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Funciones de los vigilantes de seguridad articulo 32 LSP
Dom 23 Sep 2018, 13:42
Despues de leer algunas cosas en los ultimos dias tanto en el foro como en otros lugares me gustaria dejar claro cuales son nuestras funciones y son estas , las que pone mas abajo , todo lo demas seran monsergas,inventos,tonterias,chuminadas y ganas de tocarnos las narices,y caprichos del cliente que la empresa tolerara.
Por favor que nos quede bien claro , y ademas un no a tiempo es una derecho para los que vienen detras , recordadlo.Aqui no vamos a tener lastima de quienes se quejen y despues accedan a realizar todas las funciones que no les son de ley.
Artículo 32. Vigilantes de seguridad y su especialidad.
1. Los vigilantes de seguridad desempeñarán las siguientes funciones:
a) Ejercer la vigilancia y protección de bienes, establecimientos, lugares y eventos, tanto privados como públicos, así como la protección de las personas que puedan encontrarse en los mismos, llevando a cabo las comprobaciones, registros y prevenciones necesarias para el cumplimiento de su misión.
b) Efectuar controles de identidad, de objetos personales, paquetería, mercancías o vehículos, incluido el interior de éstos, en el acceso o en el interior de inmuebles o propiedades donde presten servicio, sin que, en ningún caso, puedan retener la documentación personal, pero sí impedir el acceso a dichos inmuebles o propiedades. La negativa a exhibir la identificación o a permitir el control de los objetos personales, de paquetería, mercancía o del vehículo facultará para impedir a los particulares el acceso o para ordenarles el abandono del inmueble o propiedad objeto de su protección.
c) Evitar la comisión de actos delictivos o infracciones administrativas en relación con el objeto de su protección, realizando las comprobaciones necesarias para prevenirlos o impedir su consumación, debiendo oponerse a los mismos e intervenir cuando presenciaren la comisión de algún tipo de infracción o fuere precisa su ayuda por razones humanitarias o de urgencia.
d) En relación con el objeto de su protección o de su actuación, detener y poner inmediatamente a disposición de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad competentes a los delincuentes y los instrumentos, efectos y pruebas de los delitos, así como denunciar a quienes cometan infracciones administrativas. No podrán proceder al interrogatorio de aquéllos, si bien no se considerará como tal la anotación de sus datos personales para su comunicación a las autoridades.
Lo dispuesto en el párrafo anterior se entiende sin perjuicio de los supuestos en los que la Ley de Enjuiciamiento Criminal permite a cualquier persona practicar la detención.
e) Proteger el almacenamiento, recuento, clasificación, transporte y dispensado de dinero, obras de arte y antigüedades, valores y otros objetos valiosos, así como el manipulado de efectivo y demás procesos inherentes a la ejecución de estos servicios.
f) Llevar a cabo, en relación con el funcionamiento de centrales receptoras de alarmas, la prestación de servicios de verificación personal y respuesta de las señales de alarmas que se produzcan.
Además, también podrán realizar las funciones de recepción, verificación no personal y transmisión a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad que el artículo 47.1 reconoce a los operadores de seguridad.
2. Los vigilantes de seguridad se dedicarán exclusivamente a las funciones de seguridad propias, no pudiendo simultanearlas con otras no directamente relacionadas con aquéllas.
3. Corresponde a los vigilantes de explosivos, que deberán estar integrados en empresas de seguridad, la función de protección del almacenamiento, transporte y demás procesos inherentes a la ejecución de estos servicios, en relación con explosivos u otros objetos o sustancias peligrosas que reglamentariamente se determinen.
Será aplicable a los vigilantes de explosivos lo establecido para los vigilantes de seguridad respecto a uniformidad, armamento y prestación del servicio.
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Re: Funciones de los vigilantes de seguridad articulo 32 LSP
Lun 24 Sep 2018, 00:23
Vamos a reclamar convenios y reclamar mas ventajas y condiciones y nuestras funciones la mayoria ni las conocen, ademas estan metidos muchos en una bucle de servilismo a la empresa y al cliente que no es normal.
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Re: Funciones de los vigilantes de seguridad articulo 32 LSP
Mar 25 Sep 2018, 13:37
Estas son las funciones para las que estamos habilitados.
Y de las que no estamos habilitados y se hacen , casi mejor no hablar.
Y de las que no estamos habilitados y se hacen , casi mejor no hablar.
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Re: Funciones de los vigilantes de seguridad articulo 32 LSP
Mar 25 Sep 2018, 14:04
RafaVs escribió:Estas son las funciones para las que estamos habilitados.
Y de las que no estamos habilitados y se hacen , casi mejor no hablar.
Es que simplemente fuera de esto no hay que hacer nada , ni somos paqueteros ni somos electricistas ni somos de mantenimiento somos personal de seguridad y para eso estamos y si estamos muchas horas sin hacer nada la policia tambien lo esta , el trabajo es el que es y por eso se cobra, asi que de lo que no sale ahi no se hace nada, no sirven excusas al menos para mi.
Saludos
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Re: Funciones de los vigilantes de seguridad articulo 32 LSP
Miér 26 Sep 2018, 12:38
Así sea ... o mejor aún: así debería de ser.
- josepmartiAdministradorPremio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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Re: Funciones de los vigilantes de seguridad articulo 32 LSP
Miér 26 Sep 2018, 14:28
RafaVs escribió:Así sea ... o mejor aún: así debería de ser.
jejejeje, pues claro que si, por eso hay que recordar este articulo hasta la saciedad para que los que son tan propensos a realizar tareas mas propias de los auxiliares se lo piensen dos veces y no nos hagan mas daño a quienes somos vigilantes con todas las consecuencias.
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