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Vigilantes atrapados entre el Ministerio de Trabajo y la precariedad laboral.
Sáb 13 Jul 2019, 23:49
Una empresa despide, para evitar subrogarlos, a 17 vigilantes de Sevilla con atrasos salariales de la firma anterior en quiebra, Sinergias.
elpais.com
JAVIER MARTÍN-ARROYO.
13.7.2019
Francisco Ocaña y sus 16 compañeros vigilantes de seguridad en la sede de la Tesorería de la Seguridad Social en Sevilla se frotaban los ojos hace dos meses cuando su nueva empresa, RMD, les contó que debían renunciar a su antigüedad como trabajadores o iban a la calle. Algunos de ellos con 28 años acumulados en el puesto. “En casa me preguntaban ‘¿cómo estando en el Ministerio de Trabajo, que vigila por que las empresas cumplan sus obligaciones, os van a hacer esa barrabasada? Es imposible’. Y ni yo me lo creía”, relata. Pero tras semanas de incredulidad, los 17 vigilantes vieron que la realidad se imponía y eran despedidos por la firma ganadora del concurso de 586.060 euros al año ofertado por el Ministerio de Trabajo, responsable último de su paradoja laboral.
Llueve sobre mojado para estos 17 guardas de seguridad. Su anterior empresa, Sinergias de Vigilancia y Seguridad, propiedad del polémico empresario canario Miguel Ángel Ramírez, apodado el rey de la seguridad, les dejó una deuda en salarios impagados que ronda los 150.000 euros, según estiman los sindicatos. En paralelo, en 2017 el Ministerio de Trabajo denunció a Sinergias ante la Fiscalía después de haber propuesto sancionarla por fraude a la Seguridad Social.
Con esos precedentes, el pasado mayo los 17 trabajadores recibieron la propuesta de RMD para rebajarse el sueldo medio de 1.368 euros a 1.168 euros en 15 pagas al año. “Cuando llegó la hora de subrogarnos, RMD me exigió renunciar a 25 años de antigüedad, reiniciar de cero sabiendo que con la baja voluntaria la empresa te puede coger, o no. Aun estando la ley de nuestro lado”, insiste Ocaña, a quien Sinergias le adeuda 14.000 euros por salarios atrasados. Después de que la firma entrara en concurso de acreedores hace dos meses, el impago corresponde ahora al administrador concursal.
Tanto la Ley de Contratos del Sector Público, como el Estatuto de los Trabajadores y el convenio colectivo de empresas de seguridad estipulan que RMD debe subrogar a los trabajadores despedidos. “El Ministerio acepta el incumplimiento del contrato y nosotros estamos desamparados. Si lo hace Tesorería, ¿qué no harán las empresas? Además, la Inspección de Trabajo debería haber actuado de oficio”, se lamenta el vigilante Carlos García. El incumplimiento ha provocado que los siete sindicatos mayoritarios en el sector de la seguridad se hayan unido en una plataforma para obligar a Trabajo a reaccionar y denunciar los despidos.
“RMD entiende que la situación no la provocamos nosotros, sino Sinergias, y que hemos actuado conforme a convenio. Los trabajadores no tienen ninguna responsabilidad pero sí derecho al pataleo porque han perdido sus empleos. El grueso del problema es la falta de documentación desde Sinergias para la subrogación y que hay irregularidades en las nóminas, con pluses no computados en el coste de los empleados", alega Ismael Fernández, jefe de seguridad de RMD. Y añade: "La Tesorería es conocedora de todos los pasos que hemos dado. Esto terminará en un juzgado y si el juez determina que tienen razón, pues volverán a sus puestos”. Fernández asegura que sus 17 nuevos empleados están contratados bajo el convenio estatal de la seguridad. La firma cuenta con unos 500 trabajadores en todo el país y mantiene contratos con diversas Administraciones, del Estado, autonomías y Ayuntamientos.
Para el Ministerio de Trabajo la resolución del problema no está en su mano. “Es una cuestión de la empresa y ningún pliego contempla la obligatoriedad de subrogarse (…) La subrogación en los trabajadores excede de las competencias de la Administración, siendo un asunto exclusivo entre la empresa cesante y la nueva adjudicataria”, arguye un portavoz. Trabajo se escuda en el punto 22.1.5 del pliego del contrato, que establece: “El personal dependerá exclusivamente del adjudicatario (…) siendo la Tesorería General de la Seguridad Social ajena a dichas relaciones laborales”.
El catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad de Zaragoza José María Gimeno Feliú considera que el Ministerio, como órgano de contratación y garante del interés público del contrato, es responsable y tiene potestad para anularlo, en tanto incumple condiciones esenciales de la licitación y la prestación. “Es una actuación contraria a la vigente Ley de Contratos del Sector Público y su interpretación es en fraude de ley, pues lo que la ley pretende es la calidad y estabilidad en el empleo de las contratas públicas. El incumplimiento de esta finalidad sería motivo de resolución del contrato, con imposición incluso de penalidades”. El experto añade: “Cuando el legislador dice que la empresa debe subrogarlos a todos, existe un incumplimiento contractual si el resultado es el contrario. La empresa incumple, así, una condición esencial de la contratación, con lo cual sería ya causa de resolución”.
La nueva Ley de Contratos de 2017 [aprobada con el voto a favor de todas las fuerzas salvo la abstención del PSOE] buscaba la protección de la calidad y estabilidad del empleo. “Lo que pretende la empresa se aleja del espíritu y de la letra de la nueva normativa del 2017”, estima Gimeno Feliú.
En paralelo, el Tribunal Supremo revirtió el pasado noviembre el sistema de contratas de servicios y fijó en sentencia que las adjudicatarias deben asumir las deudas que afloren con Hacienda o la Seguridad Social de sus predecesoras, además de las de los trabajadores. Hasta el pasado otoño la ley obligaba a las empresas a subrogar a los trabajadores con más de siete meses de contrato, pero ahora también las deudas arrastradas corresponden al nuevo contratista, según el alto tribunal. Diego Giráldez, responsable federal de Seguridad Privada en UGT, apunta: “El giro afecta a un millón de trabajadores de limpieza, call centers y dependencia. Estamos esperando que el Gobierno garantice que sean firmes las certificaciones de Tesorería y Hacienda sobre el corriente de pagos y los aplazamientos. O bien una modificación legislativa que afecte al Estatuto de los Trabajadores”.
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13.7.2019
Francisco Ocaña y sus 16 compañeros vigilantes de seguridad en la sede de la Tesorería de la Seguridad Social en Sevilla se frotaban los ojos hace dos meses cuando su nueva empresa, RMD, les contó que debían renunciar a su antigüedad como trabajadores o iban a la calle. Algunos de ellos con 28 años acumulados en el puesto. “En casa me preguntaban ‘¿cómo estando en el Ministerio de Trabajo, que vigila por que las empresas cumplan sus obligaciones, os van a hacer esa barrabasada? Es imposible’. Y ni yo me lo creía”, relata. Pero tras semanas de incredulidad, los 17 vigilantes vieron que la realidad se imponía y eran despedidos por la firma ganadora del concurso de 586.060 euros al año ofertado por el Ministerio de Trabajo, responsable último de su paradoja laboral.
Llueve sobre mojado para estos 17 guardas de seguridad. Su anterior empresa, Sinergias de Vigilancia y Seguridad, propiedad del polémico empresario canario Miguel Ángel Ramírez, apodado el rey de la seguridad, les dejó una deuda en salarios impagados que ronda los 150.000 euros, según estiman los sindicatos. En paralelo, en 2017 el Ministerio de Trabajo denunció a Sinergias ante la Fiscalía después de haber propuesto sancionarla por fraude a la Seguridad Social.
Con esos precedentes, el pasado mayo los 17 trabajadores recibieron la propuesta de RMD para rebajarse el sueldo medio de 1.368 euros a 1.168 euros en 15 pagas al año. “Cuando llegó la hora de subrogarnos, RMD me exigió renunciar a 25 años de antigüedad, reiniciar de cero sabiendo que con la baja voluntaria la empresa te puede coger, o no. Aun estando la ley de nuestro lado”, insiste Ocaña, a quien Sinergias le adeuda 14.000 euros por salarios atrasados. Después de que la firma entrara en concurso de acreedores hace dos meses, el impago corresponde ahora al administrador concursal.
Tanto la Ley de Contratos del Sector Público, como el Estatuto de los Trabajadores y el convenio colectivo de empresas de seguridad estipulan que RMD debe subrogar a los trabajadores despedidos. “El Ministerio acepta el incumplimiento del contrato y nosotros estamos desamparados. Si lo hace Tesorería, ¿qué no harán las empresas? Además, la Inspección de Trabajo debería haber actuado de oficio”, se lamenta el vigilante Carlos García. El incumplimiento ha provocado que los siete sindicatos mayoritarios en el sector de la seguridad se hayan unido en una plataforma para obligar a Trabajo a reaccionar y denunciar los despidos.
“RMD entiende que la situación no la provocamos nosotros, sino Sinergias, y que hemos actuado conforme a convenio. Los trabajadores no tienen ninguna responsabilidad pero sí derecho al pataleo porque han perdido sus empleos. El grueso del problema es la falta de documentación desde Sinergias para la subrogación y que hay irregularidades en las nóminas, con pluses no computados en el coste de los empleados", alega Ismael Fernández, jefe de seguridad de RMD. Y añade: "La Tesorería es conocedora de todos los pasos que hemos dado. Esto terminará en un juzgado y si el juez determina que tienen razón, pues volverán a sus puestos”. Fernández asegura que sus 17 nuevos empleados están contratados bajo el convenio estatal de la seguridad. La firma cuenta con unos 500 trabajadores en todo el país y mantiene contratos con diversas Administraciones, del Estado, autonomías y Ayuntamientos.
Para el Ministerio de Trabajo la resolución del problema no está en su mano. “Es una cuestión de la empresa y ningún pliego contempla la obligatoriedad de subrogarse (…) La subrogación en los trabajadores excede de las competencias de la Administración, siendo un asunto exclusivo entre la empresa cesante y la nueva adjudicataria”, arguye un portavoz. Trabajo se escuda en el punto 22.1.5 del pliego del contrato, que establece: “El personal dependerá exclusivamente del adjudicatario (…) siendo la Tesorería General de la Seguridad Social ajena a dichas relaciones laborales”.
El catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad de Zaragoza José María Gimeno Feliú considera que el Ministerio, como órgano de contratación y garante del interés público del contrato, es responsable y tiene potestad para anularlo, en tanto incumple condiciones esenciales de la licitación y la prestación. “Es una actuación contraria a la vigente Ley de Contratos del Sector Público y su interpretación es en fraude de ley, pues lo que la ley pretende es la calidad y estabilidad en el empleo de las contratas públicas. El incumplimiento de esta finalidad sería motivo de resolución del contrato, con imposición incluso de penalidades”. El experto añade: “Cuando el legislador dice que la empresa debe subrogarlos a todos, existe un incumplimiento contractual si el resultado es el contrario. La empresa incumple, así, una condición esencial de la contratación, con lo cual sería ya causa de resolución”.
La nueva Ley de Contratos de 2017 [aprobada con el voto a favor de todas las fuerzas salvo la abstención del PSOE] buscaba la protección de la calidad y estabilidad del empleo. “Lo que pretende la empresa se aleja del espíritu y de la letra de la nueva normativa del 2017”, estima Gimeno Feliú.
En paralelo, el Tribunal Supremo revirtió el pasado noviembre el sistema de contratas de servicios y fijó en sentencia que las adjudicatarias deben asumir las deudas que afloren con Hacienda o la Seguridad Social de sus predecesoras, además de las de los trabajadores. Hasta el pasado otoño la ley obligaba a las empresas a subrogar a los trabajadores con más de siete meses de contrato, pero ahora también las deudas arrastradas corresponden al nuevo contratista, según el alto tribunal. Diego Giráldez, responsable federal de Seguridad Privada en UGT, apunta: “El giro afecta a un millón de trabajadores de limpieza, call centers y dependencia. Estamos esperando que el Gobierno garantice que sean firmes las certificaciones de Tesorería y Hacienda sobre el corriente de pagos y los aplazamientos. O bien una modificación legislativa que afecte al Estatuto de los Trabajadores”.
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Re: Vigilantes atrapados entre el Ministerio de Trabajo y la precariedad laboral.
Dom 14 Jul 2019, 10:10
Si van a juicio, creo que ganarían, pero mientras tanto...este tema como el de Ombuds nos está avisando que es completamente imprescindible un enfoque diferente del sector, de seguir así no solo Ombuds caerá, es que tarde o temprano van a ser todas las grandes porque esto no se puede sostener con los criterios de contratación actuales. O sea que nosotros decidimos, nos ponemos de lado mientras no me toque o dentro de nuestras posibilidades luchamos por cambiar esto, por supuesto UGT y CCOO, también tienen mucha responsabilidad en lo que está ocurriendo, de hecho... bueno mejor no sigo
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