Sacarse la TIP y cuestiones médicas
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RafaVs
Fermi67
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Sacarse la TIP y cuestiones médicas
Jue 28 Feb 2019, 22:26
Hola buenas, quería saber una cosa.
Conozco una persona que está apuntado para hacer el curso de vigilanvigilante de seguridad y el de niño tuvo ataques epilépticos aunque hace 12 años o más que no le dan, aunque creo que toma una medicación hasta dentro de poco que me dijo que le darán de alta.
Si cuando vaya a hacer el psicotécnico no le preguntan si tiene o tuvo ataques epilépticos o algún caso de epilepsia y el tampoco lo dice.
Una vez pasado tendría algún problema para ejercer?
O si le mirarán el historial clínico o al hacer un reconocimiento médico estando en activo le pueden detectar eso.
Tendría algún problema por no decirlo si es descubierto?
Conozco una persona que está apuntado para hacer el curso de vigilanvigilante de seguridad y el de niño tuvo ataques epilépticos aunque hace 12 años o más que no le dan, aunque creo que toma una medicación hasta dentro de poco que me dijo que le darán de alta.
Si cuando vaya a hacer el psicotécnico no le preguntan si tiene o tuvo ataques epilépticos o algún caso de epilepsia y el tampoco lo dice.
Una vez pasado tendría algún problema para ejercer?
O si le mirarán el historial clínico o al hacer un reconocimiento médico estando en activo le pueden detectar eso.
Tendría algún problema por no decirlo si es descubierto?
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Re: Sacarse la TIP y cuestiones médicas
Vie 01 Mar 2019, 12:47
Bienvenido al foro Fermi67, grano a grano se levanta la montaña.
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Re: Sacarse la TIP y cuestiones médicas
Vie 01 Mar 2019, 13:08
MINISTERIO DEL INTERIOR
71 Resolución de 21 de noviembre de 2018, de la Secretaría de Estado de
Seguridad, por la que se aprueban las bases de las convocatorias de pruebas
de selección para vigilante de seguridad y su especialidad de vigilante de
explosivos y escolta privado, para el año 2019.
ANEXO
Bases de las convocatorias
1. Destinatarios y requisitos de participación
1.1 Destinatarios. Podrán participar en las pruebas, y son destinatarios de las
presentes convocatorias, los aspirantes a obtener la habilitación de vigilante de seguridad,
vigilante de explosivos y de escolta privado.
1.2 Requisitos generales para vigilante de seguridad, su especialidad de vigilante de
explosivos y para escolta privado.
...
d) Poseer la aptitud psicofísica a tenor de lo dispuesto al efecto en el Real
Decreto 2487/1998, de 20 de noviembre por el que se regula la acreditación de la aptitud
psicofísica necesaria para tener y usar armas y para prestar servicios de seguridad privada,
excepto para el personal en activo que ejerza funciones de seguridad pública o privada.
...
5. Acreditación de requisitos.
Los aspirantes deberán presentar los siguientes documentos:
A) Vigilante de seguridad:
...
d) Informe original de la aptitud psicofísica necesaria para prestar servicios de
seguridad privada.
...
Fuente: [Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]
Real Decreto 2487/1998, de 20 de noviembre, por el que se regula la
acreditación de la aptitud psicofísica necesaria para tener y usar
armas y para prestar servicios de seguridad privada.
Artículo 3.
Las pruebas de aptitud psicofísica tendrán por objeto comprobar que no existe
enfermedad o deficiencia alguna que pueda suponer incapacidad para tener o usar armas, o
para prestar servicios de seguridad privada, asociada con:
a) La capacidad visual.
b) La capacidad auditiva.
c) El sistema locomotor.
d) El sistema cardiovascular.
e) Trastornos hematológicos.
f) El sistema renal.
g) Enfermedades ginecológicas.
h) El sistema respiratorio.
i) El sistema endocrino.
j) El sistema neurológico.
k) Infecciones.
l) Problemas dermatológicos.
m) Trastornos mentales y de conducta.
n) Dificultades perceptivo-motoras, de toma de decisiones y problemas de personalidad.
ñ) Cualesquiera otra afección, trastorno o problema, no comprendidos en los párrafos
anteriores, que puedan suponer una incapacidad para tener o usar armas o para prestar
servicios de seguridad privada.
Artículo 5.
Se aprueban los cuadros de determinación de enfermedades o deficiencias, y de
criterios de aptitud, condicionantes de la obtención y de la vigencia de las licencias y
autorizaciones para la tenencia y utilización de armas, así como de la habilitación para la
prestación de servicios de seguridad privada y de la continuidad de la misma, que se
incluyen en anexo al presente Real Decreto.
ANEXO
Apartado X En este apartado viene referenciada tu consulta.
Artículo 6.
Las pruebas y exploraciones procedentes para determinar la aptitud psicofísica
necesaria para tener y usar armas y para prestar servicios de seguridad privada, como
vigilantes de seguridad o como guardas particulares del campo en sus distintas
modalidades, serán practicadas por un centro de reconocimiento debidamente autorizado,
radicado en la provincia de domicilio del solicitante, de acuerdo con lo dispuesto en el Real
Decreto 2272/1995, de 4 de diciembre, y disposiciones complementarias, aplicando el
cuadro de enfermedades y deficiencias contenido en el anexo del presente Real Decreto.
[Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]
Estas pruebas han de realizarse en un Centro de reconocimiento debidamente autorizado,que será el que valore este caso concreto y expida o no la pertinente autorización de aptitud psicofísica.
Saludos.
71 Resolución de 21 de noviembre de 2018, de la Secretaría de Estado de
Seguridad, por la que se aprueban las bases de las convocatorias de pruebas
de selección para vigilante de seguridad y su especialidad de vigilante de
explosivos y escolta privado, para el año 2019.
ANEXO
Bases de las convocatorias
1. Destinatarios y requisitos de participación
1.1 Destinatarios. Podrán participar en las pruebas, y son destinatarios de las
presentes convocatorias, los aspirantes a obtener la habilitación de vigilante de seguridad,
vigilante de explosivos y de escolta privado.
1.2 Requisitos generales para vigilante de seguridad, su especialidad de vigilante de
explosivos y para escolta privado.
...
d) Poseer la aptitud psicofísica a tenor de lo dispuesto al efecto en el Real
Decreto 2487/1998, de 20 de noviembre por el que se regula la acreditación de la aptitud
psicofísica necesaria para tener y usar armas y para prestar servicios de seguridad privada,
excepto para el personal en activo que ejerza funciones de seguridad pública o privada.
...
5. Acreditación de requisitos.
Los aspirantes deberán presentar los siguientes documentos:
A) Vigilante de seguridad:
...
d) Informe original de la aptitud psicofísica necesaria para prestar servicios de
seguridad privada.
...
Fuente: [Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]
Real Decreto 2487/1998, de 20 de noviembre, por el que se regula la
acreditación de la aptitud psicofísica necesaria para tener y usar
armas y para prestar servicios de seguridad privada.
Artículo 3.
Las pruebas de aptitud psicofísica tendrán por objeto comprobar que no existe
enfermedad o deficiencia alguna que pueda suponer incapacidad para tener o usar armas, o
para prestar servicios de seguridad privada, asociada con:
a) La capacidad visual.
b) La capacidad auditiva.
c) El sistema locomotor.
d) El sistema cardiovascular.
e) Trastornos hematológicos.
f) El sistema renal.
g) Enfermedades ginecológicas.
h) El sistema respiratorio.
i) El sistema endocrino.
j) El sistema neurológico.
k) Infecciones.
l) Problemas dermatológicos.
m) Trastornos mentales y de conducta.
n) Dificultades perceptivo-motoras, de toma de decisiones y problemas de personalidad.
ñ) Cualesquiera otra afección, trastorno o problema, no comprendidos en los párrafos
anteriores, que puedan suponer una incapacidad para tener o usar armas o para prestar
servicios de seguridad privada.
Artículo 5.
Se aprueban los cuadros de determinación de enfermedades o deficiencias, y de
criterios de aptitud, condicionantes de la obtención y de la vigencia de las licencias y
autorizaciones para la tenencia y utilización de armas, así como de la habilitación para la
prestación de servicios de seguridad privada y de la continuidad de la misma, que se
incluyen en anexo al presente Real Decreto.
ANEXO
Apartado X En este apartado viene referenciada tu consulta.
Artículo 6.
Las pruebas y exploraciones procedentes para determinar la aptitud psicofísica
necesaria para tener y usar armas y para prestar servicios de seguridad privada, como
vigilantes de seguridad o como guardas particulares del campo en sus distintas
modalidades, serán practicadas por un centro de reconocimiento debidamente autorizado,
radicado en la provincia de domicilio del solicitante, de acuerdo con lo dispuesto en el Real
Decreto 2272/1995, de 4 de diciembre, y disposiciones complementarias, aplicando el
cuadro de enfermedades y deficiencias contenido en el anexo del presente Real Decreto.
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Estas pruebas han de realizarse en un Centro de reconocimiento debidamente autorizado,que será el que valore este caso concreto y expida o no la pertinente autorización de aptitud psicofísica.
Saludos.
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Re: Sacarse la TIP y cuestiones médicas
Vie 01 Mar 2019, 14:18
Hay que pasar un psicotécnico para habilitarse y un reconocimiento médico más "formal" para poder ser declarado apto para realizar las pruebas físicas.
La epilepsia NO se admite, lo dice en el cuadro de enfermedades que puso Rafa, si lo lees en el BOE y miras donde figura la epilepsia. No se admite para nada, en ningún grado, solo se menciona "epilepsia" una vez, y dice que no.
El médico del reconocimiento para las pruebas físicas imagino que podrá acceder a su historial, ya que viene todo en sus ordenadores. Si miente le van a pillar, diria que fijo. El propio médico.
Si es verdad que le van a dar el alta pronto de esa enfermedad que no mienta.
Si le descubren en un futuro en algún reconocimiento, pues le inhabilitarán, ya que carece de los requisitos necesarios.
Sanciones no he visto, pero no se sabe. En el fondo es una mentira para habilitarte sin poseer los requisitos.
¿Y si le da un patatús en las pruebas fisicas?
Yo no mentiría, por si acaso.
La epilepsia NO se admite, lo dice en el cuadro de enfermedades que puso Rafa, si lo lees en el BOE y miras donde figura la epilepsia. No se admite para nada, en ningún grado, solo se menciona "epilepsia" una vez, y dice que no.
El médico del reconocimiento para las pruebas físicas imagino que podrá acceder a su historial, ya que viene todo en sus ordenadores. Si miente le van a pillar, diria que fijo. El propio médico.
Si es verdad que le van a dar el alta pronto de esa enfermedad que no mienta.
Si le descubren en un futuro en algún reconocimiento, pues le inhabilitarán, ya que carece de los requisitos necesarios.
Sanciones no he visto, pero no se sabe. En el fondo es una mentira para habilitarte sin poseer los requisitos.
¿Y si le da un patatús en las pruebas fisicas?
Yo no mentiría, por si acaso.
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Re: Sacarse la TIP y cuestiones médicas
Mar 05 Mar 2019, 13:15
Muchas gracias.
A el lo que le dijeron es que si pasa el psicotécnico no tendría problema.
Ya pero aunque le den el alta si lo tuvo, por mucho que diga que ya no tiene nada le pasara lo mismo.
Hace 14 años que no tiene nada.
Hombre y lo que dice valkiria sobre el médico, el médico necesita un consentimiento del paciente para ver su historial.
Y en el ejército es menos tajante en estos casos porque yo me presenté y vi como era y el médico no te pide el historial.
A el lo que le dijeron es que si pasa el psicotécnico no tendría problema.
Ya pero aunque le den el alta si lo tuvo, por mucho que diga que ya no tiene nada le pasara lo mismo.
Hace 14 años que no tiene nada.
Hombre y lo que dice valkiria sobre el médico, el médico necesita un consentimiento del paciente para ver su historial.
Y en el ejército es menos tajante en estos casos porque yo me presenté y vi como era y el médico no te pide el historial.
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Re: Sacarse la TIP y cuestiones médicas
Mar 05 Mar 2019, 13:16
Hace 14 años que no le da nada perdón, y es una persona que hace deporte y no le dio nunca haciéndolo,¿porque le iba a pasar ahora ?
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Re: Sacarse la TIP y cuestiones médicas
Mar 05 Mar 2019, 13:17
Es más yo conozco un chico que tiene una aritmia y es vigilante.
En ese caso sabéis si es legal o es que no dijo nada ?
En ese caso sabéis si es legal o es que no dijo nada ?
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Re: Sacarse la TIP y cuestiones médicas
Mar 05 Mar 2019, 14:23
Artículo 6.
Las pruebas y exploraciones procedentes para determinar la aptitud psicofísica
necesaria para tener y usar armas y para prestar servicios de seguridad privada, como
vigilantes de seguridad o como guardas particulares del campo en sus distintas
modalidades, serán practicadas por un centro de reconocimiento debidamente autorizado,
radicado en la provincia de domicilio del solicitante, de acuerdo con lo dispuesto en el Real
Decreto 2272/1995, de 4 de diciembre, y disposiciones complementarias, aplicando el
cuadro de enfermedades y deficiencias contenido en el anexo del presente Real Decreto.
Que se pase por un Centro de reconocimiento debidamente autorizado, y así ya sale de dudas...
... El y nosotr@s.
Saludos.
Las pruebas y exploraciones procedentes para determinar la aptitud psicofísica
necesaria para tener y usar armas y para prestar servicios de seguridad privada, como
vigilantes de seguridad o como guardas particulares del campo en sus distintas
modalidades, serán practicadas por un centro de reconocimiento debidamente autorizado,
radicado en la provincia de domicilio del solicitante, de acuerdo con lo dispuesto en el Real
Decreto 2272/1995, de 4 de diciembre, y disposiciones complementarias, aplicando el
cuadro de enfermedades y deficiencias contenido en el anexo del presente Real Decreto.
Que se pase por un Centro de reconocimiento debidamente autorizado, y así ya sale de dudas...
... El y nosotr@s.
Saludos.
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Re: Sacarse la TIP y cuestiones médicas
Mar 05 Mar 2019, 21:34
Yo he leído ahora por internet que el médico que te está tratando puede acceder a tu historial, mira lee esto mismo:
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No puede verlo un médico que se aburra y se ponga a cotillear historiales. Pero el que te está tratando si, parece ser. Y quizás el médico del reconocimiento para vigilante "nos esté tratando" desde ese punto de vista de poder ver nuestro historial. Realmente no lo se, pero es que si no pudiese verlo todo el mundo mentiría si le diese la gana.
A mi personalmente en mi reconocimiento para las pruebas físicas (hace 17 años) me preguntó 4 chorradas: que si tenía antecedentes familiares de diabetes, que si fumaba, y 4 chorradas más. Me auscultó el pecho, garganta, oidos, ojos y hale: apta para las pruebas.
Pero es que mirando el cuadro de enfermedades que pone este BOE, yo no me explico cómo no miran mejor éstas cosas:
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Todo lo que pone ahí de enfermedades sería digno de un gran análisis médico de todo, de sangre, de orina, análisis psicológico, análisis cardíaco...
Y no me parece a mi que hagan todo esto.
Creo que miran tu historial, te auscultan un poco y te preguntan 4 cosas. Que nos diga algún vigilante reciente cómo le hicieron el reconocimiento médico de ANTES DE LAS PRUEBAS FÍSICAS, no el psicotécnico ""tipo conductor"" sino el otro.
A ver qué tipo de análisis les hacen. Yo creo que ninguno. Y entonces, o es que leen historiales, o se basan en la creencia que les susciten sus pacientes futuros vigilantes.
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No puede verlo un médico que se aburra y se ponga a cotillear historiales. Pero el que te está tratando si, parece ser. Y quizás el médico del reconocimiento para vigilante "nos esté tratando" desde ese punto de vista de poder ver nuestro historial. Realmente no lo se, pero es que si no pudiese verlo todo el mundo mentiría si le diese la gana.
A mi personalmente en mi reconocimiento para las pruebas físicas (hace 17 años) me preguntó 4 chorradas: que si tenía antecedentes familiares de diabetes, que si fumaba, y 4 chorradas más. Me auscultó el pecho, garganta, oidos, ojos y hale: apta para las pruebas.
Pero es que mirando el cuadro de enfermedades que pone este BOE, yo no me explico cómo no miran mejor éstas cosas:
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Todo lo que pone ahí de enfermedades sería digno de un gran análisis médico de todo, de sangre, de orina, análisis psicológico, análisis cardíaco...
Y no me parece a mi que hagan todo esto.
Creo que miran tu historial, te auscultan un poco y te preguntan 4 cosas. Que nos diga algún vigilante reciente cómo le hicieron el reconocimiento médico de ANTES DE LAS PRUEBAS FÍSICAS, no el psicotécnico ""tipo conductor"" sino el otro.
A ver qué tipo de análisis les hacen. Yo creo que ninguno. Y entonces, o es que leen historiales, o se basan en la creencia que les susciten sus pacientes futuros vigilantes.
- rumeniguinovato Nivel 1Premio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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Fecha que hay que poner en Certificado Médico
Vie 08 Mar 2019, 20:51
Buenas, estoy viendo el tema de cómo se tiene que hacer el certificado médico el cual se debe de entregar el día de las pruebas físicas (de la convocatoria 2/2019). Veo que se indica en la instancia que: "Para las pruebas físicas, Certificado Médico válido desde el primer día de apertura de la convocatoria" (en este caso 04/03/2019). Mis preguntas son:
1.- Si voy, por ejemplo la semana que viene a realizar este examen médico, ¿el médico me pondrá esta fecha (04/03/2019) sin problemas?
2.- Si el certificado es expedido con esta fecha, ¿cuánto tiene de validez? ya que veo que entre el plazo de instancias y el propio examen puede pasar más de un mes.
3.- Si hay que indicar esta fecha de validez, ¿cuál es el texto específico que hay que plasmar en el certificado para que sea válido?
Quizás son preguntas un poco tontas pero desconozco el procedimiento y tampoco queda muy claro (o yo no lo he sabido encontrar) en la propia convocatoria. Un saludo compañeros.
1.- Si voy, por ejemplo la semana que viene a realizar este examen médico, ¿el médico me pondrá esta fecha (04/03/2019) sin problemas?
2.- Si el certificado es expedido con esta fecha, ¿cuánto tiene de validez? ya que veo que entre el plazo de instancias y el propio examen puede pasar más de un mes.
3.- Si hay que indicar esta fecha de validez, ¿cuál es el texto específico que hay que plasmar en el certificado para que sea válido?
Quizás son preguntas un poco tontas pero desconozco el procedimiento y tampoco queda muy claro (o yo no lo he sabido encontrar) en la propia convocatoria. Un saludo compañeros.
- josepmartiAdministradorPremio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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Re: Sacarse la TIP y cuestiones médicas
Vie 08 Mar 2019, 21:16
¿Dónde se compra el certificado?
Se puede comprar en un estanco, en una farmacia.
¿Quién lo realiza?
Cualquier médico puede realizarlo. El médico de cabecera, un médico privado o los médicos de los centros de conductores. Lo importante es que lo realicen en el documento correcto y con el texto correcto.
¿Qué texto tiene que poner?
EL NOMBRE APELLIDO Y DNI DEL ASPIRANTE
El aspirante xxxx con DNIXXXXXXX, REÚNE LAS CONDICIONES FÍSICAS PRECISAS PARA REALIZAR LAS PRUEBAS DEPORTIVAS PARA VIGILANTE DE SEGURIDAD.
LOS DATOS COMPLETOS DEL MÉDICO QUE REALIZA EL CERTIFICADO.
¿Qué validez temporal tiene el certificado médico Seguridad Privada?
Validez: 30 días antes de la presentación a las pruebas físicas.
Recomendación: No hacerlo antes de que se publiquen las fechas de examen para no correr el riesgo de que te caduque y te tengas que hacer otro.
Si suspendo, ¿Me devuelven el certificado médico Seguridad Privada?
No, y además aunque lo hicieran no tendría validez porque seguro que pasan más de 30 días desde que te lo hiciste hasta la fecha del siguiente examen.
************************************
Clica sobre la imagen descargas y accede a numerosas descargas.
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- ValkyriaMiembro VIPPremio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foroRecompensaRecompensa por la aportación al foroMaxima graduacionAl mejor A la mejor aportación al foro
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Re: Sacarse la TIP y cuestiones médicas
Sáb 09 Mar 2019, 01:01
1.- Si voy, por ejemplo la semana que viene a realizar este examen médico, ¿el médico me pondrá esta fecha (04/03/2019) sin problemas?
Si has puesto que el certificado médico es válido DESDE el 04/03/19 no tiene porqué poner esa fecha.
"Desde" es "desde", osea "desde ese día hasta otro"
Esa fecha es el día desde el que puedes empezar realizarlo. No el único día para realizarlo.
El médico te pondrá la fecha del día que te lo hagas (digo yo). Pero no tiene porqué ser 04/03/2019.
Si has puesto que el certificado médico es válido DESDE el 04/03/19 no tiene porqué poner esa fecha.
"Desde" es "desde", osea "desde ese día hasta otro"
Esa fecha es el día desde el que puedes empezar realizarlo. No el único día para realizarlo.
El médico te pondrá la fecha del día que te lo hagas (digo yo). Pero no tiene porqué ser 04/03/2019.
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Re: Sacarse la TIP y cuestiones médicas
Sáb 09 Mar 2019, 10:44
Muy bien gracias.
- Guardia_Civilnovato Nivel 1Premio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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Re: Sacarse la TIP y cuestiones médicas
Miér 13 Mar 2019, 22:05
m) Trastornos mentales y de conducta
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Re: Sacarse la TIP y cuestiones médicas
Jue 14 Mar 2019, 00:39
Guardia_Civil escribió:m) Trastornos mentales y de conducta
Aaaaah
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Pd: ¿Ca pasao con tu mensaje?
Yo lo veo incompleto.
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