- josepmartiAdministradorPremio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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La seguridad nociones generales y concepto
Jue 09 Mayo 2019, 04:34
Todos los que estamos en este foro somos vigilantes y por ende creo que debemos saber lo que es la seguridad o al menos una aproximación de ello y aunque hay muchos maestrillos y muchos librillos y cada cada uno tiene su definición nosotros aquí vamos a intentar darle una definición más aproximada si cabe y una definición en la que incluso habran que no estarán de acuerdo pero es la que yo creo que puede ser la seguridad y la que pone la mayoría de libros de los que estudiamos seguridad privada así a ratos.
La seguridad podríamos decir qué es el conjunto de actividades y medidas que tienden a garantizar la integridad de las personas los bienes y los procesos.
Un bien está seguro cuando no existen riesgos o estos están limitados a un nivel aceptable.
La seguridad ciudadana es una de las obligaciones primordiales de un Estado democrático moderno para las personas y de este modo se garantiza la convivencia pacífica y provechosa aunque sin embargo en la actualidad el concepto de seguridad ha ido evolucionando hasta poderse considerar en un sentido amplio como el conjunto de actuaciones públicas y privadas tendentes a conseguir que las personas pueden desarrollar sus potencialidades en un ambiente de tranquilidad y también podríamos definir la seguridad como el conjunto de actividades realizadas por los órganos competentes de la Administración y por las entidades privadas autorizadas que tienen por objeto prevenir la comisión de hechos delictivos e investigar los que se produzcan poniendo a disposición de la justicia a los contables de estos últimos.
Y yo ante estos conceptos que lo estoy comentando me gustaría saber si estáis de acuerdo si es SÍ o es no y que lo escribierais a continuación y por lo tanto aquí lo dejo para que cada uno extienda su pluma y diga lo que piensa respecto.
Saludos cordiales compañeros en este foro sabéis que estamos siempre para serviros en lo que se precisa gracias por estar aquí todos los días al pie del cañón juntos conseguiremos que este mundito de la seguridad sea algo mejor.
La seguridad podríamos decir qué es el conjunto de actividades y medidas que tienden a garantizar la integridad de las personas los bienes y los procesos.
Un bien está seguro cuando no existen riesgos o estos están limitados a un nivel aceptable.
La seguridad ciudadana es una de las obligaciones primordiales de un Estado democrático moderno para las personas y de este modo se garantiza la convivencia pacífica y provechosa aunque sin embargo en la actualidad el concepto de seguridad ha ido evolucionando hasta poderse considerar en un sentido amplio como el conjunto de actuaciones públicas y privadas tendentes a conseguir que las personas pueden desarrollar sus potencialidades en un ambiente de tranquilidad y también podríamos definir la seguridad como el conjunto de actividades realizadas por los órganos competentes de la Administración y por las entidades privadas autorizadas que tienen por objeto prevenir la comisión de hechos delictivos e investigar los que se produzcan poniendo a disposición de la justicia a los contables de estos últimos.
Y yo ante estos conceptos que lo estoy comentando me gustaría saber si estáis de acuerdo si es SÍ o es no y que lo escribierais a continuación y por lo tanto aquí lo dejo para que cada uno extienda su pluma y diga lo que piensa respecto.
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- josepmartiAdministradorPremio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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Re: La seguridad nociones generales y concepto
Jue 09 Mayo 2019, 04:45
La seguridad privada nació por disposición administrativa dirigida en principio a la protección de entidades bancarias sin embargo la realidad cotidiana ha ido provocando la evolución de este concepto y ha llevado a una serie de empresas del mundo mercantil e industrial de mandar los servicios de compañías privadas en virtud de una serie de circunstancias como el incremento de actividades delictivas permitiendo que cualquier persona puede completar su seguridad y la de sus bienes con seguridad privada siempre que se ajusten a los principios establecidos en el ordenamiento jurídico.
La seguridad privada presenta una serie de características diferenciadoras en relación con la seguridad pública.
Carácter primordial de prevención de riesgos en los viendo todas las actuaciones de respuesta directa a extensión de aquellas que se produzcan para evitar el daño de personas o bienes de la instalación donde prestan servicio también carácter de circunscripcion de la seguridad a un objetivo concreto y determinado también carácter de actividad intervenida por la administración mediante diversas manifestaciones tales como la inscripción registral de la empresa a la autorización de servicios concretos las inspecciones y demás actuaciones de control y por último el carácter de privacidad ya que la actividad es ejercida por empresas mercantiles con objetivos de consecución de resultados comunes al resto de sociedades.
Como consecuencia de estas características y de la evolución sufrida en el campo de la seguridad privada fue necesario promulgar la ley cinco barra 2014 de 4 de abril y el Real Decreto 2364 del año noventa y cuatro que regula la prestación por parte de personas fisicas y juridicas de servicios de vigilancia o seguridad de personas o de bienes que tendrán la consideración de actividades complementarias y subordinadas respecto de la seguridad pública sin embargo el progresivo incremento de la seguridad privada ha sido objeto de diversas controversias.
La seguridad privada actúa donde la seguridad pública no llega.
El Estado no puede garantizar con sus propios medios elival las de seguridad que los ciudadanos demandan ya que la seguridad es un derecho de los ciudadanos.
Los índices de delincuencia acostumbran a disminuir con carácter general en los países que tienen establecido un sistema mixto de Seguridad Pública a través de los cuerpos policiales y de seguridad privada por medio de personal no policial.
El desarrollo de la industria de seguridad exige grandes inversiones que el Estado no puede afrontar.
Los empresarios privados a diferencia de los sujetos públicos actúan permanentemente bajo presión competitiva para promover descubrir y desarrollar nuevos productos o sistemas aplicando todas las potencialidades que lo porta las nuevas tecnologías.
La seguridad privada tiene por objeto la prevención es decir evitar que el hecho dañoso o lesivos se produzca.
El sistema mixto de Seguridad Pública seguridad privada está admitido por el ordenamiento jurídico español.
La seguridad privada presenta una serie de características diferenciadoras en relación con la seguridad pública.
Carácter primordial de prevención de riesgos en los viendo todas las actuaciones de respuesta directa a extensión de aquellas que se produzcan para evitar el daño de personas o bienes de la instalación donde prestan servicio también carácter de circunscripcion de la seguridad a un objetivo concreto y determinado también carácter de actividad intervenida por la administración mediante diversas manifestaciones tales como la inscripción registral de la empresa a la autorización de servicios concretos las inspecciones y demás actuaciones de control y por último el carácter de privacidad ya que la actividad es ejercida por empresas mercantiles con objetivos de consecución de resultados comunes al resto de sociedades.
Como consecuencia de estas características y de la evolución sufrida en el campo de la seguridad privada fue necesario promulgar la ley cinco barra 2014 de 4 de abril y el Real Decreto 2364 del año noventa y cuatro que regula la prestación por parte de personas fisicas y juridicas de servicios de vigilancia o seguridad de personas o de bienes que tendrán la consideración de actividades complementarias y subordinadas respecto de la seguridad pública sin embargo el progresivo incremento de la seguridad privada ha sido objeto de diversas controversias.
La seguridad privada actúa donde la seguridad pública no llega.
El Estado no puede garantizar con sus propios medios elival las de seguridad que los ciudadanos demandan ya que la seguridad es un derecho de los ciudadanos.
Los índices de delincuencia acostumbran a disminuir con carácter general en los países que tienen establecido un sistema mixto de Seguridad Pública a través de los cuerpos policiales y de seguridad privada por medio de personal no policial.
El desarrollo de la industria de seguridad exige grandes inversiones que el Estado no puede afrontar.
Los empresarios privados a diferencia de los sujetos públicos actúan permanentemente bajo presión competitiva para promover descubrir y desarrollar nuevos productos o sistemas aplicando todas las potencialidades que lo porta las nuevas tecnologías.
La seguridad privada tiene por objeto la prevención es decir evitar que el hecho dañoso o lesivos se produzca.
El sistema mixto de Seguridad Pública seguridad privada está admitido por el ordenamiento jurídico español.
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