente el traslado, y las relativas a comunicación con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y a subsanación de deficiencias o anomalías, así como las de dirección e inspección del personal y servicios de seguridad privada, lo que requerirá la aprobación de las empresas, y habrá de recaer, donde no hubiera jefe de seguridad delegado, en persona del Servicio o Departamento de Seguridad que reúna análogas condiciones de experiencia y capacidad que ellos; comunicando a las dependencias de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad el alcance de la delegación y la persona o personas de la empresa en quienes recae, con expresión del puesto que ocupa en la propia empresa. Asimismo deberán comunicar a dichas dependencias cualquier variación que se produzca al respecto, y en su caso la revocación de la delegación.
Artículo 54. Requisitos específicos.
1. Además de los requisitos generales establecidos en el artículo anterior, el personal de seguridad privada habrá de reunir, para su habilitación, los determinados en el presente artículo, en función de su especialidad.
.....
4. Jefes de seguridad y directores de seguridad: estar en posesión del título de Bachiller, de Técnico Superior, de Técnico en las profesiones que se determinen, u otros equivalentes a efectos profesionales, o superiores.
Artículo 63. Habilitación de jefes de seguridad y de directores de seguridad.
1. Para poder ser nombrados jefes de seguridad, los solicitantes deberán haber desempeñado puestos o funciones de seguridad, pública o privada, al menos durante cinco años, y necesitarán obtener la pertinente tarjeta de identidad profesional, para lo cual habrán de acreditar, a través de las correspondientes pruebas, conocimientos suficientes sobre la normativa reguladora de la seguridad privada, la organización de servicios de seguridad y las modalidades de prestación de los mismos, no siéndoles aplicable lo dispuesto en este reglamento sobre formación de personal.
Legalmente, esto es lo que hay.
Se puede ser Inspector sin ser previamente Jefe o Director de Seguridad.
Cuestión diferente es que en algunas empresas, se pueda pedir dicha titulación para acceder a dicho puesto.
Saludos.
Grano a grano, se levanta la montaña.
A Francisco blanco domingue le gusta esta publicaciòn
- ErranteColaboradorRecompensaRecompensa por la aportación al foroPremio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
- Como nos has conocido? : Busqueda Google
Mensajes : 465
Fecha de inscripción : 09/10/2019
Localización : España
Re: Requisitos para ser inspector de servicios
Jue 20 Ene 2022, 14:35
En algún servicio que he estado yo el inspector tenía como único "mérito" su antiguedad en la empresa y ser perro fiel. Por saber no sabía ni escribir sin faltas de ortografía. Y estoy seguro que es caso corriente, al menos entre los "veteranos".
- RafaVsMiembro VIPPremio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foroMaxima graduacionAl mejor A la mejor aportación al foro
- Como nos has conocido? : Grano a grano, se hace el granero.
Mensajes : 9770
Fecha de inscripción : 29/05/2018
Localización : Galicia
Re: Requisitos para ser inspector de servicios
Jue 20 Ene 2022, 15:57
Convenio colectivo estatal de las empresas de seguridad para el año 2022.
Artículo 37. Escalafones, Ascensos, Provisión de Vacantes y Plantillas.
....
Las vacantes de nivel funcional de retribución superior que se originen en la Empresa, salvo amortización de la plaza, se cubrirán en igualdad de condiciones con las personas ajenas o por personal del censo de la Empresa, de acuerdo con las normas siguientes:
A)Libre designación.Serán de libre designación de la Empresa las personas que deban ocupar vacantes entre el personal directivo, titulado, técnico, jefes (incluidos el de tráfico, de cámara, de vigilancia) e inspectores.
....
Básicamente, al nombrarse a dedo,
quien nombra, escoge lo que considera oportuno.
Saludos.
Grano a grano, se levanta la montaña.
Artículo 37. Escalafones, Ascensos, Provisión de Vacantes y Plantillas.
....
Las vacantes de nivel funcional de retribución superior que se originen en la Empresa, salvo amortización de la plaza, se cubrirán en igualdad de condiciones con las personas ajenas o por personal del censo de la Empresa, de acuerdo con las normas siguientes:
A)Libre designación.Serán de libre designación de la Empresa las personas que deban ocupar vacantes entre el personal directivo, titulado, técnico, jefes (incluidos el de tráfico, de cámara, de vigilancia) e inspectores.
....
Básicamente, al nombrarse a dedo,
quien nombra, escoge lo que considera oportuno.
Saludos.
Grano a grano, se levanta la montaña.
- AljimaPrincipiante Nivel 2Premio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
- Como nos has conocido? : Buscador
Mensajes : 32
Fecha de inscripción : 16/10/2018
Localización : España
Re: Requisitos para ser inspector de servicios
Jue 20 Ene 2022, 19:45
Que yo sepa, inspector puede ser cualquiera. Otra cosa es que se le puedan delegar las funciones de jefe de seguridad para poder hacer las respectivas inspecciones. Sin esas delegaciones, NO PUEDEN REALIZAR INSPECCIONES. Si te sancionan por una inspeccion suya, te cargas a la empresa y al propio inspector.
- josepmartiAdministradorPremio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
- Mensajes : 23051
Fecha de inscripción : 08/01/2014
Localización : Tarragona
Re: Requisitos para ser inspector de servicios
Dom 23 Ene 2022, 23:04
En el ámbito de la empresa de seguridad en cuya plantilla están integrados, corresponde a los jefes de
seguridad el ejercicio de las siguientes funciones:
a. El análisis de situaciones de riesgo y la planificación y programación de las actuaciones precisas para
la implantación y realización de los servicios de seguridad privada.
b. La organización, dirección e inspección del personal y servicios de seguridad privada.
c. La propuesta de los sistemas de seguridad que resulten pertinentes, y el control de su
funcionamiento y mantenimiento, pudiendo validarlos provisionalmente hasta tanto se produzca la
inspección y autorización, en su caso, por parte de la Administración.
d. El control de la formación permanente del personal de seguridad que de ellos dependa, y la
propuesta de la adopción de las medidas o iniciativas adecuadas para el cumplimiento de dicha
finalidad.
e. La coordinación de los distintos servicios de seguridad que de ellos dependan, con actuaciones
propias de protección civil en situaciones de emergencia, catástrofe o calamidad pública.
f. La garantía de la colaboración de los servicios de seguridad con los de las correspondientes
dependencias de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
g. La supervisión de la observancia de la normativa de seguridad privada aplicable.
h. La responsabilidad sobre la custodia y el traslado de armas de titularidad de la empresa a la que
pertenezca, de acuerdo con la normativa de armas
seguridad el ejercicio de las siguientes funciones:
a. El análisis de situaciones de riesgo y la planificación y programación de las actuaciones precisas para
la implantación y realización de los servicios de seguridad privada.
b. La organización, dirección e inspección del personal y servicios de seguridad privada.
c. La propuesta de los sistemas de seguridad que resulten pertinentes, y el control de su
funcionamiento y mantenimiento, pudiendo validarlos provisionalmente hasta tanto se produzca la
inspección y autorización, en su caso, por parte de la Administración.
d. El control de la formación permanente del personal de seguridad que de ellos dependa, y la
propuesta de la adopción de las medidas o iniciativas adecuadas para el cumplimiento de dicha
finalidad.
e. La coordinación de los distintos servicios de seguridad que de ellos dependan, con actuaciones
propias de protección civil en situaciones de emergencia, catástrofe o calamidad pública.
f. La garantía de la colaboración de los servicios de seguridad con los de las correspondientes
dependencias de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
g. La supervisión de la observancia de la normativa de seguridad privada aplicable.
h. La responsabilidad sobre la custodia y el traslado de armas de titularidad de la empresa a la que
pertenezca, de acuerdo con la normativa de armas
************************************
Clica sobre la imagen descargas y accede a numerosas descargas.
[Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]
- josepmartiAdministradorPremio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
- Mensajes : 23051
Fecha de inscripción : 08/01/2014
Localización : Tarragona
Re: Requisitos para ser inspector de servicios
Dom 23 Ene 2022, 23:05
Aljima escribió:Que yo sepa, inspector puede ser cualquiera. Otra cosa es que se le puedan delegar las funciones de jefe de seguridad para poder hacer las respectivas inspecciones. Sin esas delegaciones, NO PUEDEN REALIZAR INSPECCIONES. Si te sancionan por una inspeccion suya, te cargas a la empresa y al propio inspector.
No solo inspecciones
************************************
Clica sobre la imagen descargas y accede a numerosas descargas.
[Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]
- RafaVsMiembro VIPPremio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foroMaxima graduacionAl mejor A la mejor aportación al foro
- Como nos has conocido? : Grano a grano, se hace el granero.
Mensajes : 9770
Fecha de inscripción : 29/05/2018
Localización : Galicia
Re: Requisitos para ser inspector de servicios
Dom 23 Ene 2022, 23:16
Real Decreto 2364/1994, Reglamento de Seguridad Privada.
Artículo 99. Delegación de funciones.
Los jefes de seguridad podrán delegar únicamente el ejercicio de las facultades para autorizar el traslado de armas o la obligación de efectuar personalmente el traslado, y las relativas a comunicación con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y a subsanación de deficiencias o anomalías, así como las de dirección e inspección del personal y servicios de seguridad privada.....
Legalmente,
esto es lo único que pueden delegar los Jefes de Seguridad.
No pueden delegar todo el lote que tienen asignado por Ley.
Saludos.
Grano a grano, se levanta la montaña.
Artículo 99. Delegación de funciones.
Los jefes de seguridad podrán delegar únicamente el ejercicio de las facultades para autorizar el traslado de armas o la obligación de efectuar personalmente el traslado, y las relativas a comunicación con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y a subsanación de deficiencias o anomalías, así como las de dirección e inspección del personal y servicios de seguridad privada.....
Legalmente,
esto es lo único que pueden delegar los Jefes de Seguridad.
No pueden delegar todo el lote que tienen asignado por Ley.
Saludos.
Grano a grano, se levanta la montaña.
- josepmartiAdministradorPremio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
- Mensajes : 23051
Fecha de inscripción : 08/01/2014
Localización : Tarragona
Re: Requisitos para ser inspector de servicios
Lun 24 Ene 2022, 02:53
RafaVs escribió:Real Decreto 2364/1994, Reglamento de Seguridad Privada.
Artículo 99. Delegación de funciones.
Los jefes de seguridad podrán delegar únicamente el ejercicio de las facultades para autorizar el traslado de armas o la obligación de efectuar personalmente el traslado, y las relativas a comunicación con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y a subsanación de deficiencias o anomalías, así como las de dirección e inspección del personal y servicios de seguridad privada.....
Legalmente,
esto es lo único que pueden delegar los Jefes de Seguridad.
No pueden delegar todo el lote que tienen asignado por Ley.
Saludos.
Grano a grano, se levanta la montaña.
A eso me refería que no solo delegan el poder hacer inspecciones sino que hay mas actividad delegada que es exactamente la que pones tu en tu comentario.
************************************
Clica sobre la imagen descargas y accede a numerosas descargas.
[Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]
- AljimaPrincipiante Nivel 2Premio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
- Como nos has conocido? : Buscador
Mensajes : 32
Fecha de inscripción : 16/10/2018
Localización : España
Re: Requisitos para ser inspector de servicios
Lun 24 Ene 2022, 20:42
Si.Si. Se delegan mas cosas pero yo queria decir que para poder hacer las inspecciones, tienen que tener tales Delegaciones, pero realmente, cualquiera puede ser nombrado inspector, siempre que no realice todas las actividades que hemos/habeis comentado. No se si me explico.
- josepmartiAdministradorPremio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
- Mensajes : 23051
Fecha de inscripción : 08/01/2014
Localización : Tarragona
Re: Requisitos para ser inspector de servicios
Jue 27 Ene 2022, 03:34
Aljima escribió:Si.Si. Se delegan mas cosas pero yo queria decir que para poder hacer las inspecciones, tienen que tener tales Delegaciones, pero realmente, cualquiera puede ser nombrado inspector, siempre que no realice todas las actividades que hemos/habeis comentado. No se si me explico.
************************************
Clica sobre la imagen descargas y accede a numerosas descargas.
[Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]
- Im_collantesnovato Nivel 1
- Como nos has conocido? : Google
Mensajes : 2
Fecha de inscripción : 03/03/2022
Localización : A Coruña
Inspector de servicios
Jue 03 Mar 2022, 22:08
Buenas noches. Soy nuevo en el foro y me gustaría ver si es posible aclarar mi caso concreto. Me explico...soy vigilante de seguridad, llevo 2 años en mi empresa actual y aunque tengo el TIP de hace más de 10 años solo he ejercido los 3 últimos. En la actualidad me quieren poner como inspector de servicios y realmente no se si podría. El bachiller tengo el equivalente que me sirve para las opos que exigen dicho titulo por lo cual entiendo que me vale, pero claro, llevo 3 años ejerciendo...gracias de antemano.
- josepmartiAdministradorPremio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
- Mensajes : 23051
Fecha de inscripción : 08/01/2014
Localización : Tarragona
Re: Requisitos para ser inspector de servicios
Vie 04 Mar 2022, 01:08
Im_collantes escribió:Buenas noches. Soy nuevo en el foro y me gustaría ver si es posible acalarar mi caso concreto. Me explico...soy vigilante de seguridad, llevo 2 años en mi empresa actual y aunque tengo el TIP de hace más de 10 años solo he ejercido los 3 últimos. En la actualidad me quieren poner como inspector de servicios y realmente no se si podría. El bachiller tengo el equivalente que me sirve para las opos que exigen dicho titulo por lo cual entiendo que me vale, pero claro, llevo 3 años ejerciendo...gracias de antemano.
Gracias por la consulta, ahora solo queda que el jefe de seguridad de tu empresa realice la consiguiente solicitud a la policia/seguridad privada y esta lo devuelva firmado y sellado aceptandolo o no
************************************
Clica sobre la imagen descargas y accede a numerosas descargas.
[Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]
A Im_collantes le gusta esta publicaciòn
- Im_collantesnovato Nivel 1
- Como nos has conocido? : Google
Mensajes : 2
Fecha de inscripción : 03/03/2022
Localización : A Coruña
Re: Requisitos para ser inspector de servicios
Vie 04 Mar 2022, 07:51
Gracias por responder Josepmarti. Mi duda acerca del tema iba enfocada por el tema experiencia exigible de 5 años ya que llevo 3 trabajando como vigilante aunque mi tip tenga más de 10 años.
- Ciclopenovato Nivel 1Premio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
- Mensajes : 4
Fecha de inscripción : 22/01/2016
Re: Requisitos para ser inspector de servicios
Vie 13 Mayo 2022, 08:23
Un simple inspector sin funciones delegadas de jefe de seguridad, sólo puede realizar inspecciones laborales como verificar que estás en tu puesto de trabajo, vestuario o similares, pero no en temas de seguridad como operativas de servicio, documentación, etc.
Permisos de este foro:
No puedes responder a temas en este foro.