- fernando franciscoUsuario adelantado Nivel 4Premio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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Renovacion de licencia
Lun 15 Abr 2019, 19:57
tengo la licencia depositada por estar trabajando sin arma, que se necesita para renovar la licencia si esta depositada
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Re: Renovacion de licencia
Lun 15 Abr 2019, 20:25
LICENCIA DE ARMAS "C"
Para armas de dotación del personal de vigilancia de seguridad perteneciente a empresas de seguridad y en general las entidades u organismos cuya constitución o funcionamiento cumplan los requisitos legalmente prevenidos de los que dependan personal de seguridad, etc.
El personal de los Cuerpos y organismos legalmente considerados auxiliares para el mantenimiento de la seguridad pública y persecución de la criminalidad, así como los vigilantes de seguridad y personal legalmente asimilado, podrán solicitar de los Jefes de las Comandancias de la Guardia Civil este tipo de Licencias.
MAYORES DE SESENTA AÑOS
Para mantener la vigencia de las licencias de armas con la duración determinada en los párrafos anteriores, las expedidas a los mayores de sesenta años necesitarán ser visadas cada dos años por la autoridad competente, previa aportación por el interesado de informe favorable, expedido por un centro de reconocimiento autorizado previa superación de las correspondientes pruebas complementarias de aptitud. Respecto a las expedidas a mayores de setenta años, dicha formalidad deberá efectuarse con carácter anual.
En los supuestos en que, al tiempo de la expedición de la licencia, por razones de posible enfermedad o defecto físico del solicitante susceptible de agravarse, se compruebe, a través de informe de aptitud o de pruebas complementarias, que no es posible expedirla para la totalidad del plazo normal de vigencia, la autoridad competente podrá condicionar el mantenimiento de dicha vigencia a la acreditación, con la periodicidad que la propia autoridad determine, de la aptitud psicofísica necesaria, mediante la aportación de nuevos informes de aptitud o la realización de nuevas pruebas complementarias, lo que se hará constar, en las licencias mediante los correspondientes visados.
Fuente: Ministerio del Interior - Servicios al Ciudadano
Puedes ponerte en contacto con la Intervención de Armas de la Guardia Civil, donde está depositada tu Licencia C, ellos te dirán si necesitas algún requisito más aparte de lo mencionado con anterioridad.
Saludos fernando francisco.
Para armas de dotación del personal de vigilancia de seguridad perteneciente a empresas de seguridad y en general las entidades u organismos cuya constitución o funcionamiento cumplan los requisitos legalmente prevenidos de los que dependan personal de seguridad, etc.
El personal de los Cuerpos y organismos legalmente considerados auxiliares para el mantenimiento de la seguridad pública y persecución de la criminalidad, así como los vigilantes de seguridad y personal legalmente asimilado, podrán solicitar de los Jefes de las Comandancias de la Guardia Civil este tipo de Licencias.
MAYORES DE SESENTA AÑOS
Para mantener la vigencia de las licencias de armas con la duración determinada en los párrafos anteriores, las expedidas a los mayores de sesenta años necesitarán ser visadas cada dos años por la autoridad competente, previa aportación por el interesado de informe favorable, expedido por un centro de reconocimiento autorizado previa superación de las correspondientes pruebas complementarias de aptitud. Respecto a las expedidas a mayores de setenta años, dicha formalidad deberá efectuarse con carácter anual.
En los supuestos en que, al tiempo de la expedición de la licencia, por razones de posible enfermedad o defecto físico del solicitante susceptible de agravarse, se compruebe, a través de informe de aptitud o de pruebas complementarias, que no es posible expedirla para la totalidad del plazo normal de vigencia, la autoridad competente podrá condicionar el mantenimiento de dicha vigencia a la acreditación, con la periodicidad que la propia autoridad determine, de la aptitud psicofísica necesaria, mediante la aportación de nuevos informes de aptitud o la realización de nuevas pruebas complementarias, lo que se hará constar, en las licencias mediante los correspondientes visados.
Fuente: Ministerio del Interior - Servicios al Ciudadano
Puedes ponerte en contacto con la Intervención de Armas de la Guardia Civil, donde está depositada tu Licencia C, ellos te dirán si necesitas algún requisito más aparte de lo mencionado con anterioridad.
Saludos fernando francisco.
- J. J.Moderador globalPremio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foroMaxima graduacionAl mejor A la mejor aportación al foro
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Re: Renovacion de licencia
Lun 15 Abr 2019, 20:57
Hola compañero fernando francisco .
Antes de nada te tiene que llegar una carta de la Guardia Civil , comentándote que tú licencia le queda poco "" no se el tiempo "" para caducar .
1° tienes que pedir en tu empresa un certificado , que te lo hará el Jefe de seguridad , exponiendo que tú necesitas la licencia en vigor y que sigues trabajando para la susodicha empresa .
2° un Certificado médico , como el del carné de conducir pero para armas .
3° debes de pedir cita por internet , sino no te atenderán .
No tienes que llevar fotos ya que las licencias ahora no llevan foto.
Ah y muy importante , si has cambiado de residencia en una ciudad distinta a la que estabas cuando solicitasteis la licencia , debes de presentar un certificado de empadronamiento en la nueva localidad .
Nada más .
Antes de nada te tiene que llegar una carta de la Guardia Civil , comentándote que tú licencia le queda poco "" no se el tiempo "" para caducar .
1° tienes que pedir en tu empresa un certificado , que te lo hará el Jefe de seguridad , exponiendo que tú necesitas la licencia en vigor y que sigues trabajando para la susodicha empresa .
2° un Certificado médico , como el del carné de conducir pero para armas .
3° debes de pedir cita por internet , sino no te atenderán .
No tienes que llevar fotos ya que las licencias ahora no llevan foto.
Ah y muy importante , si has cambiado de residencia en una ciudad distinta a la que estabas cuando solicitasteis la licencia , debes de presentar un certificado de empadronamiento en la nueva localidad .
Nada más .
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