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Licencia por traslado de domicilio
Mar 15 Oct 2019, 13:35
Buenas tardes compañeros. Os comento brevemente mi situación. Básicamente pedí un traslado de ciudad con Prosegur y se me concedió. La "mudanza" fue "express" ya que me cogí dos maletas y el coche, y desde entonces vivo en una habitación en la ciudad de destino (a +550 km de la de origen). El caso es que yo vivía con mi madre (sí, tengo 19 años) y el plan es que ella igual se venga para acá. Claro, en el piso donde ella vive tenemos un porrón de cosas y hemos hablado que para finales de año hagamos la mudanza en un piso alquilado aquí.
Llevo en la empresa desde justo la mitad de este año a jornada completa coincidente con el traslado (desde febrero hasta junio en contrato de eventos en ciudad de origen) y quisiera saber si me corresponden los 2 días de traslado según marca el Artículo 56. Licencias. También el día de asuntos propios me interesa pillarlo para la mudanza. Todavía sigo empadronado en la ciudad de origen y dado que estoy a +210 horas/mes (sí, expotación laboral consentida lo llamo yo) pues me es difícil reunir días libres para la mudanza.
Conclusión: a ver si me puedo juntar 4 días cambiando días con compañeros, 2 de licencia mudanza y 1 de asuntos propios.
P.D.: Valkyria eres una jefa
Edit: no se me ofreció ninguna ayuda económica, dado que según la empresa el trasladó lo solicité yo.
Llevo en la empresa desde justo la mitad de este año a jornada completa coincidente con el traslado (desde febrero hasta junio en contrato de eventos en ciudad de origen) y quisiera saber si me corresponden los 2 días de traslado según marca el Artículo 56. Licencias. También el día de asuntos propios me interesa pillarlo para la mudanza. Todavía sigo empadronado en la ciudad de origen y dado que estoy a +210 horas/mes (sí, expotación laboral consentida lo llamo yo) pues me es difícil reunir días libres para la mudanza.
Conclusión: a ver si me puedo juntar 4 días cambiando días con compañeros, 2 de licencia mudanza y 1 de asuntos propios.
P.D.: Valkyria eres una jefa
Edit: no se me ofreció ninguna ayuda económica, dado que según la empresa el trasladó lo solicité yo.
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Re: Licencia por traslado de domicilio
Mar 15 Oct 2019, 17:30
Liretoi escribió:
P.D.: Valkyria eres una jefa
Jajaaaaaaaaaaaa
Sí que te corresponden los dos días por TRASLADO DE DOMICILIO. En las licencias no pone nada de si tienes que llevar x tiempo en la empresa para poder disfrutarlas, ni nada similar. Así que ésto es para todo currante lleve el tiempo que lleve y que vaya a convenio nacional.
Artículo 56. Licencias.
Los trabajadores regidos por este Convenio Colectivo tendrán derecho al disfrute de licencias sin pérdida de la retribución, en los casos y con la duración que a continuación se indican en días naturales:
c) Durante un mínimo de dos días para traslado de su domicilio.
-----------------------------------------------------------------------------------
Domicilio según diccionario de la RAE:
1. m. Morada fija y permanente.
2. m. Lugar en que legalmente se considera establecido alguien para el cumplimiento de sus obligaciones y el ejercicio de sus derechos.
3. m. Casa en que alguien habita o se hospeda.
-----------------------------------------------------------------------------
Como tú aún estás empadronado en la ciudad de origen, no has trasladado tu domicilio, que es tu lugar legal de residencia (aquel en el que estés empadronado).
Tú el domicilio aún lo tienes registrado en tu ciudad de origen.
Entonces cuando cambies ese domicilio empadronandote en la ciudad en la que ahora estás, será cuando puedas pedirte esa licencia de dos días.
Así que espera a empadronarte ahí para cuando tu madre se mude.
Es decir, que haces un escrito a la empresa (por duplicado, uno para tí y otro para la empresa, los dos firmados por todo el mundo) algo similar a éste:
"En Madrid (o donde estés currando ahora) a 18 de diciembre de 2019
A la atención del departamento de personal de la empresa Prosegur C/ pepito (Madrid):
Yo Liretoi Pérez Suárez, vigilante de seguridad en el servicio Fábricas Loli C/ tal (Madrid), les comunico que los días 22 y 23 de diciembre (por decir algo) ejercitaré mi derecho a permiso retribuido por traslado de domicilio, regulado en el Convenio Nacional de Seguridad Privada en su artículo 56 apartado c). A mi regreso entregaré en la empresa el justificante de empadronamiento en dicho domicilio.
Sin más asuntos que tratar les saluda atentamente:
Liretoi Pérez
Firma del trabajador:
Firma y ello de la empresa:
Éste permiso (ni los demás), no tiene unas fechas de preaviso estipuladas, pero no esperes al último día, si sabes 10 días antes la fecha de mudanza pues mejor. Pero pueden ser 5 días también de preaviso o menos, pero mejor dilo en cuanto lo sepas.
Puedes mudarte con tu madre y luego ir a empadronarte al día siguiente. No hace falta ir primero corriendo a empadronarse. El papelito del empadronamiento en donde venga tu domicilio nuevo es el que debes llevar a la empresa a tu regreso, como prueba. Vamos, la copia.
El día de asuntos propios:
Artículo 55. Descanso anual compensatorio y día de asuntos propios.
Los trabajadores tendrán derecho, además, a un día libre por asuntos propios, sin cómputo de jornada y a elección del trabajador, en las siguientes condiciones:
1. No podrá utilizarse durante los períodos de máxima actividad, comprendidos entre el 15 de diciembre y el 15 de enero del año siguiente, durante el período del Domingo de Ramos al Lunes de Pascua, ambos incluidos, ni durante el período vacacional de los meses de julio y agosto, salvo autorización de la empresa.
2. No podrá ejercerse este derecho en el mismo día de manera simultánea por más del 5% de la plantilla del centro de trabajo al que pertenezca el trabajador.
Ten cuidado de las fechas de exclusión, en diciembre, por si no te lo diesen para entonces, pero pudiera ser que no les importe, no se sabe.
No computa jornada, y entonces es un día que debe deberse (valga la redundancia) si uno por haberse pedido este día, y no trabajarlo, no llega a las horas. Pero como tú te pasas de horas, entonces no deberás deberlo, jejeeee.
Lo pides igual que el otro escrito pero adaptando el artículo.
Pd: he tardado un año en responder porque estoy en el currele y cada letra escrita tenía que atender a alguno.
- Manu69ColaboradorPremio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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Re: Licencia por traslado de domicilio
Mar 15 Oct 2019, 18:48
Y recalcar que la licencia que puedes cojer es de "un mínimo de 2 días", por lo que si necesitas 3, puedes solicitarlos.
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