APTO FINAL PRIMERA CONVOCATORIA 2019
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Pabloestefani
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APTO FINAL PRIMERA CONVOCATORIA 2019
Miér 15 Mayo 2019, 02:59
Hola..aprobe todo a la primera en la primera convocatoria de este año 2019 en el mes de marzo...aun espero el apto resolutivo final que se supone que era en la segunda quincena de osea a partir de hoy...alguno sabeis donde se puede ver eso? para la tip..solicitar???
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Re: APTO FINAL PRIMERA CONVOCATORIA 2019
Miér 15 Mayo 2019, 14:44
Supongo que pondrán aqui un enlace al BOE de aptos definitivos cuando salga:
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Re: APTO FINAL PRIMERA CONVOCATORIA 2019
Lun 20 Mayo 2019, 10:07
Pues ya están las definitivas desde el viernes, ahora hay que rellenar un documento y entregarlo, ¿ me confundo o este año parece que hay varios puntos de comisarías donde poder entregar la documentación ?
según la sede DGP:
Personalmente en las dependencias policiales de:
La Unidad Central de Seguridad Privada, calle Rey Francisco N° 21 de Madrid. Solicitando cita previa al 91 / 322 –
3909.
Una vez realizadas todas las comprobaciones, tanto la TIP, como la cartilla profesional, de cada una de las
habilitaciones solicitadas, serán entregadas al solicitante en el mismo instante..
Las Unidades Territoriales de Seguridad Privada de las Jefaturas Superiores, Comisarías Provinciales del Cuerpo
Nacional de Policía y Comisarías Locales de Algeciras, Vigo, Gijón y Arrecife.
Una vez realizadas todas las comprobaciones, tanto la TIP, como la cartilla profesional, de cada una de las
habilitaciones solicitadas, serán igualmente recogidas en la Unidad Territorial de Seguridad Privada, en el plazo
aproximado de 20 días hábiles.
según la sede DGP:
Personalmente en las dependencias policiales de:
La Unidad Central de Seguridad Privada, calle Rey Francisco N° 21 de Madrid. Solicitando cita previa al 91 / 322 –
3909.
Una vez realizadas todas las comprobaciones, tanto la TIP, como la cartilla profesional, de cada una de las
habilitaciones solicitadas, serán entregadas al solicitante en el mismo instante..
Las Unidades Territoriales de Seguridad Privada de las Jefaturas Superiores, Comisarías Provinciales del Cuerpo
Nacional de Policía y Comisarías Locales de Algeciras, Vigo, Gijón y Arrecife.
Una vez realizadas todas las comprobaciones, tanto la TIP, como la cartilla profesional, de cada una de las
habilitaciones solicitadas, serán igualmente recogidas en la Unidad Territorial de Seguridad Privada, en el plazo
aproximado de 20 días hábiles.
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Re: APTO FINAL PRIMERA CONVOCATORIA 2019
Lun 20 Mayo 2019, 15:50
Que se debe entregar a la policía una vez hemos sido declarados apto en los exámenes para poder solicitar la TIP?
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Re: APTO FINAL PRIMERA CONVOCATORIA 2019
Lun 20 Mayo 2019, 16:48
Resolución de 21 de noviembre de 2018, de la Secretaría de Estado de
Seguridad, por la que se aprueban las bases de las convocatorias de pruebas
de selección para vigilante de seguridad y su especialidad de vigilante de
explosivos y escolta privado, para el año 2019.
5. Acreditación de requisitos
5.1 Presentación de documentos. En el plazo de diez días hábiles, contados a partir
del siguiente al de la publicación del Acuerdo del Tribunal por el que se haga pública la
relación de participantes que hayan superado las pruebas selectivas, deberán presentar la
documentación directamente en la Sede del Área de Procesos Selectivos de la División de
Formación y Perfeccionamiento de la Dirección General de la Policía, Avda. Pío XII,
núm. 50, 28016 Madrid, o cursar a través de Dependencias Policiales o de las referidas en
el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
Los documentos acreditativos de los requisitos exigidos, tanto originales como, en su
caso, las copias de los mismos, deberán ser debidamente traducidos al castellano y
legalizados por Intérprete jurado autorizado, si estuvieran redactados en otros idiomas.
Cuando los documentos presentados sean fotocopia del original, deberán ser
debidamente autorizados o compulsados, de acuerdo con lo dispuesto en la resolución de
la Dirección General de la Policía, de 11 de marzo de 1997, sobre compulsas de
documentos que hayan de surtir efectos en materia de seguridad privada, y previo ingreso
de la Tasa (Tarifa decimocuarta), conforme se determina en la Base 2.2 de esta
convocatoria.
La compulsa deberá afectar, en su caso, a la totalidad de las páginas del documento
y, cuando proceda, a las dos caras de las mismas, no considerándose válida cuando
carezca de la identificación personal y firma del funcionario que la extienda. A estos
efectos, no se aceptarán los documentos transmitidos por telefax u otros sistemas
análogos.
Cuando se aleguen equivalencias u homologaciones de títulos obtenidos o estudios
cursados, dicha circunstancia deberá, asimismo, acreditarse por el interesado. En otro
caso, no será tenida en cuenta.
Quienes dentro del plazo de diez días hábiles concedidos para la presentación de
documentos no presenten la misma, o se dedujese que esta carece de alguno de los
requisitos exigidos, no obtendrán la habilitación correspondiente, aun habiendo superado
las pruebas; quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad
en que pudieran haber incurrido por falsedad en su tramitación.
Los aspirantes deberán presentar los siguientes documentos:
A) Vigilante de seguridad:
a) Fotocopia de la Tarjeta o Autorización de Residencia o de Identidad en vigor, o en
su defecto, del Pasaporte respecto a los aspirantes a los que les sea de aplicación el Real
Decreto 240/2007, de 16 de febrero, sobre entrada, libre circulación y residencia en
España de ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea y de otros Estados
parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, así como los nacionales de un
tercer Estado que tenga suscrito con España un convenio internacional en el que cada
parte reconozca el acceso al ejercicio de estas actividades a los nacionales de la otra.
b) Certificado original de antecedentes penales, expedido por el citado Registro
Central de Penados para los españoles y extranjeros residentes en España, y documento
original equivalente que surta los mismos efectos para los solicitantes extranjeros no
residentes. Estarán exentos de presentarlo aquellos que al firmar su instancia autorizaron
expresamente su petición de oficio al Registro Central de Penados.
c) Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, de Técnico, u otros
equivalentes a efectos profesionales, o superiores.
Aquellos aspirantes que hubieran cursado sus estudios en un sistema educativo
distinto al sistema educativo general español, deberán acreditar los mismos mediante
certificación u homologación, en su caso, expedida por el Ministerio de Educación, Cultura
y Deporte, en aplicación de la normativa sobre homologación y convalidación de títulos y
estudios extranjeros y reconocimiento de cualificaciones profesionales.
d) Informe original de la aptitud psicofísica necesaria para prestar servicios de
seguridad privada.
e) Certificado o diploma acreditativo de haber superado el curso correspondiente a
los módulos profesionales de formación previa de vigilante de seguridad, en ciclos de, al
menos ciento ochenta horas y seis semanas lectivas, expedido por un centro de formación
de seguridad privada.
f) Declaración jurada o promesa de cumplir los requisitos establecidos en los
apartados f), g) y h) de la base 1.2 de la presente convocatoria. La referida declaración
deberá ajustarse al modelo que figura en el Apéndice VI, que podrá obtenerse mediante la
reproducción por fotocopia u otros sistemas, del modelo citado.
5.2 Relación de participantes declarados aptos. El Tribunal Calificador aprobará
mediante Acuerdo las listas de participantes que, habiendo superado las pruebas y
reunidos los requisitos, son declarados aptos en las respectivas modalidades. A través de
la Dirección General de la Policía se elevará dicho Acuerdo al Secretario de Estado de
Seguridad para la resolución pertinente. Los interesados también podrán obtener esta
información en los lugares y teléfonos señalados en la base 2.3.
7. Superación de las pruebas
Por resolución de esta Secretaría de Estado de Seguridad se hará pública la relación
de aspirantes que, habiendo superado las pruebas, son declarados aptos para la
habilitación en el ejercicio de las correspondientes profesiones, previa expedición de la
Tarjeta de Identidad Profesional, que deberán solicitar antes de tres meses. Transcurrido
este plazo, deberán acreditar nuevamente los requisitos b) y d) de la base 5.1, en sus
apartados A) o C) respectivamente, y, en todo caso, transcurridos dos años sin solicitar la
Tarjeta de Identidad Profesional (T.I.P.), deberán superar nuevas pruebas en el expediente
que se instruya a instancia de los propios interesados o, en su caso, la habilitación múltiple
a que se refiere el artículo 62 del Reglamento de Seguridad Privada.
Los interesados podrán conocer el contenido de dicha resolución en los lugares y
teléfonos que se citan en la base 2.3 de esta convocatoria.
Fuente: [Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]
Seguridad, por la que se aprueban las bases de las convocatorias de pruebas
de selección para vigilante de seguridad y su especialidad de vigilante de
explosivos y escolta privado, para el año 2019.
5. Acreditación de requisitos
5.1 Presentación de documentos. En el plazo de diez días hábiles, contados a partir
del siguiente al de la publicación del Acuerdo del Tribunal por el que se haga pública la
relación de participantes que hayan superado las pruebas selectivas, deberán presentar la
documentación directamente en la Sede del Área de Procesos Selectivos de la División de
Formación y Perfeccionamiento de la Dirección General de la Policía, Avda. Pío XII,
núm. 50, 28016 Madrid, o cursar a través de Dependencias Policiales o de las referidas en
el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
Los documentos acreditativos de los requisitos exigidos, tanto originales como, en su
caso, las copias de los mismos, deberán ser debidamente traducidos al castellano y
legalizados por Intérprete jurado autorizado, si estuvieran redactados en otros idiomas.
Cuando los documentos presentados sean fotocopia del original, deberán ser
debidamente autorizados o compulsados, de acuerdo con lo dispuesto en la resolución de
la Dirección General de la Policía, de 11 de marzo de 1997, sobre compulsas de
documentos que hayan de surtir efectos en materia de seguridad privada, y previo ingreso
de la Tasa (Tarifa decimocuarta), conforme se determina en la Base 2.2 de esta
convocatoria.
La compulsa deberá afectar, en su caso, a la totalidad de las páginas del documento
y, cuando proceda, a las dos caras de las mismas, no considerándose válida cuando
carezca de la identificación personal y firma del funcionario que la extienda. A estos
efectos, no se aceptarán los documentos transmitidos por telefax u otros sistemas
análogos.
Cuando se aleguen equivalencias u homologaciones de títulos obtenidos o estudios
cursados, dicha circunstancia deberá, asimismo, acreditarse por el interesado. En otro
caso, no será tenida en cuenta.
Quienes dentro del plazo de diez días hábiles concedidos para la presentación de
documentos no presenten la misma, o se dedujese que esta carece de alguno de los
requisitos exigidos, no obtendrán la habilitación correspondiente, aun habiendo superado
las pruebas; quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad
en que pudieran haber incurrido por falsedad en su tramitación.
Los aspirantes deberán presentar los siguientes documentos:
A) Vigilante de seguridad:
a) Fotocopia de la Tarjeta o Autorización de Residencia o de Identidad en vigor, o en
su defecto, del Pasaporte respecto a los aspirantes a los que les sea de aplicación el Real
Decreto 240/2007, de 16 de febrero, sobre entrada, libre circulación y residencia en
España de ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea y de otros Estados
parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, así como los nacionales de un
tercer Estado que tenga suscrito con España un convenio internacional en el que cada
parte reconozca el acceso al ejercicio de estas actividades a los nacionales de la otra.
b) Certificado original de antecedentes penales, expedido por el citado Registro
Central de Penados para los españoles y extranjeros residentes en España, y documento
original equivalente que surta los mismos efectos para los solicitantes extranjeros no
residentes. Estarán exentos de presentarlo aquellos que al firmar su instancia autorizaron
expresamente su petición de oficio al Registro Central de Penados.
c) Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, de Técnico, u otros
equivalentes a efectos profesionales, o superiores.
Aquellos aspirantes que hubieran cursado sus estudios en un sistema educativo
distinto al sistema educativo general español, deberán acreditar los mismos mediante
certificación u homologación, en su caso, expedida por el Ministerio de Educación, Cultura
y Deporte, en aplicación de la normativa sobre homologación y convalidación de títulos y
estudios extranjeros y reconocimiento de cualificaciones profesionales.
d) Informe original de la aptitud psicofísica necesaria para prestar servicios de
seguridad privada.
e) Certificado o diploma acreditativo de haber superado el curso correspondiente a
los módulos profesionales de formación previa de vigilante de seguridad, en ciclos de, al
menos ciento ochenta horas y seis semanas lectivas, expedido por un centro de formación
de seguridad privada.
f) Declaración jurada o promesa de cumplir los requisitos establecidos en los
apartados f), g) y h) de la base 1.2 de la presente convocatoria. La referida declaración
deberá ajustarse al modelo que figura en el Apéndice VI, que podrá obtenerse mediante la
reproducción por fotocopia u otros sistemas, del modelo citado.
5.2 Relación de participantes declarados aptos. El Tribunal Calificador aprobará
mediante Acuerdo las listas de participantes que, habiendo superado las pruebas y
reunidos los requisitos, son declarados aptos en las respectivas modalidades. A través de
la Dirección General de la Policía se elevará dicho Acuerdo al Secretario de Estado de
Seguridad para la resolución pertinente. Los interesados también podrán obtener esta
información en los lugares y teléfonos señalados en la base 2.3.
7. Superación de las pruebas
Por resolución de esta Secretaría de Estado de Seguridad se hará pública la relación
de aspirantes que, habiendo superado las pruebas, son declarados aptos para la
habilitación en el ejercicio de las correspondientes profesiones, previa expedición de la
Tarjeta de Identidad Profesional, que deberán solicitar antes de tres meses. Transcurrido
este plazo, deberán acreditar nuevamente los requisitos b) y d) de la base 5.1, en sus
apartados A) o C) respectivamente, y, en todo caso, transcurridos dos años sin solicitar la
Tarjeta de Identidad Profesional (T.I.P.), deberán superar nuevas pruebas en el expediente
que se instruya a instancia de los propios interesados o, en su caso, la habilitación múltiple
a que se refiere el artículo 62 del Reglamento de Seguridad Privada.
Los interesados podrán conocer el contenido de dicha resolución en los lugares y
teléfonos que se citan en la base 2.3 de esta convocatoria.
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Re: APTO FINAL PRIMERA CONVOCATORIA 2019
Lun 20 Mayo 2019, 17:06
Y el tema de antecedentes penales ellos lo tienen? No hace falta que vaya a buscarlos, no?
- RafaVsMiembro VIPPremio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foroMaxima graduacionAl mejor A la mejor aportación al foro
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Re: APTO FINAL PRIMERA CONVOCATORIA 2019
Lun 20 Mayo 2019, 17:11
ETVS escribió:Y el tema de antecedentes penales ellos lo tienen? No hace falta que vaya a buscarlos, no?
"Estarán exentos de presentarlo aquellos que al firmar su instancia autorizaron
expresamente su petición de oficio al Registro Central de Penados."
- bersabe87Principiante Nivel 2Premio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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Re: APTO FINAL PRIMERA CONVOCATORIA 2019
Lun 20 Mayo 2019, 17:54
Ahora es cuando tienes que solicitar la TIP no? Vas a ir a Madrid a buscarla o que te la manden a una comisaria de tu ciudad? Y enhorabuena que se m olvidaba.
- BlackWolfSCPrincipiante Nivel 2Premio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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Re: APTO FINAL PRIMERA CONVOCATORIA 2019
Mar 21 Mayo 2019, 23:53
Hoy por fin me han respondido en la DFP de Madrid, estando ya las definitivas lo que queda por hacer es:
2 fotos tipo DNI
rellenar 2 formularios que vienen para descargar una vez introduces tus datos de la convocatoria en la web
Pagar 60 y pico euros de tasa (en banco), te dan el modelo de tasa en comisaría para luego pagarlo en banco
Todo esto en la misma comisaría donde ya se acreditaron y compulsaron los primeros requisitos.
Desde ese momento a esperar 1 mes mas o menos a la llegada de la TIP que habrá que ir a recogerla o hay otra opción más rápida que es personarse en jefatura Madrid donde entregando todo lo mencionado arriba, te dan la TIP en EL MOMENTO y te ahorras el mes de espera.
Espero que haya quedado claro un saludo
2 fotos tipo DNI
rellenar 2 formularios que vienen para descargar una vez introduces tus datos de la convocatoria en la web
Pagar 60 y pico euros de tasa (en banco), te dan el modelo de tasa en comisaría para luego pagarlo en banco
Todo esto en la misma comisaría donde ya se acreditaron y compulsaron los primeros requisitos.
Desde ese momento a esperar 1 mes mas o menos a la llegada de la TIP que habrá que ir a recogerla o hay otra opción más rápida que es personarse en jefatura Madrid donde entregando todo lo mencionado arriba, te dan la TIP en EL MOMENTO y te ahorras el mes de espera.
Espero que haya quedado claro un saludo
- BlackWolfSCPrincipiante Nivel 2Premio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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Fecha de inscripción : 23/12/2017
Re: APTO FINAL PRIMERA CONVOCATORIA 2019
Vie 05 Jul 2019, 09:57
Y por fin ayer fui a SP y me dieron la Cartilla Profesional y la TIP, (hay que llevar 1 foto dni para este último trámite)
la demora en conseguir la TIP tras aprobar los examenes es larguísima, una verguenza que haya tenido que empezar a trabajar de socorrista hasta octubre pero es lo que hay. Un saludo
la demora en conseguir la TIP tras aprobar los examenes es larguísima, una verguenza que haya tenido que empezar a trabajar de socorrista hasta octubre pero es lo que hay. Un saludo
- josepmartiAdministradorPremio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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Re: APTO FINAL PRIMERA CONVOCATORIA 2019
Vie 05 Jul 2019, 10:03
Enhorabuena a todos los que ya hayais conseguido la tip o aprobar los examenes, ahora unos a buscar curro y otros a tener paciencia para obtener la habilitacion.
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