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TIP = Certificado de profesionalidad?
Vie 18 Oct 2019, 14:43
Buenas, he visto que puedes realizar diversos certificados de profesionalidad de nivel 3 tales como ¨Gestión y coordinación en protección civil y emergencias¨ si posees el de nivel 2 de ¨Vigilancia, seguridad privada y protección de personas¨. Yo obtuve la TIP por el examen de policía, previamente haciendo el cursillo para poder presentarse a este. Mi pregunta es: Es la TIP equivalente al certificado de profesionalidad ¨Vigilancia, seguridad privada y protección de personas¨ a nivel académico?
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Re: TIP = Certificado de profesionalidad?
Sáb 19 Oct 2019, 04:20
El TIP, es la Tarjeta de Identidad Profesional para ejercer de Vigilante de Seguridad en España y
que actualmente hay 2 opciones para obtenerla:
- Mediante Certificado de Profesionalidad y por
- Examen en las convocatorias anuales de la Policía Nacional.
Y ambas opciones son diferentes entre sí.
Habría que mirar que requisitos son necesarios para poder acceder a los certificados de profesionalidad de nivel 3.
Saludos.
que actualmente hay 2 opciones para obtenerla:
- Mediante Certificado de Profesionalidad y por
- Examen en las convocatorias anuales de la Policía Nacional.
Y ambas opciones son diferentes entre sí.
Habría que mirar que requisitos son necesarios para poder acceder a los certificados de profesionalidad de nivel 3.
Saludos.
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Re: TIP = Certificado de profesionalidad?
Dom 20 Oct 2019, 13:26
REQUISITOS DE ACCESO A LA FORMACIÓN DE LOS CERTIFICADOS DE PROFESIONALIDAD
Según el Real decreto 34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad, en el artículo 20, Requisitos de acceso a la formación de los certificados de profesionalidad, se especifica:
1. Corresponde a la Administración laboral competente la comprobación que los alumnos poseen los requisitos formativos y profesionales para cursar con aprovechamiento la formación en los términos que prevén los apartados siguientes.
2. Para acceder a la formación de los módulos formativos de los certificados de profesionalidad de los niveles de calificación profesional 2 y 3 los alumnos tienen que cumplir alguno de los requisitos siguientes:
a) Estar en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria para el nivel 2 o título de Bachiller para nivel 3.
b) Estar en posesión de un certificado de profesionalidad del mismo nivel del módulo o módulos formativos y/o del certificado de profesionalidad a que quiere acceder.
c) Estar en posesión de un certificado de profesionalidad de nivel 1 de la misma familia y área profesional para el nivel 2 o de un certificado de profesionalidad de nivel 2 de la misma familia y área profesional para el nivel 3.
d) Cumplir el requisito académico de acceso a los ciclos formativos de grado medio para el nivel 2 o de grado superior para el nivel 3, o bien haber superado las correspondientes pruebas de acceso reguladas por las administraciones educativas.
e) Tener superada la prueba de acceso en la universidad para mayores de 25 años y/o de 45 años.
f) Tener las competencias clave necesarias, de acuerdo con lo que recoge el anexo IV de este Real decreto, para cursar con aprovechamiento la formación correspondiente al certificado de profesionalidad.
Para el acceso a los certificados de profesionalidad se realizarán pruebas de competencia matemática y de comunicación en lengua castellana y, si hay, en lengua cooficial, en el nivel que corresponda. Además para aquéllos que incluyan un módulo de lengua extranjera se requerirá pruebas de competencia en comunicación en lengua extranjera en el correspondiente nivel. Estas pruebas se realizarán en relación con las competencias definidas en el anexo IV de este Real decreto.
Estas competencias están inspiradas en los ámbitos establecidos en la Recomendación del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de diciembre de 2006 sobre las competencias clave para el aprendizaje permanente (2006/962/CE) y en el Marco Común Europeo de referencia para las lenguas.
Para verificar con objetividad y rigor técnico el cumplimiento de este requisito, los servicios públicos de ocupación determinarán el procedimiento de realización de las pruebas de competencias clave necesarias para acceder a la formación de los certificados de profesionalidad, como aparte del proceso de selección de los alumnos, así como los resultados concretos que tienen que comprobar y los criterios para su medición. Las pruebas se realizarán por los centros formativos, con la revisión del Servicio de Seguimiento Técnico, de Acreditaciones y Certificaciones.
Estarán exentos de la realización de estas pruebas, las personas que hayan superado con evaluación positiva acciones formativas correspondientes a competencias clave que figuran en el fichero de especialidades formativas del Servicio Público de Ocupación Estatal.
Si los alumnos no tienen alguno de los requisitos de acceso a la formación descritos en el párrafo anterior, el centro de formación en lo que se le ha asignado la gestión, convocará a los alumnos solicitantes a una prueba de acceso en la que se valorará su nivel de calificación, y así garantizar que realizarán la acción formativa con aprovechamiento.
Espero haberlo aclarado un poco...
Según el Real decreto 34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad, en el artículo 20, Requisitos de acceso a la formación de los certificados de profesionalidad, se especifica:
1. Corresponde a la Administración laboral competente la comprobación que los alumnos poseen los requisitos formativos y profesionales para cursar con aprovechamiento la formación en los términos que prevén los apartados siguientes.
2. Para acceder a la formación de los módulos formativos de los certificados de profesionalidad de los niveles de calificación profesional 2 y 3 los alumnos tienen que cumplir alguno de los requisitos siguientes:
a) Estar en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria para el nivel 2 o título de Bachiller para nivel 3.
b) Estar en posesión de un certificado de profesionalidad del mismo nivel del módulo o módulos formativos y/o del certificado de profesionalidad a que quiere acceder.
c) Estar en posesión de un certificado de profesionalidad de nivel 1 de la misma familia y área profesional para el nivel 2 o de un certificado de profesionalidad de nivel 2 de la misma familia y área profesional para el nivel 3.
d) Cumplir el requisito académico de acceso a los ciclos formativos de grado medio para el nivel 2 o de grado superior para el nivel 3, o bien haber superado las correspondientes pruebas de acceso reguladas por las administraciones educativas.
e) Tener superada la prueba de acceso en la universidad para mayores de 25 años y/o de 45 años.
f) Tener las competencias clave necesarias, de acuerdo con lo que recoge el anexo IV de este Real decreto, para cursar con aprovechamiento la formación correspondiente al certificado de profesionalidad.
Para el acceso a los certificados de profesionalidad se realizarán pruebas de competencia matemática y de comunicación en lengua castellana y, si hay, en lengua cooficial, en el nivel que corresponda. Además para aquéllos que incluyan un módulo de lengua extranjera se requerirá pruebas de competencia en comunicación en lengua extranjera en el correspondiente nivel. Estas pruebas se realizarán en relación con las competencias definidas en el anexo IV de este Real decreto.
Estas competencias están inspiradas en los ámbitos establecidos en la Recomendación del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de diciembre de 2006 sobre las competencias clave para el aprendizaje permanente (2006/962/CE) y en el Marco Común Europeo de referencia para las lenguas.
Para verificar con objetividad y rigor técnico el cumplimiento de este requisito, los servicios públicos de ocupación determinarán el procedimiento de realización de las pruebas de competencias clave necesarias para acceder a la formación de los certificados de profesionalidad, como aparte del proceso de selección de los alumnos, así como los resultados concretos que tienen que comprobar y los criterios para su medición. Las pruebas se realizarán por los centros formativos, con la revisión del Servicio de Seguimiento Técnico, de Acreditaciones y Certificaciones.
Estarán exentos de la realización de estas pruebas, las personas que hayan superado con evaluación positiva acciones formativas correspondientes a competencias clave que figuran en el fichero de especialidades formativas del Servicio Público de Ocupación Estatal.
Si los alumnos no tienen alguno de los requisitos de acceso a la formación descritos en el párrafo anterior, el centro de formación en lo que se le ha asignado la gestión, convocará a los alumnos solicitantes a una prueba de acceso en la que se valorará su nivel de calificación, y así garantizar que realizarán la acción formativa con aprovechamiento.
Espero haberlo aclarado un poco...
- Manu69ColaboradorPremio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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Re: TIP = Certificado de profesionalidad?
Dom 20 Oct 2019, 13:34
Para más información tenéis esta página. Es del Gobierno Balear, però los requisitos, pruebas, etc... son las mismas en todos sitios, menos si en la comunidad hay otro idioma o no.
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Es la más completa que encontré...
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- Vic1981Principiante Nivel 2
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Re: TIP = Certificado de profesionalidad?
Sáb 07 Ene 2023, 14:16
Una duda me interesa mucho el tema porque me quiero sacar la TIP, tengo el graduado escolar, soy de los antiguos,y quiero sacarme la tip, por medio del certificado de profesionalidad( SIN EXAMEN EN LA POLICÍA) para vigilante de seguridad privada, exijen Graduado en ESO.
Como no lo tengo , me dicen en unas academias que aprobando un examen de competencias clave nivel 2, ya podría hacer el certificado de profesionalidad, y tramitar la TIP, el caso es que otras academias me dicen que No! Que con el graduado escolar y las competencias clave nivel e aprobadas ,más el certificado de profesionalidad, que la policía ME DENIEGAN LA OBTENCIÓN DE LA TIP.
si ustedes saben algo ,os ruego si me podéis ayudar,que voy muy perdido, y cada uno me dice una cosa ,incluso llame a policía ,al servicio de seguridad privada y no me aclaraban nada! Increíble!
Gracias un saludo
Como no lo tengo , me dicen en unas academias que aprobando un examen de competencias clave nivel 2, ya podría hacer el certificado de profesionalidad, y tramitar la TIP, el caso es que otras academias me dicen que No! Que con el graduado escolar y las competencias clave nivel e aprobadas ,más el certificado de profesionalidad, que la policía ME DENIEGAN LA OBTENCIÓN DE LA TIP.
si ustedes saben algo ,os ruego si me podéis ayudar,que voy muy perdido, y cada uno me dice una cosa ,incluso llame a policía ,al servicio de seguridad privada y no me aclaraban nada! Increíble!
Gracias un saludo
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