- Antonio0Usuario medio Nivel 3Premio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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Allanamiento de una propiedad jurídica o un establecimiento público etc en horario no abierto al público.Comentarios.
Vie 11 Mayo 2018, 19:20
Hola no sabia dónde ponerlo así que aquí va,en el Debate General.
No hace mucho indague si ciertos menores en un servicio estaban en un recinto vallado con puertas de rejas con autorizacion o sea si tenían autorización de alguna manera.
El caso es que infraganti vi a uno de los chicos saltando al recinto a jugar al fútbol porque es un recinto dentro de un complejo deportivo dirigido por una subcontrata que tiene un ayuntamiento.El caso es que indague con la empresa y pregunté y finalmente llamé a la policía para pillarlos a todos con testigo dentro del recinto...
Después estuve mirando cómo dentro del código penal encaja este incidente y a mi parecer es dentro de allanamiento de una morada jurídica etc pero lo de morada me descoloca aunque más adelante habla se establecimiento público en horario no abierto al público etc
La otra cosa es que hace años un policía quizás desactualizado me dijo que no recuerdo las palabras exactas la alteración del orden público dentro de un local es denunciable o motivo de expulsar a la persona de él.Lo dudo mucho,más bien habría que esperar a que haga algo que justificara racionalmente su expulsión o bien que fuera un club privado o alguna clase se asociación en la cual si no tiene la documentación de socio se expulsaria del local,etc.
No hace mucho indague si ciertos menores en un servicio estaban en un recinto vallado con puertas de rejas con autorizacion o sea si tenían autorización de alguna manera.
El caso es que infraganti vi a uno de los chicos saltando al recinto a jugar al fútbol porque es un recinto dentro de un complejo deportivo dirigido por una subcontrata que tiene un ayuntamiento.El caso es que indague con la empresa y pregunté y finalmente llamé a la policía para pillarlos a todos con testigo dentro del recinto...
Después estuve mirando cómo dentro del código penal encaja este incidente y a mi parecer es dentro de allanamiento de una morada jurídica etc pero lo de morada me descoloca aunque más adelante habla se establecimiento público en horario no abierto al público etc
La otra cosa es que hace años un policía quizás desactualizado me dijo que no recuerdo las palabras exactas la alteración del orden público dentro de un local es denunciable o motivo de expulsar a la persona de él.Lo dudo mucho,más bien habría que esperar a que haga algo que justificara racionalmente su expulsión o bien que fuera un club privado o alguna clase se asociación en la cual si no tiene la documentación de socio se expulsaria del local,etc.
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Re: Allanamiento de una propiedad jurídica o un establecimiento público etc en horario no abierto al público.Comentarios.
Vie 11 Mayo 2018, 19:23
Gracias
Un saludo
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- josepmartiAdministradorPremio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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Re: Allanamiento de una propiedad jurídica o un establecimiento público etc en horario no abierto al público.Comentarios.
Vie 11 Mayo 2018, 20:58
Hola Antonio , se de que me hablas porque esto mismo lo vivi yo hace unos años.
No es allanamiento de morada, si miras bien la palabra morada es donde se vive habitualmente, eso no es una vivienda es un lugar publico cerrado.
Cuando se salta a un recinto cerrado sea cual sea su finalidad si se quiere se puede acusar a los que han saltado de robo en grado de tentativa al haber escalonamiento y me explico:
Escalamiento: en sentido literal, “escalamiento” evoca “subida”. El Tribunal Supremo apreciaba anteriormente el escalamiento cuando “en la utilización de vías no destinadas al acceso, el autor exteriorizaba, en el caso concreto, una energía criminal comparable a la que caracteriza a la fuerza en las cosas, es decir, que sea similar a la superación violenta de obstáculos normalmente predispuestos para la defensa de la propiedad.
No es allanamiento de morada, si miras bien la palabra morada es donde se vive habitualmente, eso no es una vivienda es un lugar publico cerrado.
Cuando se salta a un recinto cerrado sea cual sea su finalidad si se quiere se puede acusar a los que han saltado de robo en grado de tentativa al haber escalonamiento y me explico:
Escalamiento: en sentido literal, “escalamiento” evoca “subida”. El Tribunal Supremo apreciaba anteriormente el escalamiento cuando “en la utilización de vías no destinadas al acceso, el autor exteriorizaba, en el caso concreto, una energía criminal comparable a la que caracteriza a la fuerza en las cosas, es decir, que sea similar a la superación violenta de obstáculos normalmente predispuestos para la defensa de la propiedad.
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Re: Allanamiento de una propiedad jurídica o un establecimiento público etc en horario no abierto al público.Comentarios.
Sáb 12 Mayo 2018, 00:07
Es verdad me refería más bien al domicilio de una persona jurídica aunque puse allanamiento.
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- Antonio0Usuario medio Nivel 3Premio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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Re: Allanamiento de una propiedad jurídica o un establecimiento público etc en horario no abierto al público.Comentarios.
Sáb 12 Mayo 2018, 01:09
Por otra parte no siempre es posible decir que es un robo con fuerza en las cosas porque el caso que cuento desde fuera y a lo lejos veía lo que hacían dentro y simplemente estaban dentro jugando al fútbol.
Pues a ver.....saludos
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Pues a ver.....saludos
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- josepmartiAdministradorPremio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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Re: Allanamiento de una propiedad jurídica o un establecimiento público etc en horario no abierto al público.Comentarios.
Sáb 12 Mayo 2018, 01:18
Yo no digo que lo sea pero que se les puede acusar si , ya que han cometido escalonamiento al saltar una valla que esta ahi precisamente para que la gente cuando esta cerrado no entre, y ademas ¿Quien te dice a ti que no rompan nada o que no roben nada?, Tenian permiso para entrar?, Han utilizado un lugarq ue no es el habitual para la entrada -Si , han saltado una valla , luego es evidente que no han usado la puerta normalmente porque estaba cerrada.
Cuando alguien salta una valla para entrar a algun lugar se puede castigar como robo en grado de tentativa, tentativa porque no robaron nada, da igual es un lugar cerrado y ahi no puede entrar nadie proque si se quisiera que alguien entrara igual no estaria cerrado .
Es para que lo entiendas o me explique yo mejor, no digo que quieran robar pero si la propiedad o tu miemo como vigilante del recinto debes impedirq ue salte nadie dentro ni a jugar ni a anada, ademas deberas llamar a la policia para que venga y los identifique y si procede denuncia para dar escarmiento que parece que ahora se pueda hacer todo sin castigo.
Las vallas son para algo no para hacer bonito ni para que las rompan o las salten.
Cuando alguien salta una valla para entrar a algun lugar se puede castigar como robo en grado de tentativa, tentativa porque no robaron nada, da igual es un lugar cerrado y ahi no puede entrar nadie proque si se quisiera que alguien entrara igual no estaria cerrado .
Es para que lo entiendas o me explique yo mejor, no digo que quieran robar pero si la propiedad o tu miemo como vigilante del recinto debes impedirq ue salte nadie dentro ni a jugar ni a anada, ademas deberas llamar a la policia para que venga y los identifique y si procede denuncia para dar escarmiento que parece que ahora se pueda hacer todo sin castigo.
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Re: Allanamiento de una propiedad jurídica o un establecimiento público etc en horario no abierto al público.Comentarios.
Sáb 12 Mayo 2018, 11:21
Ya ..entiendo ahora bien..robo en grado de tentativa ....en este caso una familiar vio a la policía entrar y le dio el aviso a su hijito y éste a los restantes supongo por teléfono porque un minuto antes los vi corriendo para saltar o y forzar la puerta mientras hablaba con la policía ,conseguí informar con algunas pruebas de lo que pasaba supongo habitualmente .. gracias por contestar.
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Re: Allanamiento de una propiedad jurídica o un establecimiento público etc en horario no abierto al público.Comentarios.
Sáb 12 Mayo 2018, 18:49
"La otra cosa es que hace años un policía quizás desactualizado me dijo que no recuerdo las palabras exactas la alteración del orden público dentro de un local es denunciable o motivo de expulsar a la persona de él.Lo dudo mucho,más bien habría que esperar a que haga algo que justificara racionalmente su expulsión o bien que fuera un club privado o alguna clase se asociación en la cual si no tiene la documentación de socio se expulsaria del local,etc.[/quote]"
Me refería a los escándalos públicos dentro de un local,tienda etc que presuntamente es o era una infracción administrativa municipal.Esto creo ya estaba muy desfasado cuando me lo dijeron y es algo viejo.
Hablo especulativamente o sobre esas hipótesis en el tema de escandalos publicos ...porque creo en en 90% que debes esperar un motivo racional en tentativa o consumado de algún delito o alguna infracción de tipo muy leve para hechar a la calle a alguien...
Gracias,más bien quiero aumentar mi certeza confirmando algunas cosillas que he visto en el trabajo.
Un saludo.
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Me refería a los escándalos públicos dentro de un local,tienda etc que presuntamente es o era una infracción administrativa municipal.Esto creo ya estaba muy desfasado cuando me lo dijeron y es algo viejo.
Hablo especulativamente o sobre esas hipótesis en el tema de escandalos publicos ...porque creo en en 90% que debes esperar un motivo racional en tentativa o consumado de algún delito o alguna infracción de tipo muy leve para hechar a la calle a alguien...
Gracias,más bien quiero aumentar mi certeza confirmando algunas cosillas que he visto en el trabajo.
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Re: Allanamiento de una propiedad jurídica o un establecimiento público etc en horario no abierto al público.Comentarios.
Sáb 12 Mayo 2018, 19:43
Si en el trabajo ves cosas fuera de lo normal en conductas de usuarios que nos e comportan conforme a las normas establecidas del establecimiento en cuestion, simplemente debes advertirles e informarles de la norma que incumplen y si siguen asi infornmarles de que los desalojaras o les invitaras a abandonar el recinto en cuetion y que si no puedes tu solo ya lo haras acompañado de la policia pero que salir saldra si no se aviene a tus avisos.
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Re: Allanamiento de una propiedad jurídica o un establecimiento público etc en horario no abierto al público.Comentarios.
Sáb 12 Mayo 2018, 22:56
Según las circunstancias y el lugar creo es lo mejor que se podía hacer además con consulta al inspector de servicio.
Por terminar el tema y dejarlo a ver si alguien dice algo acaba de ver en la ley de seguridad ciudadana capitulo 5 artículo 27.7:
"7. La ocupación de cualquier inmueble, vivienda o edificio ajenos, o la permanencia en ellos, en ambos casos contra la voluntad de su propietario, arrendatario o titular de otro derecho sobre el mismo, cuando no sean constitutivas de infracción penal.
Asimismo la ocupación de la vía pública con infracción de lo dispuesto por la Ley o contra la decisión adoptada en aplicación de aquella por la autoridad competente. Se entenderá incluida en este supuesto la ocupación de la vía pública para la venta ambulante no autorizada"
Legislación consolidada última reforma.
Me aburro sólo tengo que vigilar unos bienes muebles en un espacio pequeño para evitar sabotajes de empleados en huelga.Hay trillones de mosquitos.
Un saludo.
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Por terminar el tema y dejarlo a ver si alguien dice algo acaba de ver en la ley de seguridad ciudadana capitulo 5 artículo 27.7:
"7. La ocupación de cualquier inmueble, vivienda o edificio ajenos, o la permanencia en ellos, en ambos casos contra la voluntad de su propietario, arrendatario o titular de otro derecho sobre el mismo, cuando no sean constitutivas de infracción penal.
Asimismo la ocupación de la vía pública con infracción de lo dispuesto por la Ley o contra la decisión adoptada en aplicación de aquella por la autoridad competente. Se entenderá incluida en este supuesto la ocupación de la vía pública para la venta ambulante no autorizada"
Legislación consolidada última reforma.
Me aburro sólo tengo que vigilar unos bienes muebles en un espacio pequeño para evitar sabotajes de empleados en huelga.Hay trillones de mosquitos.
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- freak_87Experto Nivel 6Premio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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Re: Allanamiento de una propiedad jurídica o un establecimiento público etc en horario no abierto al público.Comentarios.
Sáb 12 Mayo 2018, 23:07
Eso es josepmarti , como vigilante tu función es siempre informarles de que se comporten y si se ponen tercos llama a la policía , no busques confrontación con nadie .
Saludos
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