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Seguridad en centros comerciales Empty Seguridad en centros comerciales

Dom 10 Mar 2019, 20:31
El primer paso para acometer el estudio de las medidas de
seguridad en centros comerciales, debe ser repasar la base
normativa que regula en esta actividad en España. De este modo
en el artículo 5 de la Ley de Seguridad Privada se establecen las
diferentes funciones que pueden ejercer las empresas de seguridad
en España, y que son las siguientes:
1- Con sujeción a lo dispuesto en la presente ley y en las normas
reglamentarias que la desarrollen, las empresas de seguridad
únicamente podrán prestar o desarrollar los siguientes servicios y
actividades:
a. Vigilancia y protección de bienes, establecimientos,
espectáculos, certámenes o convenciones.
b. Protección de personas determinadas, previa la autorización
correspondiente.
c. Depósito, custodia, recuento y clasificación de monedas y
billetes, títulos-valores y demás objetos que, por su valor económico
y expectativas que generen, o por su peligrosidad, puedan requerir
protección especial.
d. Transporte y distribución de los objetos a que se refiere el
apartado anterior a través de los distintos medios, realizándolos, en
su caso, mediante vehículos cuyas características serán
determinadas por el Ministerio del Interior.
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CODIGO 101 CENTRO DE FORMACIÓN HOMOLOGADO POR EL MINNISTERIO DEL INTERIOR
e. Instalación y mantenimiento de aparatos, dispositivos y sistemas
de seguridad.
f. Explotación de centrales para la recepción, verificación y
transmisión de las señales de alarmas y su comunicación a las
Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, así como prestación de servicios
de respuesta cuya realización no sea la competencia de dichas
Fuerzas y Cuerpos.
g. Planificación y asesoramiento de las actividades de seguridad
completadas en esta ley.
Personas que se encuentran en el Interior, empleados y clientes.
Podemos encontrar 2 opciones: el auxilio a las víctimas de un delito
o de una emergencia personal, y la detección de los delincuentes
en su caso.
El personal de seguridad ha de contar con una formación completa
en primeros auxilios.
El personal de seguridad ha de conocer los riesgos específicos del
servicio, como delincuentes habituales del mismo y sus modus
operando.
Asimismo, se han de extremar las medidas de autoprotección para
evitar agresiones a los propios Vigilantes.
Zonas de libre acceso. Por las que los empleados y clientes
pueden transitar y que, generalmente, serán espacios abiertos, con
mostradores y expositores de mercancías, evitando las zonas de
difícil acceso o con puertas. Incluyen los aparcamientos y unas
zonas de acceso público aunque cerradas con puertas, por
cuestiones higiénicas, son las zonas de aseos, en las que se
presenta el riesgo añadido del robo.
Zonas de acceso restringido.
- Área de seguridad. De acceso exclusivo para personal de
seguridad y autorizado.
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CODIGO 101 CENTRO DE FORMACIÓN HOMOLOGADO POR EL MINNISTERIO DEL INTERIOR
- Almacenes. De acceso para personal empleado autorizado y
servicio de seguridad. Se ha de controlar especialmente el acceso
no autorizado a los mismos para evitar el hurto y robo internos.
- Zona de proveedores- Para la descarga del material a almacenar.
Requiere un control permanente para evitar riesgos de
sustracciones y de acceso de intrusos.
Bienes y mercancías:
Las medidas a implementar sería el sistema de CCTV, etiquetado
electrónico( EAS) y control de los propios empleados y miembros
del servicio de seguridad , aumentando las medidas en las
dependencias en donde existan mercancías de valor y fáciles de
robar, como alcohol, videojuegos, etc.
PROCEDIMIENTOS DE ACTUACIÓN
Las medidas de seguridad serán diferentes según el centro se encuentre en
horario de apertura al público o cerrado.
Horario de atención al público
- Es muy importante el poder disuasorio del Vigilante de Seguridad, por lo
que éste debe hacerse visible, tanto en accesos como en los espacios de
tienda y de paso.
- Es aconsejable vigilar la retirada de productos sin pagarlos y vigilar a los
empleados
- La detección de elementos problemáticos ha de hacerse desde el mismo
momento en que entran el establecimiento. Por ejemplo mediante un BS
apostado en este acceso que comunique a los compañeros por radio la
presencia y aspecto del posible delincuente.
- La actuación del Vigilante de Seguridad variará en función del horario en
el que se produzca el incidente. En el caso de detectar a un individuo que
ha cometido un robo o un hurto dentro del establecimiento en horario del
abierto al público, se le instará para que abone el importe de lo sustraído y
en el caso de negativa, se le retendrá hasta la llegada de la Policía ,
formalizándose la correspondiente denuncia.
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CODIGO 101 CENTRO DE FORMACIÓN HOMOLOGADO POR EL MINNISTERIO DEL INTERIOR
Horario de cierre al público.
- Control del exterior y del interior del edificio, inspeccionando el estado de
las dependencias, expositores, baños, ascensores y cualquier otro lugar
donde pueda permanecer alguien con intención de cometer daño al cierre
del establecimiento o donde se pudiere haber ocultado en caso de haberlo
cometido.
- Activación o desactivación de los sistemas de alarma nocturnos.
- Control de los proveedores y de las operaciones de carga y descarga de
mercancías. Observación ante posibles sustracciones o introducción de
material susceptible de ser empleado en actos de sabotaje.
- Control del personal empleado entrante en el primer turno de apertura del
establecimiento, así como al personal de limpieza y mantenimiento
- A la llegada o salida del furgón blindado con dinero, prestar apoyo en la
medida de lo posible para evitar atracos.
- Antes de la salida de empleados, inspeccionar al área de basuras.
- Rondas durante la noche, sin repetir cadencias de horarios ni itinerarios.
- Dejar constancia escrita de las incidencias.
Además de estas funciones básicas, existen varios riesgos específicos que
es preciso desarrollar en cuanto a la actuación de los Vigilantes de
Seguridad.
El hurto:
El delito de hurto consiste en el apoderamiento ilegítimo de una cosa
mueble, ajena en todo o en parte, que , a diferencia del robo, es realizado
sin aplicar fuerza en las cosas, violencia o intimidación en las personas.
Esta conducta se puede considerar falta o delito según la cuantía de lo
robado, que en España se establece en 400 euros.
Es requisito del hurto , como de los demás delitos contra el patrimonio la
existencia de una intención especial del autor, lo que técnicamente se
conoce como elemento subjetivo del injusto que es el ánimo de lucro, la
intención de obtener un enriquecimiento con la apropiación ,de este modo
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CODIGO 101 CENTRO DE FORMACIÓN HOMOLOGADO POR EL MINNISTERIO DEL INTERIOR
es posible diferenciar conductas totalmente lícitas de las que tienen una
clara ilicitud.
EL USO DE ARMAS O INSTRUMENTOS PELIGROSOS ( art.242.2)
Art 242.2 La pena se impondrá en su mitad superior cuando el delincuente
hiciere uso e las armas y otros medios peligrosos que llevare, sea al
cometer el delito o para proteger la huida y cuando el reo o persona que
detiene atacare a los que acudiesen en auxilio de la victima o a los que le
persiguieren.
El uso de armas u otros medios igualmente peligrosos por parte del autor de
robo constituye una agravación tanto se lo hace para cometer el delito,
como si es para proteger la huida o para atacar a los que accedieren en
auxilio de la victima o a los que le persiguieren.
Este artículo impone la pena en su mitad superior cuando el delincuente
utilice las armas u otros medios igualmente peligrosos con cualquiera de
las finalidades descritas ( para cometer el delito, para proteger la huida o
para atacar a quienes trataren de auxiliar a la victima o a los que le
persiguieren).
Principios para garantizar la seguridad de acción:
Antes de actuar el Vigilante de Seguridad y con la información que
disponga, debe analizar rápidamente la situación y hacerse una idea
aproximada del tipo de incidente al que se va a enfrentar, existencia de
peligro real o no, tipo de personas o delincuentes, riesgos para las personas
o bienes …. Para una vez analizados estos puntos actuar en consecuencia.
Análisis de la situación:
Antes de actuar el Vigilante de Seguridad y con la información que
disponga, debe analizar rápidamente la situación y hacerse una idea
aproximada del tipo de incidente al que se va a enfrentar, existencia de
peligro real o no , tipo de personas o delincuentes, riegos para las personas
o bienes, para una vez analizados estos puntos actuar en consecuencia

El Vigilante de Seguridad cuando vaya a realizar una intervención debe
mantener una distancia de seguridad con la persona interpelada y nunca
acercarse o dejar que la persona se acerque a menos de 2 metros, lo que va
a permitir al Vigilante poder reaccionar en caso de agresión.
Binomio intervención- protección.
Si la situación lo permite, se debe procurar ante una intervención no actuar
nunca solo, solicitando ayuda a los compañeros o pidiendo refuerzos. Por
tanto siempre que sea posible deben actuar al menos dos Vigilantes, uno
interviene y el otro protege.
Vandalismo.
Respecto a los actos de vandalismo, encontramos dos opciones: la
realización de actos en el exterior del edificio y pequeños actos en el
interior durante el horario de apertura.
En el primer caso, podemos encontrar pintadas, rotura de vayas
perimetrales u otros elementos arquitectónicos del edificio, etc. La
actuación del personal de seguridad se centraría en la vigilancia y la
realización de rondas, apoyándose fundamentalmente en el sistema de
CCTV para identificar a los autores.
Respecto al vandalismo en la tienda, puede basarse en actos como consumo
de comestibles sin la intención de pagarlos, o rotura de artículos.
Particularmente grave es la rotura de dispositivos de tinta en prendas de
vestir, lo que se realiza únicamente para causar daños al establecimiento, en
ocasiones como venganza por haber sido sorprendido robando
anteriormente.
Un tipo especial de vandalismo sería el sabotaje, básicamente es la
realización de daños o deterioro en la maquinaria , productos , etc, como
procedimiento de lucha contra el Estado y sus instituciones, contra
entidades públicas o empresas, en conflictos sociales y políticos.
Puede. Ocasionalmente , tener su origen en empleados descontentos,
adversarios políticos o sociales, etc y ser ejecutado por medios manuales o
mecánicos, si bien el acto de sabotaje se vincula, normalmente, a las
organizaciones terroristas, mediante el empleo de medios explosivos de
destrucción.
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CODIGO 101 CENTRO DE FORMACIÓN HOMOLOGADO POR EL MINNISTERIO DEL INTERIOR

Sus objetivos serían las infraestructuras críticas del edificio: sala de
calderas, instalaciones de aire acondicionado, sala de máquinas de
ascensores, salas de bombas, depósito de combustible, centro de
transformación, etc, y en general, cualquier medio técnico de servicio cuya
destrucción acarrea serias dificultades en el edificio.

CONTROL DE ACCESOS

En la actualidad, el mercado presenta sistemas de control de accesos de alto
nivel de sofisticación y de gran fiabilidad, destinados a discriminar la
entrada sin demasiadas complicaciones.
Se puede definir el control de accesos como " la comprobación , inspección
y fiscalización , por medios técnicos y humanos, del paso o circulación de
personas vehículos u objetos a una zona clasificada como " área protegida"
. Es el primer eslabón de seguridad, ya que atiende a la prevención y
protección de personas y bienes relacionados como objeto de protección.
En el control de accesos intervienen tanto las normas, medios y
procedimientos del sistema de control como la actividad propia del sistema
y los efectos derivados de esta actividad.
El primer factor que incide en esta actividad de seguridad es el económico ,
ya que del montante del que disponga permitirá optar por unos medios más
o menos sofisticados. El segundo factor lo componen las medidas de
organización del establecimiento ne el que se implante el control de acceso,
con la flexibilidad que se determine en el cumplimiento de la
identificación. Por último, es muy relevante el tipo de instalación en el que
se implante, la lógica marca que habrá de ser mucho más significativo en
aquellos lugares en los que exista un mayor nivel de riesgo, como pueden
ser centros oficiales e instituciones públicas.
La canalización arquitectónica, las barreas naturales, es el medio más
elemental de asegurar y controlar el acceso de personas. Se trata, en
definitiva, del empleo de medios constructivos que obliguen físicamente a
seguir un itinerario determinado y pasar por una o más puertas concretas,
donde se habrán ubicado otros medios de control.

Finalidad y organización:

La finalidad principal del control de accesos es conseguir, mediante la
identificación, el control de paso a las zonas protegidas de personas ,

vehículos y objetos, impidiendo, en su caso, el acceso a lo que no esté
autorizado. De esta finalidad surgen otros conceptos, como :
- Flujo de personas, en horarios determinados. Dato válido para la
elaboración de nuevos planes de seguridad, reforzando las zonas que
sean precisas.
- Conocimiento de los intentos de intrusión en un servicio determinado.
Para la implantación de un control de accesos es necesario efectuar
previamente una evaluación de riesgos, habiendo tenido en cuenta datos
como :
1- Número y ubicación de cada control ( exteriores, interiores y
restringidos)
2- Medios humanos y materiales
Con estos contará cada uno de ellos , con arreglo a sus necesidades,
proporcionales a los riesgos que soportan. Lógicamente , en zonas de
menor flujo y que cuenten con barreras naturales, habrá de destinar medios
menores.
3- Niveles de acceso permitidos
Se puede establecer los controles seleccionando a las personas, vehículos y
objtetos que podrán acceder por un control determinado.
4- Normas de actuación
Funcionamiento del sistema y normas de control. Elementos básicos para el
funcionamiento correcto de un buen control de accesos.
Definiendo el objetivo del control de accesos, habrá que estudiar las
necesidades básicas del sistema, tras la identificación y evaluación de los
riesgos existentes, determinando las diferentes áreas protegidas y los
niveles de acceso a éstas por parte de personas, vehículos y objetos,
delimitándose.
- Zonas- De acceso permitido o libre y de acceso restringido.
- Fronteras- Son los espacios que separan dos zonas contiguas.
- Itinerarios- De entrada, de salida o de interiores. Son los recorridos de las
personas, vehículos y objetos en la entrada o salida de un área.


- Puntos de tránsito- Zonas de entrada o de salida entre fronteras.
Las funciones específicas serán las de control de:
ENTRADAS: Selección de todo lo que puede entrar, impedir la entrada a
lo que no esté autorizado. Detección de entradas no autorizadas.
Neutralización de riesgos.
SALIDAS: Detectar y evitar la salida de todo lo que no esté autorizado.
CIRCULACIÓN: Evitar la circulación de todo lo que no esté autorizado.
PERMANENCIAS: Detectar y evitar la permanencia de todo lo que no esté
autorizado en áreas para las que no presenta autorización.
Medios humanos y materiales:
Después de catalogar objetivos y de evaluar los riesgos, para implantar un
eficaz sistema de control de accesos hay que dotarlo de los recursos
humanos y materiales precisos y adecuados a cada nivel de exigencia.
MEDIOS HUMANOS
En el personal de gestión y de seguridad que interviene en el desarrollo de
la organización de los controles de acceso, ya sea a áreas de seguridad, o
protegidas.
Los avances tecnológicos han ido implantando sistemas automáticos "
autogestionados", en los que cada vez es menor la necesidad de la presencia
humana en el acceso para efectuar el control. Sin embargo, por muy
sofisticado que sea un sistema, siempre tendrá que tener detrás del apoyo
humano. Los sistemas son impersonales y por muy avanzados que sean,
nunca contarán con la insustituible capacidad de pensamiento del ser
humano.
A un sistema se le puede programar para que realice en filtro perfecto, pero
siempre se producen situaciones en las que el ser humano ha de permitir
excepciones, el sistema no habla no explica pero puede provocar
situaciones de tensión que se pueden evitar con un contacto entre personas.
Por otro lado, una vez que alguien ha traspasado la barrera del control, el
sistema poco podrá hacer para neutralizar la acción de riesgo. Sin embargo
, el ser humano podrá poner en marcha los procedimientos previstos para
tales situaciones. No cabe duda que la estrategia para el buen  funcionamiento, es una adecuada relación entre medios técnicos y medios
humanos.
Los medios humanos están formados por los Vigilantes de Seguridad, con
adecuada formación en materia de control de accesos y de los sistemas y
medios técnicos con los que ha de trabajar . A ello ha de unirse habilidades
para las relaciones sociales y una gran dosis de diplomacia, con un trato
prudente en el cumplimiento de la misión encomendada.
El principal enemigo del Vigilante del centro de control es la rutina, en un
servicio que puede resultar aburrido. Jamás ha de relajarse y bajar la
guardia en el cumplimiento de sus funciones, ya que cualquier
circunstancia puede ser aprovechada para burlar el control y atentar contra
el objeto de protección.
MEDIOS MATERIALES
Los recursos técnicos de un control de accesos están en constante evolución
y perfeccionamiento , existiendo continuamente novedades en el mercado
Sin embargo, necesitan del personal humano, tanto técnico como de
seguridad. Como cualquier instrumento, estos medios técnicos pueden
fallar y siempre será mayor la eficacia del sistema si es capaz de conjugar,
en su justa medida, medios humanos con medios técnicos.
Una división de los medios materiales de control de accesos, podría estar
formada por:
Sistemas activos
Son los que " hacen algo" . Alertan cuando hay una agresión al control de
acceso. Tienen un funcionamiento automático o semiautomático,
dependiendo de la actividad establecida, y pueden ser complementarios ,
utilizándose más de un elemento en combinación con otros sistemas, son:

óptima por infrarrojos, memoria, de aproximación….
- Terminales de introducción de datos o claves. Son los tradicionales
teclados.
- Terminales de identificación antropométrica. Mediante lectura de la
huella digital, la firma, la voz, el iris ocular….
- Terminales de identificación biométrica. Leen e interpretan la
configuración de los datos digitales y de la mano.
- Video- identificadores. Captan e identifican la imagen, recibida. Son
habituales en el control de acceso de vehículos.
- Detección o identificación de materiales y objetos. Rayos X , detección
electromagnética, analizadores de gases, de masas….

SISTEMAS PASIVOS.
Su función es la de presentar dificultades que entorpezcan o impidan una
acción de intrusión. Son elementos y sistemas de tipo físico o mecánico,
generalmente permanecen estáticos ante la acción. Son:
- Materiales blindados, vidrios , puertas
- Dispositivos y barreras de control de paso.
- Mecanismos de apertura y cierre
- Control de tráfico. Dispositivos que impiden la circulación de vehículos.

La Orden INT/ 318/2011 de 1 de febrero, sobre personal de la seguridad
privada en la que se regula el ejercicio de las funciones del personal de
seguridad privada , especialmente en materia de principios de actuación y
de la colaboración de la seguridad pública , establece en su artículo 31 que
de conformidad con el apartado tercero del artículo 1 de la ley 5/2014/4
abril de Seguridad Privada , y el artículo 67 de su Reglamento , son
principios básicos de actuación del personal de seguridad privada los
siguientes:
1- Legalidad y en consecuencia, en las actividades de seguridad e
investigación privada sólo se emplearán medios y acciones
conforme al ordenamiento jurídico vigente.
2- Integridad, cumpliendo diligentemente los deberes profesionales
oponiéndose a todo acto de corrupción.
3- Dignidad, mediante el recto ejercicio de sus atribuciones legales.
4- Protección, que implica desarrollar efectivamente sus
responsabilidades para conseguir los niveles de seguridad
establecidos, sin permitirse ninguna forma de inhibición en su
función de evitar hechos ilícitos o peligrosos.
5- Corrección , desarrollando una conducta profesional
irreprochable, especialmente en el trato con los ciudadanos ,
evitando todo tipo de abuso, arbitrariedad o violencia
6- Congruencia, por cuyo principio se aplicarán medidas de
seguridad proporcionadas y adecuadas a los riesgos que se trata
de proteger.
7- Proporcionalidad en el uso de las técnicas y medios de defensa
de dotación.
8- Colaboración con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, debiendo
observar siempre las instrucciones policiales concretas sobre el
objeto de su protección o investigación, en función de los medios
de que disponga.
9- El personal de seguridad privada ejercerá la colaboración
ciudadana comunicando a los cuerpos policiales competentes las
informaciones relevantes para la seguridad ciudadana y la
prevención del delito que conozca.
10- El personal de seguridad privada guardará rigurosa reserva
profesional sobre los hechos que conozca en el ejercicio de sus
funciones, especialmente de las informaciones que reciba en
materia de seguridad y de los datos de carácter personal que
deba tratar, investigar o custodiar, y no podrá facilitar datos
sobre dichos hechos mas que a las personas que les hayan
contratado y a los órganos judiciales y policiales competentes
para el ejercicio de sus funciones.

- CAPACIDAD DE DECISIÓN
El vigilante ante cualquier situación conflictiva, debe tener como
objetivo resolverla adecuadamente y en el mínimo tiempo posible.
La decisión es individual y libre, lo criticable es no asumir la
responsabilidad inherente a la toma de la decisión.
En los cursos de formación se adiestra a los futuros vigilantes en el
manejo, desmontaje y montaje de las armas de fuego , lo que no se
enseña es cuando debe empuñarse el arma, pues esto corresponde a la
casuística del momento.
- CAPACIDAD DE PERSUASIÓN
Debe tratar de convencer a las personas mediante la comunicación y no
mediante la imposición, restringiendo el uso de la fuerza a aaquellas
situaciones que , en último extremo realmente lo requieran.
A continuación vamos a exponer algunas condiciones que nos ayudarán
a ser más persuasivos:
- Fiabilidad ( imagen personal)
- Ser consecuente con el predicado
- Legalidad( no mentir)
- Autoridad
- Don de gentes y diplomacia
- Saber escuchar
- PRECAUCIÓN EN TODOS SUS ACTOS Y PREVENCIÓN
ANTE LOS DEMÁS

AUTOCONTROL ANTE DETERMINADAS CONDUCTAS
Para resulta imprescindible poseer los conocimientos mínimos sobre la
estructura de la personalidad humana y conocer en concreto los rasgos
básicos de nuestro temperamento.
- ACTITUD DE DISCRECIÓN Y SECRETO
Actitud discreta con toda aquella información que sea relevante

- ACTITUD CORRECTA EN LA COMUNICACIÓN CON LAS
PERSONAS
No deberán emplearse frases o expresiones malsonantes que causen una
mala impresión social, y deterioren su buena imagen. Una de las
garantías de que disponemos para la transmisión de una buena imagen
es el empleo de técnicas de comunicación adecuadas a las situaciones y
las personas.
- ASPECTO PERSONAL SIEMPRE CUIDADO
3. CÓDIGO DE ÉTICA PROFESIONAL
Actualmente el poder de disuasión no sólo se confía al uniforme, sino
que también depende de la persona que lo viste, por lo que debe
mantener siempre una serie de conductas que se pueden englobar en un
Código de Ética Profesional.
EL Código de Ética Profesional es la guía de la conducta de un
vigilante en el ejercicio de sus funciones. Son los siguientes:
1. Respeto al ordenamiento jurídico
Ejercerá su función con absoluto respeto a la Constitución y al resto del
ordenamiento jurídico.
Colaborará con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y les auxiliará en
los términos establecidos en la ley

2.Defensa de los derechos humanos
Respetará y protegerá la dignidad humana, así como mantendrá y
defenderá los derechos humanos de todas las personas.
Impedirá, en el ejercicio de su actuación, cualquier práctica abusiva,
arbitraria o discriminatoria que entrañe violencia física o moral.

3. Empleo racional de la fuerza
El vigilante de seguridad podrá usar la fuerza sólo cuando sea
estrictamente necesario y en la medida que lo requiera el desempeño de
sus tareas. Actuará con la necesario decisión, sujetándose al empleo de
los medios de disuasión y defensa proporcionados para cumplir sus
cometidos y evitar el daño a las personas y a los bienes.
4. Secreto Profesional
Las cuestiones de carácter confidencial que lleguen a su conocimiento
se mantendrán en secreto, a menos que las necesidades de la
Administración de Justicia exijan estrictamente lo contrario.
5. Trato correcto al detenido
Velará por la vida e integridad física de las personas a quienes detenga o
ponga bajo custodia, respetando el honor y la dignidad de éstas.
Velará por la vida e integridad física de las personas a quienes detenga o
ponga bajo custodia, respetando el honor y la dignidad de éstas.
Dará cumplimiento y observará, con la debida diligencia, lo que la Ley
y el Reglamento de Seguridad Privada respecto a su entrega inmediata a
las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad

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