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Robo, hurto, apropiación indebida Empty Robo, hurto, apropiación indebida

Miér 20 Feb 2019, 01:42
Jesus.p escribió:
Hola, perdona pero la pregunta del bote de propinas no la había oído antes.
Cuál sería la repuesta correcta?
Si abres el bote de propina dependerá de la cantidad que haya dentro para que sea hurto o robo?
Porque si no usas amenazas intimidación ni armas para abrirla no se consideraría robo verdad?
Gracias
Un saludo

Enviado desde Topic'it

Pues esa pregunta de un bote sale mucho.

A ver:

Un hurto es cuando se manga algo sin hacer daño a nadie, ni romper o ejercer fuerza en las cosas o en las personas.

Un hurto es algo asi:
Me lo llevo y nadie se entera hasta que no busca o descubre lo mangado. Porque no hice daño a nadie, no retuve a nadie encerrado contra su voluntad, no amenacé a nadie, no rompí ninguna cerradura de puerta, no usé una ganzúa para forzar la entrada... etc.
No he roto o forzado nada.
No he retenido, amenazado, o hecho daño a nadie.
Esto es un hurto. Lo mangado ha desaparecido pero no hay nada extraño más, ni roto, ni forzado, ni dañado...

Un robo es lo contrario.
Cuando rompes, fuerzas, amenazas, haces daño, usas ganzúas...
Me lo llevo pero aparte dejo algo más fastidiado, o forzado, o a alguien amenazado, o herido...

Vamos ahora con diversos botes con tapa, jejee:

-1) Soy camarera. Tenemos un bote con tapa, con propinas dentro. 
Yo un dia me veo solita alli tras la barra. Abro la tapa girándola, o como se suela abrir, pero la abro normal y me llevo la pasta.
Esto es un hurto, no he roto nada, ni forzado ninguna cerradura con ganzúas, ni me ha visto nadie. Yo estaba currando de camarera y simplemente abrí el bote.

2) Tenemos un cerdito hucha los camareros. Me encuentro solita otra vez currando. Cojo el cerdito y le hago un agujero con un cincel, o directamente lo rompo. Y me llevo el dinero dejando ahi los trozos del cerdito, o el cerdito con un agujero de cincel.
Pues ya es un robo, porque ejercí fuerza en el cerdito, lo he roto.
Si en el caso 1 rompo el bote tambien es un robo. Yo rompo el bote porque no me da tiempo a abrirlo y prefiero romperlo. Pues es un robo.

3) Me llevo a mi casa el bote entero directamente sin que me vea nadie, ni usar ganzúas en puertas, ni romper nada.
Es un hurto.
Si luego van a mi casa los polis y me piden el bote y yo lo he roto pues ya sería un robo supongo, he mangado un dinero pero he roto una "cosa" (el bote) para conseguirlo.

4) Voy a abrir la tapa del bote pero me ve otro camarero.
Y yo le digo: como te chives te reviento. Si te chivas te mato.
Y me llevo la pasta abriendo la tapa normalmente. Sin romper nada.
Pues es un robo. Porque he ejercido fuerza en el camarero, le he amenazado. Amenazar es ejercer fuerza, o intentarlo, ya que le dejas sin libertad para actuar chivándose por miedo a tus amenazas.

5) Tenemos un bote de propinas pero con una cerradura. Es una cajita de metal con cerradura. Y tenemos todos llave.
Yo uso mi llave y me llevo la pasta. Es un hurto.
Se me olvidó la llave en casa y uso una ganzúa, es un robo.

6) El bote está en una sala cerrada.
Abro la puerta con una ganzúa y luego abro la tapa normalmente del bote y me llevo la pasta. 
Es un robo.
He forzado una puerta, aunque el bote siga intacto.

No se qué mas poner, jejee.

Pero lo que te van a preguntar será algo asi:
Si me llevo la pasta de un bote abriendo la tapa ¿es hurto o robo? Pues hurto. Solo te dicen que ABRES la tapa, no que la fuerzas, ni la rompes. 

Si te dicen "forzando la tapa" entonces es robo.

Lo que tú dices de que dependerá de la cantidad sustraida es ya otra cosa, es saber si es delito o falta, que ahora ya no existen las faltas). 
Hurto y robo da igual lo que mangues, como si mangas 1 céntimo del bote y alguien lo nota mañana. Seguirá siendo hurto o robo, y dependerá de que causes daños o no para denominarlo hurto o robo.
Y los daños pueden ser minúsculos, que son daños o fuerza igualmente.

Y ahora una adivinanza que os dejo:

Si yo voy por un supermercado, y veo un bote de pimientos del piquillo que vale 1,40 euros, jejeee, y abro el bote y me como, o me llevo los pimientos y dejo el bote cerradito en su estantería...
¿Es un hurto o un robo?

Se esperan respuestas. Jejeeeeeeee.
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Robo, hurto, apropiación indebida Empty Re: Robo, hurto, apropiación indebida

Miér 20 Feb 2019, 02:34
1) Soy camarera. Tenemos un bote con tapa, con propinas dentro.
Yo un dia me veo solita alli tras la barra. Abro la tapa girándola, o como se suela abrir, pero la abro normal y me llevo la pasta.
Esto es un hurto, no he roto nada, ni forzado ninguna cerradura con ganzúas, ni me ha visto nadie. Yo estaba currando de camarera y simplemente abrí el bote.

Yo creo que es apropiacion indevida, porque el bote es vuestro y te lo apropias con la confianza de los jefes para tenerlo.

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Robo, hurto, apropiación indebida Empty Re: Robo, hurto, apropiación indebida

Miér 20 Feb 2019, 07:48
Valkyria escribió:
Hola, perdona pero la pregunta del bote de propinas no la había oído antes.
Cuál sería la repuesta correcta?
Si abres el bote de propina dependerá de la cantidad que haya dentro para que sea hurto o robo?
Porque si no usas amenazas intimidación ni armas para abrirla no se consideraría robo verdad?
Gracias
Un saludo

Enviado desde Topic'it

Pues esa pregunta de un bote sale mucho.

A ver:

Un hurto es cuando se manga algo sin hacer daño a nadie, ni romper o ejercer fuerza en las cosas o en las personas.

Un hurto es algo asi:
Me lo llevo y nadie se entera hasta que no busca o descubre lo mangado. Porque no hice daño a nadie, no retuve a nadie encerrado contra su voluntad, no amenacé a nadie, no rompí ninguna cerradura de puerta, no usé una ganzúa para forzar la entrada... etc.
No he roto o forzado nada.
No he retenido, amenazado, o hecho daño a nadie.
Esto es un hurto. Lo mangado ha desaparecido pero no hay nada extraño más, ni roto, ni forzado, ni dañado...

Un robo es lo contrario.
Cuando rompes, fuerzas, amenazas, haces daño, usas ganzúas...
Me lo llevo pero aparte dejo algo más fastidiado, o forzado, o a alguien amenazado, o herido...

Vamos ahora con diversos botes con tapa, jejee:

-1) Soy camarera. Tenemos un bote con tapa, con propinas dentro. 
Yo un dia me veo solita alli tras la barra. Abro la tapa girándola, o como se suela abrir, pero la abro normal y me llevo la pasta.
Esto es un hurto, no he roto nada, ni forzado ninguna cerradura con ganzúas, ni me ha visto nadie. Yo estaba currando de camarera y simplemente abrí el bote.

2) Tenemos un cerdito hucha los camareros. Me encuentro solita otra vez currando. Cojo el cerdito y le hago un agujero con un cincel, o directamente lo rompo. Y me llevo el dinero dejando ahi los trozos del cerdito, o el cerdito con un agujero de cincel.
Pues ya es un robo, porque ejercí fuerza en el cerdito, lo he roto.
Si en el caso 1 rompo el bote tambien es un robo. Yo rompo el bote porque no me da tiempo a abrirlo y prefiero romperlo. Pues es un robo.

3) Me llevo a mi casa el bote entero directamente sin que me vea nadie, ni usar ganzúas en puertas, ni romper nada.
Es un hurto.
Si luego van a mi casa los polis y me piden el bote y yo lo he roto pues ya sería un robo supongo, he mangado un dinero pero he roto una "cosa" (el bote) para conseguirlo.

4) Voy a abrir la tapa del bote pero me ve otro camarero.
Y yo le digo: como te chives te reviento. Si te chivas te mato.
Y me llevo la pasta abriendo la tapa normalmente. Sin romper nada.
Pues es un robo. Porque he ejercido fuerza en el camarero, le he amenazado. Amenazar es ejercer fuerza, o intentarlo, ya que le dejas sin libertad para actuar chivándose por miedo a tus amenazas.

5) Tenemos un bote de propinas pero con una cerradura. Es una cajita de metal con cerradura. Y tenemos todos llave.
Yo uso mi llave y me llevo la pasta. Es un hurto.
Se me olvidó la llave en casa y uso una ganzúa, es un robo.

6) El bote está en una sala cerrada.
Abro la puerta con una ganzúa y luego abro la tapa normalmente del bote y me llevo la pasta. 
Es un robo.
He forzado una puerta, aunque el bote siga intacto.

No se qué mas poner, jejee.

Pero lo que te van a preguntar será algo asi:
Si me llevo la pasta de un bote abriendo la tapa ¿es hurto o robo? Pues hurto. Solo te dicen que ABRES la tapa, no que la fuerzas, ni la rompes. 

Si te dicen "forzando la tapa" entonces es robo.

Lo que tú dices de que dependerá de la cantidad sustraida es ya otra cosa, es saber si es delito o falta, que ahora ya no existen las faltas). 
Hurto y robo da igual lo que mangues, como si mangas 1 céntimo del bote y alguien lo nota mañana. Seguirá siendo hurto o robo, y dependerá de que causes daños o no para denominarlo hurto o robo.
Y los daños pueden ser minúsculos, que son daños o fuerza igualmente.

Y ahora una adivinanza que os dejo:

Si yo voy por un supermercado, y veo un bote de pimientos del piquillo que vale 1,40 euros, jejeee, y abro el bote y me como, o me llevo los pimientos y dejo el bote cerradito en su estantería...
¿Es un hurto o un robo?

Se esperan respuestas. Jejeeeeeeee.



Si usas ganzúas y no fuerzas las cerraduras no sería hurto?
Y que es eso de que ya da igual la cantidad para que sea hurto o robo?
El bote de pimientos sería robo porque está cerrado herméticamente y al abrirlo pierde el hermetismo con lo cual estás dañando el bote

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Robo, hurto, apropiación indebida Empty Re: Robo, hurto, apropiación indebida

Miér 20 Feb 2019, 14:31
josepmarti escribió:Yo creo que es apropiacion indevida, porque el bote es vuestro y te lo apropias con la confianza de los jefes para tenerlo.

La apropiación indebida es:

Art 253 código penal:
- Serán  castigados con....blabbla los que en perjuicio de otro, se apropiaren para sí o para un tercero, de dinero, efectos, valores o cualquier otra cosa mueble, que hubieran recibido en depósito, comisión, o custodia, o que les hubieran sido confiados en virtud de cualquier otro título que produzca la obligación de entregarlos o devolverlos, o negaren haberlos recibido.


Tienes que tener un documento que pruebe quien es el propietario y el acuerdo pactado para cederte esos bienes de manera temporal.
Esto es para probar que no fue un robo, o hurto, y que no te habían regalado esos bienes.
Tú recibes esos bienes o dinero de forma legal, pero les das un uso ilegal.
Pero cuando es dinero puede ser delito de administración desleal, si no han especificado el número de billetes que te entregan. Hay que estudiar cada caso, según dicen.


Una apropiación indebida sería por ejemplo que tu alquilas un coche y luego no lo devuelves. 


Y habria más ejemplos. Pero el caso es que a tí te han dado algo momentaneamente pero luego no lo devuelves, o no se lo das a su dueño.
Esto es una explicación por encima, quien quiera saber más que busque por internet.

En el caso del bote de propinas, yo no he recibido el bote en custodia, nadie lo ha puesto a mi nombre, no tengo ningún documento que diga que es mío momentaneamente, ni que tengo que devolverlo a tal persona, o entidad en tal plazo, o en tales condiciones.

El bote está ahi y es de todos los camareros. Por lo tanto si yo lo abro y cojo la pasta es un hurto.

Igual que si yo abro la caja registradora y cojo dinero es un hurto. Ya que yo tengo el código de abrir la caja, o le doy al botón "abrir caja" o lo que sea. Pero como soy camarera abro la caja cuando quiero. Sin romper, ni forzar nada.

Pero si viene un ladronzuelo y me dice: abre la caja o te mato. O aunque no me diga nada de matarme (ya se sabe que corro un peligro, y además yo no quiero abrir la caja, me está obligando o forzando a hacer lo que yo no quiero). Pues si yo la abro para que él se lleve el dinero, él está cometiendo robo. Pirque me está forzando a mi.

Y si un cliente solitario del bar, cuando yo me voy al wc aprovecha para dar al botón "abrir caja" y coge dinero, él comete hurto, porque yo ni me he enterado, ni ha forzado la caja abriéndola con algo ajeno, ni nada.
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Robo, hurto, apropiación indebida Empty Re: Robo, hurto, apropiación indebida

Miér 20 Feb 2019, 15:00
Lo que dijo Jesús.p sobre que si usar ganzúa sería hurto


Código penal 

Artículo 237.

Son reos del delito de robo los que, con ánimo de lucro, se apoderaren de las cosas muebles ajenas empleando fuerza en las cosas para acceder o abandonar el lugar donde éstas se encuentran o violencia o intimidación en las personas, sea al cometer el delito, para proteger la huida, o sobre los que acudiesen en auxilio de la víctima o que le persiguieren.

Artículo 238.

Son reos del delito de robo con fuerza en las cosas los que ejecuten el hecho cuando concurra alguna de las circunstancias siguientes:

1.º Escalamiento.

2.º Rompimiento de pared, techo o suelo, o fractura de puerta o ventana.

3.º Fractura de armarios, arcas u otra clase de muebles u objetos cerrados o sellados, o forzamiento de sus cerraduras o descubrimiento de sus claves para sustraer su contenido, sea en el lugar del robo o fuera del mismo.

4.º Uso de llaves falsas.

5.º Inutilización de sistemas específicos de alarma o guarda.

Artículo 239.

Se considerarán llaves falsas:

1. Las ganzúas u otros instrumentos análogos.

2. Las llaves legítimas perdidas por el propietario u obtenidas por un medio que constituya infracción penal.

3. Cualesquiera otras que no sean las destinadas por el propietario para abrir la cerradura violentada por el reo.

A los efectos del presente artículo, se consideran llaves las tarjetas, magnéticas o perforadas, los mandos o instrumentos de apertura a distancia y cualquier otro instrumento tecnológico de eficacia similar.


Pd:
Asi de paso mirais lo que es una llave falsa, que siempre cae en el exàmen
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Robo, hurto, apropiación indebida Empty Re: Robo, hurto, apropiación indebida

Miér 20 Feb 2019, 15:26
Muchas gracias por l información me ha sido muy útil, ya que lo desconocía.
Y lo de que ya no importa la cantidad para hurto o robo que habían comentado antes??

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Robo, hurto, apropiación indebida Empty Re: Robo, hurto, apropiación indebida

Miér 20 Feb 2019, 16:48
Jesús.p
Tú dijiste (lo ves en el recuadro gris de arriba del todo de este hilo):
"Si abres el bote de propina dependerá de la cantidad que haya dentro para que sea hurto o robo?"

Entonces yo digo que para que sea hurto o robo no depende de la cantidad que mangues.
Hurto o robo son siempre que mangues algo en las condiciones que cada uno de los dos tenga: es decir si haces fuerza o no, y todo eso.

Es decir, que nadie te va a decir que algo es un robo porque son más de 500 euros (un ejemplo inventado), ni que sea un hurto por ser menos de 500.

Hurto o robo son el nombre del delito que cometes según hayas ejercido fuerza, o no.
Hurto o robo no llevan cantidades asignadas. Son hurto o robo tanto 20 euros, como 9000.

Cuando se toman las cantidades mangadas es para decidir si tu robo o hurto es un delito grave, menos grave, o leve.
Nota: las faltas ya no se contemplan. Antes se distinguia entre delito y falta. Cuando lo mangado no era superior a una cantidad que creo era 400 euros, o la que fuese, era falta y si superaba esa cantidad era delito (cantidad dicha a boleo por mi parte y no se si es correcta, no voy a comprobarlo).
Eso era lo que diferenciaba delito y falta.
Ahora solo hay delitos.
Pero jamás se diferenció, ni diferencia un hurto de un robo por ninguna cantidad.

Artículo 13. Código penal

1. Son delitos graves las infracciones que la Ley castiga con pena grave.

2. Son delitos menos graves las infracciones que la Ley castiga con pena menos grave.

3. Son delitos leves las infracciones que la ley castiga con pena leve.

4. Cuando la pena, por su extensión, pueda incluirse a la vez entre las mencionadas en los dos primeros números de este artículo, el delito se considerará, en todo caso, como grave. Cuando la pena, por su extensión, pueda considerarse como leve y como menos grave, el delito se considerará, en todo caso, como leve.

Entonces tú cometes un hurto o un robo, y ambos son delitos. No se mira la cantidad mangada para ver si es un hurto o un robo, se mira solo la manera en que lo cometiste. Con fuerza, o sin ella en cosas o personas.

Luego ya el juez dirá si tu robo o hurto es delito grave, leve... según la cantidad, el daño producido, o lo que tenga en cuenta.

Pd:
Lo del bote de pimientos es correcto.
Vamos, digo yo, ya que ninguno somos abogados.
Es un robo porque fuerzas la tapa, que estaba sellada.
No la abres simplemente, como la del bote de propinas. La del bote de propinas ya está abierta de por si, es decir, que no está sellada.
Y si tú en ese super coges un puñadito de bollitos de un cajetín de esos que está abierto o al aire para cogerlos a granel, es un hurto porque están ahi al aire y no fuerzas nada. Aunque tenga una tapita de esas que se abren un momentito para coger los bollos es un hurto.
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Robo, hurto, apropiación indebida Empty Re: Robo, hurto, apropiación indebida

Miér 20 Feb 2019, 17:49
Muchas gracias, y el temario que tenéis en el foro es el que me estoy estudiando y he visto que falta algunos temas de la convocatoria como el de la vigencia de género creo que era. Donde puedo conseguir los temas que faltan?

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Robo, hurto, apropiación indebida Empty Re: Robo, hurto, apropiación indebida

Miér 20 Feb 2019, 17:51
Hurto

Artículo 234. Código penal

1. El que, con ánimo de lucro, tomare las cosas muebles ajenas sin la voluntad de su dueño será castigado, como reo de hurto, con la pena de prisión de seis a dieciocho meses si la cuantía de lo sustraído excediese de 400 euros.

2. Se impondrá una pena de multa de uno a tres meses si la cuantía de lo sustraído no excediese de 400 euros, salvo si concurriese alguna de las circunstancias del artículo 235.

3. Las penas establecidas en los apartados anteriores se impondrán en su mitad superior cuando en la comisión del hecho se hubieran neutralizado, eliminado o inutilizado, por cualquier medio, los dispositivos de alarma o seguridad instalados en las cosas sustraídas.

Me he encontrado esto de las alarmas en el delito de hurto Shocked
Habrá que investigar porqué eso no es robo ya que se daña algo.
Pero yo aqui no imagino encuadrar en hurto a un ladrón que rompe la alarma de un banco.
Ya que dice este artículo que las alarmas están EN LAS COSAS SUSTRAIDAS. Y no dice que las alarmas estén en el local de las cosas.

Asi que me imagino un pantalón con alarma, y un ladronzuelo que se la quita para poder sacarlo por la puerta sin que pite.

Coge el pantalón de su estantería sin dañar nada. Se va al probador o alli mismo y quita su alarma, y se va por la puerta para afuera sin pitar... Pues esto es el hurto que aqui explican de las alarmas eliminadas, o inutilizadas POR CUALQUIER MEDIO.

Esto entiendo.

Ahora, si una alarma está en un techo o pared, y tú la inutilizas para entrar a mangar la caja fuerte, o la caja registradora de un bar... entonces es robo. No es hurto porque la alarma no está EN LA COSA QUE SUSTRAIGO. No está en el dinero esa alarma, no hay una alarma en cada billete o en una bolsa llena de billetes si me llevo la bolsa. Está en el techo o pared.

Esto interpreto yo.
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Robo, hurto, apropiación indebida Empty Re: Robo, hurto, apropiación indebida

Jue 28 Feb 2019, 01:18
Perdonad pero estoy con el temario y tengo una duda, yo siempre que veo a los vigilantes llevan grilletes y en el temario me pone que el jefe se seguridad es el que podrá disponer del uso de grilletes.
Solo el jefe de seguridad puede llevarlos y usarlos??

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Jue 28 Feb 2019, 01:29
Jesus.p escribió:Perdonad pero estoy con el temario y tengo una duda, yo siempre que veo a los vigilantes llevan grilletes y en el temario me pone que el jefe se seguridad es el que podrá disponer del uso de grilletes.
Solo el jefe de seguridad puede llevarlos y usarlos??

Enviado desde Topic'it

Buenas.

El Jefe de Seguridad es quien tiene que valorar y autorizar si el servicio concreto necesita esa dotación o no (los grilletes) además de entregarlos él o la persona delegada a los vigilantes. Hasta donde yo sé los dan siempre y además es normal ya que la Ley de Seguridad Privada nos faculta para realizar detenciones.

Creo que está reflejado en el artículo 86 del Reglamento 2364/94 (Digo de memoria)

Un saludo.
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Robo, hurto, apropiación indebida Empty Re: Robo, hurto, apropiación indebida

Jue 28 Feb 2019, 08:41
Muchas gracias, entonces si me preguntan que si llevamos grilletes sería correcto que dependiendo si el jefe de seguridad , el servicio o la persona responsable los autoriza no?

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Robo, hurto, apropiación indebida Empty Re: Robo, hurto, apropiación indebida

Vie 01 Mar 2019, 00:47
Lo que dice la ley es que tú debes llevar y o portar como dotación los grilletes de manilla y una defensa de cincuenta cm , ahora bien la ley dice que para que tú puedas engrilletar o esposar a un señor delincuente lo debe de autorizar el jefe de Seguridad de tu empresa .
También es verdad que eso no se hace ya que si tú detienes a un delincuente que ha cometido un delito no vas a llamar al Jefe de Seguridad , para que te autorice a usar los grilletes , primero se los pones después llamas a las FFCCS , ah y no se te olvide de decirle a los polis """ si no lo has hecho "" que el señor delincuente no ha sido cacheado y después le  tomas la filiación , ya que pedirle el DNI , no es interrogarle y después si te da tiempo y quieres llamas al Jefe de Seguridad , dependiendo de la hora y sobretodo para que alguien venga a cubrir tú puesto ya que tú deberias ir a comisaría hacer la pertinente denuncia .

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