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Dudas sobre patrulla de vigilantes en poligonos
Vie 26 Ene 2018, 19:02
¿Puede alguien dar un poco de información sobre este tema?
¿Cómo ha de realizarse este servicio?
¿Cómo ha de ser la prevención de riesgos laborales para los vigilantes?
¿Puede contratar un grupo de Clientes de algunas naves vigilancia para ellos sólos pasando los vigilantes cierto tiempo en cada nave, o debe contratarse vigilancia conjunta para todo el polígono y solo hacer rondas por el mismo?
Lo ha preguntado un miembro del foro y yo formulo estas preguntas por él. No encuentro casi info del tema por internet.
Si podeis algun@ decir cómo va la cuestión...
Gracias
¿Cómo ha de realizarse este servicio?
¿Cómo ha de ser la prevención de riesgos laborales para los vigilantes?
¿Puede contratar un grupo de Clientes de algunas naves vigilancia para ellos sólos pasando los vigilantes cierto tiempo en cada nave, o debe contratarse vigilancia conjunta para todo el polígono y solo hacer rondas por el mismo?
Lo ha preguntado un miembro del foro y yo formulo estas preguntas por él. No encuentro casi info del tema por internet.
Si podeis algun@ decir cómo va la cuestión...
Gracias
- josepmartiAdministradorPremio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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Re: Dudas sobre patrulla de vigilantes en poligonos
Vie 26 Ene 2018, 19:20
A ver , puedo contestar a algunas preguntas.
Lo de la prevencion de riesgos, que no se coman el coco, es un curso que te da la empresa referente al servicio o a los vigilantes en general.
Un servicio en un poligono puede ser contratado como algo global osea desde la asociacion de empresas o administracion del poligono un servicio de vigilancia con coche patrulla realizando rondas por todo el poligono cada x tiempo y realizando puntos de marcaje como si fuera de una sola empresa.
Tambien se puede contratar un servicio de acudas de alarmas y por lo tanto eso seria empresa por empresa asi como rondas por las mismas, osea con desconexion ronda interior y conexion de alarma y dejando parte por debajo de la puerta en cada visita.
Lo que si esta claro es que no se pueden simultanear ambos servicios, el acuda debe estar destinado solo a a acudas de alarmas y no s epuede simultanear con otros servicios.
Cada cliente es un servicio por lo que no se pueden contratar varias naves con distintos clientes con el mismo vigilante, cada cliente debe ser un servicio salvo de que se trate del mismo cliente.
Espero haber aclarado algo el tema.
Lo de la prevencion de riesgos, que no se coman el coco, es un curso que te da la empresa referente al servicio o a los vigilantes en general.
Un servicio en un poligono puede ser contratado como algo global osea desde la asociacion de empresas o administracion del poligono un servicio de vigilancia con coche patrulla realizando rondas por todo el poligono cada x tiempo y realizando puntos de marcaje como si fuera de una sola empresa.
Tambien se puede contratar un servicio de acudas de alarmas y por lo tanto eso seria empresa por empresa asi como rondas por las mismas, osea con desconexion ronda interior y conexion de alarma y dejando parte por debajo de la puerta en cada visita.
Lo que si esta claro es que no se pueden simultanear ambos servicios, el acuda debe estar destinado solo a a acudas de alarmas y no s epuede simultanear con otros servicios.
Cada cliente es un servicio por lo que no se pueden contratar varias naves con distintos clientes con el mismo vigilante, cada cliente debe ser un servicio salvo de que se trate del mismo cliente.
Espero haber aclarado algo el tema.
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- GaleguiñoMaster Nivel 5Premio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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Localización : Galicia
Re: Dudas sobre patrulla de vigilantes en poligonos
Vie 26 Ene 2018, 20:11
En este tema a ver si puedo ayudar un poco sin meter la pata.
El servicio de acuda seria solo en caso de salto de alarma, bien sea técnica, o por motivos de intrusión, fallo de comunicación ect, pero no seria un servicio de poligono como tal, seria bajo un contrato de servicio de acuda. Otra cosa es lo que se viene realizando habitualmente desde hace un tiempo, que es las rondas dinámicas, que es un servicio de vigilancia discontinua, y ese si se puede realizar en un mismo poligono a diferentes clientes, sin que implique la vigilancia de todo el poligono, habitualmente lo realizan los servicios de acuda siempre teniendo en cuenta como servicio principal los saltos de alarma, y muchas veces sin tener custodia de llaves del servicio de rondas dinámicas, porque el tener contratado el servicio de rondas no implica tener servicio de acuda, ya que la mayoria de las veces se realiza una ronda exterior, espero que me explicara bien.
El servicio de acuda seria solo en caso de salto de alarma, bien sea técnica, o por motivos de intrusión, fallo de comunicación ect, pero no seria un servicio de poligono como tal, seria bajo un contrato de servicio de acuda. Otra cosa es lo que se viene realizando habitualmente desde hace un tiempo, que es las rondas dinámicas, que es un servicio de vigilancia discontinua, y ese si se puede realizar en un mismo poligono a diferentes clientes, sin que implique la vigilancia de todo el poligono, habitualmente lo realizan los servicios de acuda siempre teniendo en cuenta como servicio principal los saltos de alarma, y muchas veces sin tener custodia de llaves del servicio de rondas dinámicas, porque el tener contratado el servicio de rondas no implica tener servicio de acuda, ya que la mayoria de las veces se realiza una ronda exterior, espero que me explicara bien.
- brennosUsuario adelantado Nivel 4Premio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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Re: Dudas sobre patrulla de vigilantes en poligonos
Vie 26 Ene 2018, 23:44
Hola a todos.
Bueno, sobre la Prevención de Riesgos.
La Ley de Prevencion de Riesgos Laborales entre otras cosas dice:
Artículo 18 Información, consulta y participación de los trabajadores
1. A fin de dar cumplimiento al deber de protección establecido en la presente Ley, el empresario adoptará las medidas adecuadas para que los trabajadores reciban todas las informaciones necesarias en relación con:
• a) Los riesgos para la seguridad y la salud de los trabajadores en el trabajo, tanto aquellos que afecten a la empresa en su conjunto como a cada tipo de puesto de trabajo o función.
• b) Las medidas y actividades de protección y prevención aplicables a los riesgos señalados en el apartado anterior.
• c) Las medidas adoptadas de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 de la presente Ley.
En las empresas que cuenten con representantes de los trabajadores, la información a que se refiere el presente apartado se facilitará por el empresario a los trabajadores a través de dichos representantes; no obstante, deberá informarse directamente a cada trabajador de los riesgos específicos que afecten a su puesto de trabajo o función y de las medidas de protección y prevención aplicables a dichos riesgos.
2. El empresario deberá consultar a los trabajadores, y permitir su participación, en el marco de todas las cuestiones que afecten a la seguridad y a la salud en el trabajo, de conformidad con lo dispuesto en el capítulo V de la presente Ley.
Los trabajadores tendrán derecho a efectuar propuestas al empresario, así como a los órganos de participación y representación previstos en el capítulo V de esta Ley, dirigidas a la mejora de los niveles de protección de la seguridad y la salud en la empresa.
Por lo que es la empresa la que te deberia consultar para elaborar el mapa de los riegos laborales y despues darte un plan de riesgos a los que te enfrentas al hacer tu trabajo y las medidas para evitarlos.
En cuato a la forma de realizar el servicio, se puede hacer :
Contratación de acudas y custodia de llaves.
Estos solo estarán para para confirmar saltos de alarmas y entrega de llaves si fuera preciso.Segun lo contratatado podrán hacer solo ronda exterior una vez haya saltado la alarma ó una ronda interior si así lo contempla el contrato, pero solo cuando haya salto de alarma.
Contratación de servicios discontinuos.
Son rondas PROGRAMADAS y establecidas en contrato y asi comunicadas a la unidad de policia correspondiente.
Se vá a la hora programada y durante el tiempo establecido,y luego a otro sitio y asi sucesivamente.En este caso en un poligono, varios clientes pueden tener este servicio;yo contrato de 3 a 4.30, otro contrata de 4.30 a 5.30 ......pero siempre ha de estar PROGRAMADO, no sirve ir cuando me apetezca y el tiempo que me dé la gana.
Se suele hacer que el servicio de ACUDA haga este servicio, "olvidando" que son dos servicios diferentes e incompatibles (que se haga es otra cosa ,pero no es legal)
Servicio de vigilancia de poligonos.
Servicio que se hace mediante patrullas (dos vigilantes que pueden ir cada uno en un vehiculo) siempre comunicados entre si o mediante un centro de control.Creo recordar que por la noche se ha de ir armado.
Por lo que puede darse el caso que en un mismo polígono pueda haber :
Servicio de vigilancia del poligono : la comunidad de propietarios del poligono contrata una empresa para que vigile todas las naves del poligono(cobrabando a todos los propietarios una cantidad que depende de la superficie de cada parcela).Esta vigilancia si hay varios vigilantes ha de ser de la misma empresa XXX.
Al mismo tiempo el empresario que lo estime oportuno puede tener vigilancia en propia instalación con la empresa YYY.
Otros pueden tener además un servicio contratado de Vigilancia discontinua (PROGRAMADO) con la empresa ZZZ.
Y otros pueden tener contratado el servicio de acudas(que no vigilancia discontinua) con la empresa 000.
Par que veais que florido puede ser la cantidad de servicios que se pueden dar un mismo Polígono.
Para mas info Ley de Seguridad Privada y Reglamento.
Bueno, sobre la Prevención de Riesgos.
La Ley de Prevencion de Riesgos Laborales entre otras cosas dice:
Artículo 18 Información, consulta y participación de los trabajadores
1. A fin de dar cumplimiento al deber de protección establecido en la presente Ley, el empresario adoptará las medidas adecuadas para que los trabajadores reciban todas las informaciones necesarias en relación con:
• a) Los riesgos para la seguridad y la salud de los trabajadores en el trabajo, tanto aquellos que afecten a la empresa en su conjunto como a cada tipo de puesto de trabajo o función.
• b) Las medidas y actividades de protección y prevención aplicables a los riesgos señalados en el apartado anterior.
• c) Las medidas adoptadas de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 de la presente Ley.
En las empresas que cuenten con representantes de los trabajadores, la información a que se refiere el presente apartado se facilitará por el empresario a los trabajadores a través de dichos representantes; no obstante, deberá informarse directamente a cada trabajador de los riesgos específicos que afecten a su puesto de trabajo o función y de las medidas de protección y prevención aplicables a dichos riesgos.
2. El empresario deberá consultar a los trabajadores, y permitir su participación, en el marco de todas las cuestiones que afecten a la seguridad y a la salud en el trabajo, de conformidad con lo dispuesto en el capítulo V de la presente Ley.
Los trabajadores tendrán derecho a efectuar propuestas al empresario, así como a los órganos de participación y representación previstos en el capítulo V de esta Ley, dirigidas a la mejora de los niveles de protección de la seguridad y la salud en la empresa.
Por lo que es la empresa la que te deberia consultar para elaborar el mapa de los riegos laborales y despues darte un plan de riesgos a los que te enfrentas al hacer tu trabajo y las medidas para evitarlos.
En cuato a la forma de realizar el servicio, se puede hacer :
Contratación de acudas y custodia de llaves.
Estos solo estarán para para confirmar saltos de alarmas y entrega de llaves si fuera preciso.Segun lo contratatado podrán hacer solo ronda exterior una vez haya saltado la alarma ó una ronda interior si así lo contempla el contrato, pero solo cuando haya salto de alarma.
Contratación de servicios discontinuos.
Son rondas PROGRAMADAS y establecidas en contrato y asi comunicadas a la unidad de policia correspondiente.
Se vá a la hora programada y durante el tiempo establecido,y luego a otro sitio y asi sucesivamente.En este caso en un poligono, varios clientes pueden tener este servicio;yo contrato de 3 a 4.30, otro contrata de 4.30 a 5.30 ......pero siempre ha de estar PROGRAMADO, no sirve ir cuando me apetezca y el tiempo que me dé la gana.
Se suele hacer que el servicio de ACUDA haga este servicio, "olvidando" que son dos servicios diferentes e incompatibles (que se haga es otra cosa ,pero no es legal)
Servicio de vigilancia de poligonos.
Servicio que se hace mediante patrullas (dos vigilantes que pueden ir cada uno en un vehiculo) siempre comunicados entre si o mediante un centro de control.Creo recordar que por la noche se ha de ir armado.
Por lo que puede darse el caso que en un mismo polígono pueda haber :
Servicio de vigilancia del poligono : la comunidad de propietarios del poligono contrata una empresa para que vigile todas las naves del poligono(cobrabando a todos los propietarios una cantidad que depende de la superficie de cada parcela).Esta vigilancia si hay varios vigilantes ha de ser de la misma empresa XXX.
Al mismo tiempo el empresario que lo estime oportuno puede tener vigilancia en propia instalación con la empresa YYY.
Otros pueden tener además un servicio contratado de Vigilancia discontinua (PROGRAMADO) con la empresa ZZZ.
Y otros pueden tener contratado el servicio de acudas(que no vigilancia discontinua) con la empresa 000.
Par que veais que florido puede ser la cantidad de servicios que se pueden dar un mismo Polígono.
Para mas info Ley de Seguridad Privada y Reglamento.
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