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La seguridad privada y sus inicios
Dom 08 Sep 2019, 04:34
Una de las obligaciones históricas desempeñadas por los Reyes era prestar los servicios de seguridad y orden en sus Reinos a sus vasallos y a su vez justificar los impuestos que los Reyes cobraban a estos últimos .
Después esto pasaría a los gobiernos de los países .
En le siglo 19 que tengamos constancia , en los municipios quienes eran encargados de prestar seguridad y mantener el orden eran los Alcaldes con Policías Municipales y Guardas Municipales Jurados , los primeros se encargaban ( si los había ) de prestar seguridad en el pueblo y los segundos tenían la misión de custodiar la propiedad rural y ambos eran pagados con fondos Municipales .
En 1844 se crea un cuerpo armado llamado Guardia Civil , con la misión de garantizar la seguridad y el orden fuera y dentro de las poblaciones , prestando auxilio a todo aquel que lo necesitase , todo ello conforme al reglamento de Servicios de la Guardia Civil del año 1852 .
Pero también había la posibilidad de nombrar a un Guarda Privado que a su vez dependiendo quien lo nombrará se le denominará Juramentado o no .
Guarda Privado no Juramentado ;
Los propietarios de las tierras e incluso los que estaban o figuraban como arrendatarios de esas tierras tenían la potestad de nombrar a un criado suyo , Guarda Privado para que custodiase sus propiedades tanto las cosechas como los cotos de caza de su propiedad , estos criados pagados por sus señores también estaban bajo la protección de la Guardia Civil , la prestación del servicio y sus atribuciones venían recogidas en el Reglamento de 1849 y en una Real Orden de 9 de Agosto de 1876 .
Estos Guardas Particulares no Jurados , no podían usar armas si carecían de licencia en vigor ni tampoco llevar la Placa Distintivo que lo acreditaba como tal .
Propuesta para Guarda Jurado en 1968 .
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Los Guardas Municipales Juramentados , podían ser de ( a pie o a caballo ) eran nombrados por el Alcalde y gozaban de las mismas atribuciones que los Policías Municipales siendo tratados como Agentes de la Autoridad .
El distintivo que los acreditaban como Guarda Jurado era una bandolera de cuero en la que resaltaba una Placa de Latón con la inscripción "" Guarda Jurado "" también se podía leer el nombre del Guarda .
Para poder acceder al cargo de Guarda Jurado debía de ser propuesto por el dueño de las tierras o fincas a custodiar , no haber sido despedido de un puesto similar y dar fe de ser una persona que gozase de buena opinión y fama entre sus convecinos .
El Alcalde pedía un informe a Guardia Civil y otro al Párroco , siendo necesario que los dos fuesen positivos , ( con el paso del tiempo se requirió que estos Guardas Jurados , presentasen un Certificado de Penales ( Registro de Penados y Rebeldes ).
Si después de presentar toda la documentación si está era positiva , pasaba a Juramentar el cargo ante el Alcalde y en presencia del secretario del Ayuntamiento el cual expedia el Título Nombramiento en el que además de nombre , altura y complexión , también se incluía las siguientes reseñas ; color , pelo , barba y ojos , nariz , y alguna característica más que sirviera para poder identificar al Guarda Jurado , como cicatrices , manchas y demás .
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Fotos sacadas del Archivo Municipal de Pepino ( Toledo ) .
Por Natalia Cuerva Murillo , Archivera Municipal .
Expedientes de Guardas Jurados .
Después esto pasaría a los gobiernos de los países .
En le siglo 19 que tengamos constancia , en los municipios quienes eran encargados de prestar seguridad y mantener el orden eran los Alcaldes con Policías Municipales y Guardas Municipales Jurados , los primeros se encargaban ( si los había ) de prestar seguridad en el pueblo y los segundos tenían la misión de custodiar la propiedad rural y ambos eran pagados con fondos Municipales .
En 1844 se crea un cuerpo armado llamado Guardia Civil , con la misión de garantizar la seguridad y el orden fuera y dentro de las poblaciones , prestando auxilio a todo aquel que lo necesitase , todo ello conforme al reglamento de Servicios de la Guardia Civil del año 1852 .
Pero también había la posibilidad de nombrar a un Guarda Privado que a su vez dependiendo quien lo nombrará se le denominará Juramentado o no .
Guarda Privado no Juramentado ;
Los propietarios de las tierras e incluso los que estaban o figuraban como arrendatarios de esas tierras tenían la potestad de nombrar a un criado suyo , Guarda Privado para que custodiase sus propiedades tanto las cosechas como los cotos de caza de su propiedad , estos criados pagados por sus señores también estaban bajo la protección de la Guardia Civil , la prestación del servicio y sus atribuciones venían recogidas en el Reglamento de 1849 y en una Real Orden de 9 de Agosto de 1876 .
Estos Guardas Particulares no Jurados , no podían usar armas si carecían de licencia en vigor ni tampoco llevar la Placa Distintivo que lo acreditaba como tal .
Propuesta para Guarda Jurado en 1968 .
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Los Guardas Municipales Juramentados , podían ser de ( a pie o a caballo ) eran nombrados por el Alcalde y gozaban de las mismas atribuciones que los Policías Municipales siendo tratados como Agentes de la Autoridad .
El distintivo que los acreditaban como Guarda Jurado era una bandolera de cuero en la que resaltaba una Placa de Latón con la inscripción "" Guarda Jurado "" también se podía leer el nombre del Guarda .
Para poder acceder al cargo de Guarda Jurado debía de ser propuesto por el dueño de las tierras o fincas a custodiar , no haber sido despedido de un puesto similar y dar fe de ser una persona que gozase de buena opinión y fama entre sus convecinos .
El Alcalde pedía un informe a Guardia Civil y otro al Párroco , siendo necesario que los dos fuesen positivos , ( con el paso del tiempo se requirió que estos Guardas Jurados , presentasen un Certificado de Penales ( Registro de Penados y Rebeldes ).
Si después de presentar toda la documentación si está era positiva , pasaba a Juramentar el cargo ante el Alcalde y en presencia del secretario del Ayuntamiento el cual expedia el Título Nombramiento en el que además de nombre , altura y complexión , también se incluía las siguientes reseñas ; color , pelo , barba y ojos , nariz , y alguna característica más que sirviera para poder identificar al Guarda Jurado , como cicatrices , manchas y demás .
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Fotos sacadas del Archivo Municipal de Pepino ( Toledo ) .
Por Natalia Cuerva Murillo , Archivera Municipal .
Expedientes de Guardas Jurados .
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