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Breve resumen de lo que es la LOPD
Sáb 23 Mayo 2020, 22:06
Se considera Dato de Carácter Personal cualquier información concerniente a personas físicas, por la cual su titular puede ser identificado o es identificable.
Entenderemos por Tratamiento de Datos de Carácter Personal, toda operación y/o procedimiento técnico, de carácter automatizado o no, que permita recoger, grabar, conservar, elaborar, modificar, bloquear o cancelar datos de carácter personal.
En conclusión, el tratamiento de datos de carácter personal será entendido como cualquier gestión de datos, automatizada o no, por un tercero distinto del afectado o interesado.
Existen dos regímenes para el tratamiento de los datos, ya sean de titularidad pública o privada.
Son Ficheros de Titularidad Pública aquellos cuya responsabilidad corresponde a las Administraciones Públicas (como el caso de TOLOSALDEA).
Son ficheros de Titularidad Privada aquellos ficheros creados y gestionados por sujetos con naturaleza jurídica privada (como los de cualquier empresa normal).
Para registrar una base de datos hay varias alternativas; la más sencilla es presentarla por Internet.
Para ello debemos dirigirnos a la página web de la Agencia General de Protección de Datos (AGPD) [Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo] y seguir los siguientes pasos oficiales:
1.Responder a las preguntas iniciales del asistente dependiendo del tipo de solicitud y forma de presentación elegido.
2.Cumplimentar los apartados de la notificación.
3.Cumplimentar la Hoja de solicitud.
4.Generar/Enviar la notificación: En el caso de presentación a través de Internet con certificado de firma electrónica, deberá antes Finalizar y Firmar la notificación con su certificado de firma electrónica reconocido.
5.Recibir el acuse de recibo de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) correspondiente al envío realizado. La no recepción del mensaje de confirmación, o en su caso, la recepción de un mensaje de indicación de error implica que no se ha producido la recepción del mismo, debiendo realizarse la presentación en otro momento o utilizando otros medios.
6.Enviar la Hoja de solicitud firmada a la AEPD. En el caso de presentación a través de Internet con certificado de firma electrónica no será necesario remitir la Hoja de solicitud.
En el caso de los ficheros de titularidad pública, como es el caso de TOLOSALDEA, existe un paso anterior a la notificación de los ficheros: la publicación en el Boletín Oficial correspondiente del acuerdo de creación del fichero por parte del instituto.
Entenderemos por Tratamiento de Datos de Carácter Personal, toda operación y/o procedimiento técnico, de carácter automatizado o no, que permita recoger, grabar, conservar, elaborar, modificar, bloquear o cancelar datos de carácter personal.
En conclusión, el tratamiento de datos de carácter personal será entendido como cualquier gestión de datos, automatizada o no, por un tercero distinto del afectado o interesado.
Existen dos regímenes para el tratamiento de los datos, ya sean de titularidad pública o privada.
Son Ficheros de Titularidad Pública aquellos cuya responsabilidad corresponde a las Administraciones Públicas (como el caso de TOLOSALDEA).
Son ficheros de Titularidad Privada aquellos ficheros creados y gestionados por sujetos con naturaleza jurídica privada (como los de cualquier empresa normal).
Para registrar una base de datos hay varias alternativas; la más sencilla es presentarla por Internet.
Para ello debemos dirigirnos a la página web de la Agencia General de Protección de Datos (AGPD) [Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo] y seguir los siguientes pasos oficiales:
1.Responder a las preguntas iniciales del asistente dependiendo del tipo de solicitud y forma de presentación elegido.
2.Cumplimentar los apartados de la notificación.
3.Cumplimentar la Hoja de solicitud.
4.Generar/Enviar la notificación: En el caso de presentación a través de Internet con certificado de firma electrónica, deberá antes Finalizar y Firmar la notificación con su certificado de firma electrónica reconocido.
5.Recibir el acuse de recibo de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) correspondiente al envío realizado. La no recepción del mensaje de confirmación, o en su caso, la recepción de un mensaje de indicación de error implica que no se ha producido la recepción del mismo, debiendo realizarse la presentación en otro momento o utilizando otros medios.
6.Enviar la Hoja de solicitud firmada a la AEPD. En el caso de presentación a través de Internet con certificado de firma electrónica no será necesario remitir la Hoja de solicitud.
En el caso de los ficheros de titularidad pública, como es el caso de TOLOSALDEA, existe un paso anterior a la notificación de los ficheros: la publicación en el Boletín Oficial correspondiente del acuerdo de creación del fichero por parte del instituto.
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- rafa40Usuario adelantado Nivel 4Premio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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Re: Breve resumen de lo que es la LOPD
Mar 02 Jun 2020, 00:14
En muchos trabajos no se respeta la ley de protección de datos y gente sin permisos ven datos de otras personas sin control, en españa pasan estas cosas
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