- mañico82Usuario medio Nivel 3Premio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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¿Qué opináis? ¿Como actuaríais vosotros?
Sáb 11 Feb 2017, 17:29
Buenas tardes, compañeros.
Lo siguiente que expongo es real, no es un caso "imaginario". Ni más ni menos comento lo que ocurre donde estoy trabajando. Conozco muy bien lo que dice el convenio colectivo, así como el estatuto de los trabajadores, etc. Si no es mucha molestia para vosotros, aunque yo llevo idea de hacer unos movimientos, querría saber qué pensáis en relación con lo que ocurre y qué sería lo que vosotros haríais, y cómo. Bueno, sin más paso a lo verdaderamente importante.
Llevo 11 meses en el sector de la seguridad privada de forma continuada, con contratos temporales "de momento". Antes estuve mucho más tiempo, pero por motivos personales/familiares tuve que dejarlo. En el mismo servicio que empecé hace 11 meses, continúo.
Cuando empecé en el servicio estábamos 5 vigilantes, de los cuales 4 tenían contrato indefinido a jornada completa (desde hace años) y yo un contrato a tiempo parcial.
Tras consultarlo en el sindicato y poner denuncia en inspección de trabajo, se convocaron una serie de manifestaciones en la puerta del servicio, las cuales no se llegaron a hacer ya que la empresa firmó un acuerdo aprobando todo lo que se denunciaba (acuerdo firmado por inspección de trabajo, sindicato y empresa).
El acuerdo firmado decía lo siguiente (guardo copia):
5 VS a jornada completa (servicio de 24 horas, 365 días al año).
Cumplimiento del artículo del convenio, donde hace referencia a la horquilla anual, con 1782 horas anuales cada Vigilante, ya que es un servicio fijo y estable cuya empresa gestiona desde hace muchos años y acaba de renovar otros tantos más.
Además, se acordó que no se podía mandar a los vigilantes a otros servicios por cuadrante, siendo esto totalmente voluntario.
Cuadrante anual.
Bien, pasados 2 meses nos encontramos ante la siguiente situación:
1. Tenemos cuadrante anual, pero no se respeta la horquilla. Es decir, hay meses que hacemos 184 horas, otros 103... lo que hace que unos deban 40 horas, a otros les sobre 20...
2. Nos comunican desde la empresa que las 1782 horas que debemos hacer cada uno, es en la suma de varios servicios. Por ejemplo, que si yo debo 50 horas en el cómputo anual del servicio, perfectamente me pueden llamar para ir a otros sitios.
3. Uno de los servicios a los cuales nos mandaban algún día, tiene un complemento especial (se paga a 12 euros la hora). Ahora nos dicen que como no llegamos a las horas en el cuadrante anual del servicio, cuando nos manden a ese otro servicio se nos pagará como una hora normal.
4. Sobre el curso de formación o reciclaje, nos comunican que sólo 8 de las 20 horas entrarán a contar en el cómputo anual, las otras 12 serán extraordinarias. Ahora van a hacer 12 horas online y 8 presenciales.
5. Referente a mi contrato, ahora los 5 VS estamos a jornada completa, peeeeeeeer... sé muy bien que mi contrato está en fraude de ley, puesto que es "por circunstancias de la producción". Claramente lo está, además de que así lo pienso, así lo ha dicho un inspector de trabajo, el propio sindicato, etc.
Bueno, ¿cómo veis el tema?
Tengo muy claro cuál es la idea que llevo en la mente, pero me gustaría saber vuestra opinión al respeto de todo.
Gracias compañeros.
Lo siguiente que expongo es real, no es un caso "imaginario". Ni más ni menos comento lo que ocurre donde estoy trabajando. Conozco muy bien lo que dice el convenio colectivo, así como el estatuto de los trabajadores, etc. Si no es mucha molestia para vosotros, aunque yo llevo idea de hacer unos movimientos, querría saber qué pensáis en relación con lo que ocurre y qué sería lo que vosotros haríais, y cómo. Bueno, sin más paso a lo verdaderamente importante.
Llevo 11 meses en el sector de la seguridad privada de forma continuada, con contratos temporales "de momento". Antes estuve mucho más tiempo, pero por motivos personales/familiares tuve que dejarlo. En el mismo servicio que empecé hace 11 meses, continúo.
Cuando empecé en el servicio estábamos 5 vigilantes, de los cuales 4 tenían contrato indefinido a jornada completa (desde hace años) y yo un contrato a tiempo parcial.
Tras consultarlo en el sindicato y poner denuncia en inspección de trabajo, se convocaron una serie de manifestaciones en la puerta del servicio, las cuales no se llegaron a hacer ya que la empresa firmó un acuerdo aprobando todo lo que se denunciaba (acuerdo firmado por inspección de trabajo, sindicato y empresa).
El acuerdo firmado decía lo siguiente (guardo copia):
5 VS a jornada completa (servicio de 24 horas, 365 días al año).
Cumplimiento del artículo del convenio, donde hace referencia a la horquilla anual, con 1782 horas anuales cada Vigilante, ya que es un servicio fijo y estable cuya empresa gestiona desde hace muchos años y acaba de renovar otros tantos más.
Además, se acordó que no se podía mandar a los vigilantes a otros servicios por cuadrante, siendo esto totalmente voluntario.
Cuadrante anual.
Bien, pasados 2 meses nos encontramos ante la siguiente situación:
1. Tenemos cuadrante anual, pero no se respeta la horquilla. Es decir, hay meses que hacemos 184 horas, otros 103... lo que hace que unos deban 40 horas, a otros les sobre 20...
2. Nos comunican desde la empresa que las 1782 horas que debemos hacer cada uno, es en la suma de varios servicios. Por ejemplo, que si yo debo 50 horas en el cómputo anual del servicio, perfectamente me pueden llamar para ir a otros sitios.
3. Uno de los servicios a los cuales nos mandaban algún día, tiene un complemento especial (se paga a 12 euros la hora). Ahora nos dicen que como no llegamos a las horas en el cuadrante anual del servicio, cuando nos manden a ese otro servicio se nos pagará como una hora normal.
4. Sobre el curso de formación o reciclaje, nos comunican que sólo 8 de las 20 horas entrarán a contar en el cómputo anual, las otras 12 serán extraordinarias. Ahora van a hacer 12 horas online y 8 presenciales.
5. Referente a mi contrato, ahora los 5 VS estamos a jornada completa, peeeeeeeer... sé muy bien que mi contrato está en fraude de ley, puesto que es "por circunstancias de la producción". Claramente lo está, además de que así lo pienso, así lo ha dicho un inspector de trabajo, el propio sindicato, etc.
Bueno, ¿cómo veis el tema?
Tengo muy claro cuál es la idea que llevo en la mente, pero me gustaría saber vuestra opinión al respeto de todo.
Gracias compañeros.
- 38435-6718Experto en Seguridad Nivel 10Premio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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Re: ¿Qué opináis? ¿Como actuaríais vosotros?
Sáb 11 Feb 2017, 18:36
El conttato en fraude de ley, esta claro que se convierte en indefinido, pero te da lo mismo que lo mismo te da con el tiempo que llevas te finiquitan por nada.
La empresaa tiene el poder organizativo, quiere decirse que te organiza el trabajo. Lo que no es normal que unos hagan 180 horas y otros 120, pero si tiene el poder para mandarte a otro servicio para que llegues a computo
siempre en caso que no se llegue en el servicio asignado.
En cuanto al plus que se paga en ese servicio habria que saber cual es el acuerdo, porque puede tener el condicionante de que para cobrar esa mejora slarial tenga que hacer uno el computo mensual. Pide el acuerdo y qlo estudias.
La formacion para que nos entadmos se abona, lo que no entiendo es que si no llegas a computo de las paguen como horas extras. SI tu haces un computo de 140 horas y haces 20 horas de formacion, lo mas logico es que tu computo fuera de 160 ese mes. No hay que olvidar que las horas extras son mas caras que las ordinarias. Por eso no lo entiendo.
La empresaa tiene el poder organizativo, quiere decirse que te organiza el trabajo. Lo que no es normal que unos hagan 180 horas y otros 120, pero si tiene el poder para mandarte a otro servicio para que llegues a computo
siempre en caso que no se llegue en el servicio asignado.
En cuanto al plus que se paga en ese servicio habria que saber cual es el acuerdo, porque puede tener el condicionante de que para cobrar esa mejora slarial tenga que hacer uno el computo mensual. Pide el acuerdo y qlo estudias.
La formacion para que nos entadmos se abona, lo que no entiendo es que si no llegas a computo de las paguen como horas extras. SI tu haces un computo de 140 horas y haces 20 horas de formacion, lo mas logico es que tu computo fuera de 160 ese mes. No hay que olvidar que las horas extras son mas caras que las ordinarias. Por eso no lo entiendo.
- mañico82Usuario medio Nivel 3Premio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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Re: ¿Qué opináis? ¿Como actuaríais vosotros?
Sáb 11 Feb 2017, 19:13
38435-6718 escribió:El conttato en fraude de ley, esta claro que se convierte en indefinido, pero te da lo mismo que lo mismo te da con el tiempo que llevas te finiquitan por nada.
La empresaa tiene el poder organizativo, quiere decirse que te organiza el trabajo. Lo que no es normal que unos hagan 180 horas y otros 120, pero si tiene el poder para mandarte a otro servicio para que llegues a computo
siempre en caso que no se llegue en el servicio asignado.
En cuanto al plus que se paga en ese servicio habria que saber cual es el acuerdo, porque puede tener el condicionante de que para cobrar esa mejora slarial tenga que hacer uno el computo mensual. Pide el acuerdo y qlo estudias.
La formacion para que nos entadmos se abona, lo que no entiendo es que si no llegas a computo de las paguen como horas extras. SI tu haces un computo de 140 horas y haces 20 horas de formacion, lo mas logico es que tu computo fuera de 160 ese mes. No hay que olvidar que las horas extras son mas caras que las ordinarias. Por eso no lo entiendo.
Gracias por contestar, amigo.
Sí, en realidad importa poco hoy en día un contrato indefinido, pero... no olvidemos que luego hay que justificar los despidos de alguna manera. Es decir, que es fácil despedirte, pero luego hay que demostrar que el despido es procedente.
Sobre que la empresa tiene el poder organizativo. En realidad, si el servicio da para 5 personas a jornada anual (horquilla), siendo éste un servicio fijo y estable, la empresa debe darte un cuadrante anual llegando a cómputo de 1782. Luego si tú quieres hacer horas fuera de él o no, es decisión del trabajador. Es ilógico tener un cuadrante anual llegando a las horas y que la empresa luego te mueva de un lado a otro...
Hay que olvidarse del cómputo de las 162 horas. Aquí hacemos horquilla.
Yo lo entiendo así de fácil:
1. Todo el mundo del servicio tiene que llegar a las 1782 horas, curso de reciclaje incluido. Si llegado el mes de noviembre, por ejemplo, hay alguno que no llega por x horas, debe hacer las horas que falten en otro servicio.
2. Toda aquella hora que pase de 1782, será hora extra.
3. ¡Qué ganas de tocar los cojones tiene la gente, más cuando inspección de trabajo les ha dado un toque y el sindicato está a puntito de manifestarse en la puerta, con el daño que hará al cliente! Tendríais que haber visto cuando se convocó la manifestación... los peces gordos de la empresa cliente llamando a la empresa de seguridad, diciéndoles: "lo solucionáis ya, sí o sí".
No hay que olvidar que hablamos de un servicio millonario, posiblemente el mejor que la empresa de seguridad tiene.
Otra denuncia con su correspondiente manifestación podría terminar en cese a la empresa actual.
- 38435-6718Experto en Seguridad Nivel 10Premio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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Re: ¿Qué opináis? ¿Como actuaríais vosotros?
Sáb 11 Feb 2017, 19:57
Bueno, lo tienes muy claro, la verdad, pero no olvides una cosa, si por un casual la empresa actual pierde el servicio por un motivo digamos reivindicativo, la que entre en un principio bien, pero despues a todos los alborotadores se los va a cepillar. Cuando tenemos una vaca a que ordeñarla y beber todos de la leche pero hay que cuidar que la vaca no se muera.
- mañico82Usuario medio Nivel 3Premio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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Re: ¿Qué opináis? ¿Como actuaríais vosotros?
Sáb 11 Feb 2017, 20:07
38435-6718 escribió:Cuando tenemos una vaca a que ordeñarla y beber todos de la leche pero hay que cuidar que la vaca no se muera.
Jajajaja. No había escuchado nunca eso, me ha hecho mucha gracia Tienes razón, amigo.
Más que tener o no razón, que una cosa es tenerla y otra saberla defender, me interesaría saber cómo actuaríais los demás ante una situación pareja. Sé que entiendo mucho de la teoría, pero en la práctica me queda un infinito de aprender de vosotros (y de la teoría seguro que también, nadie sabe todo y de todo el mundo se puede aprender algo).
Gracias!!
- 38435-6718Experto en Seguridad Nivel 10Premio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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Re: ¿Qué opináis? ¿Como actuaríais vosotros?
Sáb 11 Feb 2017, 20:14
En este simil la vaca es el cliente. Claro si se muere la vaca todos perdemos.
Se podria intentar una reunion con alguien por encima de esta persona que hace asi los cuadrantes para intentar razonar con el y hacerle entender que eso no es normal.
Si eso no funciona pues inspeccion de trabajo con los cuadrantes generales de todos explicando (ojo sin inmiscuir al cliente) ese problema y diferencia de cuadrnte, que aunque haya una horquilla y demas todos los trabajadores tienen que hacer un minimo y un maximo de horas, no las que me de la gana. Algo resultara.
Pero a mi me da, que el motivo de eso es el amiguismo que pueda haber con algunos vigilantes. No se eso me da.
Se podria intentar una reunion con alguien por encima de esta persona que hace asi los cuadrantes para intentar razonar con el y hacerle entender que eso no es normal.
Si eso no funciona pues inspeccion de trabajo con los cuadrantes generales de todos explicando (ojo sin inmiscuir al cliente) ese problema y diferencia de cuadrnte, que aunque haya una horquilla y demas todos los trabajadores tienen que hacer un minimo y un maximo de horas, no las que me de la gana. Algo resultara.
Pero a mi me da, que el motivo de eso es el amiguismo que pueda haber con algunos vigilantes. No se eso me da.
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Re: ¿Qué opináis? ¿Como actuaríais vosotros?
Dom 12 Feb 2017, 05:05
Voy a dar mi opinión, siempre diciendo que es lo que yo opino, que no tiene por qué ser lo correcto o interpretado de la misma forma por los jueces.
Aquí sólo podemos especular
Un H24 de 365 días al año (osea todo el año), da para:
365 días x 24 horas = 8760 horas
8760 horas / 5 vigilantes = 1752 horas cada vigilante.
A cada vigilante le faltan 30 horas exactamente para llegar a 1782.
Un cuadrante anual debe GARANTIZAR las 1782 horas. Y no debe tener horas extra. Lo dice el convenio.
Sólo podrán añadir las horas de formación a este cuadrante, puesto que el artículo de la formación dice:
Cuando se efectúe la actividad formativa obligatoria fuera de la jornada laboral se abonarán al trabajador las horas empleadas en ella a precio de hora extraordinaria de su nivel funcional.
Y de aquí se desprende que las horas de formación pueden estar dentro de la jornada de trabajo, lo que significa que pueden formar parte de cualquier cuadrante anual que no llegue a las horas anuales, pero sin pasarlas, porque si las pasa ese cuadrante anual tendría horas extra, y no puede tenerlas.
Las horas que sobrepasasen añadiendo la formación serían extras y no formarían parte de ese cuadrante anual. Y por ello se cobrarían como extras. De ahí su nombre.
Cada uno de los 5 vigilantes tenéis entonces 1752 horas de servicio y 20 de formación en vuestro cuadrante anual. En total llevamos ya 1772 horas. Todas ordinarias y que forman parte de la jornada. Nos faltan 10 horas para llegar a las 1782.
Lo primero voy a comentar lo siguiente:
Yo no he visto en ninguna ley, ni en ningún artículo del convenio eso de que cuando uno no llega con el cuadrante anual a las 1782 tiene que ir obligatoriamente a completarlas a otro servicio ¿Donde pone eso?. Lo que sí he visto es que ese cuadrante anual DEBE GARANTIZAR las 1782 horas anuales.
Esto que acabo de decir, sumado a lo que he citado de [Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo] respecto al acuerdo con la inspección, me hace estar claramente convencida de que si el cuadrante anual no llega a las horas ES PROBLEMA DE LA EMPRESA. Y entonces deberíamos leer esta otra frase del convenio:
La aplicación de esta forma de distribución irregular de la jornada mensual (la de la horquilla por supuesto) no implicará variación alguna respecto de la forma en que se devengan y abonan las remuneraciones ordinarias pactadas en el convenio, debiendo percibirse la remuneración de las tablas salariales fijadas en el convenio, con independencia del número de horas efectivamente realizadas.
Si la empresa no garantiza las 1782 horas es su problema, pero el vigilante debe seguir cobrando la tabla salarial completa. No es problema del vigilante si la distribución de la jornada de ese servicio provoca que sus horas efectivamente realizadas sean menos. Y eso dice precisamente la segunda parte de la frase en la que he resaltado en negrita unas palabras.
------------------------------------------------------
La inspección ha levantado un acta a tu empresa (por decirlo así) por todos sus incumplimientos.
Tú dices que la empresa y el sindicato han firmado un acuerdo con la inspección. Yo el único motivo que veo para que tu empresa firme un acuerdo con la inspección es NO ser sancionada.
Seguramente la inspección y el sindicato le hayan "dicho" a tu empresa: si firmas este acuerdo y lo cumples no serás sancionada. Te vamos a perdonar una sanción por ahora.
Porque si no fuese así, la inspección hubiese sancionado a tu empresa y no hubiese firmado ningún acuerdo. Si se ha firmado tiene que ser para "dar otra oportunidad" a tu empresa.
Como tu empresa no está cumpliendo el acuerdo al que llegó con la inspección de trabajo, yo iría a presentar una demanda al juzgado de lo social "por incumplimiento de acuerdo con la inspección de trabajo", para que sea el juez el que obligue a tu empresa a cumplir ese acuerdo. El juez ya se encargará de aplicar la sanción oportuna a tu empresa. Seguro que en cuanto le llegue la papeleta de conciliación empieza a cumplirlo para evitarse posibles sanciones.
------------------------------------------------------------------------------
La horquilla de trabajo es la que es y no pueden inventarse otra cualquiera que más les convenga. Tendría que adaptarse a los artículos de descansos entre turnos, y libranzas y estar pactada con los representantes de los trabajadores, cosa la cual no parece, dado este acuerdo con la inspección.
Respecto a las horas que dices del servicio que os pagan más caro estarían fuera del cuadrante anual, porque recuerda, no era problema vuestro el no llegar a las horas y que os falten 10 para llegar a las 1782.
Esas horas que hicieseis allí, deberían ser extras obligatoriamente. Y por supuesto cobrarlas a precio del servicio caro, que para eso pertenecen a él.
Fin de mi perorata legal, que no sabemos si sería interpretada de la misma forma por cualquier juez.
Aquí sólo podemos especular
Un H24 de 365 días al año (osea todo el año), da para:
365 días x 24 horas = 8760 horas
8760 horas / 5 vigilantes = 1752 horas cada vigilante.
A cada vigilante le faltan 30 horas exactamente para llegar a 1782.
Un cuadrante anual debe GARANTIZAR las 1782 horas. Y no debe tener horas extra. Lo dice el convenio.
Sólo podrán añadir las horas de formación a este cuadrante, puesto que el artículo de la formación dice:
Cuando se efectúe la actividad formativa obligatoria fuera de la jornada laboral se abonarán al trabajador las horas empleadas en ella a precio de hora extraordinaria de su nivel funcional.
Y de aquí se desprende que las horas de formación pueden estar dentro de la jornada de trabajo, lo que significa que pueden formar parte de cualquier cuadrante anual que no llegue a las horas anuales, pero sin pasarlas, porque si las pasa ese cuadrante anual tendría horas extra, y no puede tenerlas.
Las horas que sobrepasasen añadiendo la formación serían extras y no formarían parte de ese cuadrante anual. Y por ello se cobrarían como extras. De ahí su nombre.
Cada uno de los 5 vigilantes tenéis entonces 1752 horas de servicio y 20 de formación en vuestro cuadrante anual. En total llevamos ya 1772 horas. Todas ordinarias y que forman parte de la jornada. Nos faltan 10 horas para llegar a las 1782.
mañico82 escribió:
Además, se acordó que no se podía mandar a los vigilantes a otros servicios por cuadrante, siendo esto totalmente voluntario.
Lo primero voy a comentar lo siguiente:
Yo no he visto en ninguna ley, ni en ningún artículo del convenio eso de que cuando uno no llega con el cuadrante anual a las 1782 tiene que ir obligatoriamente a completarlas a otro servicio ¿Donde pone eso?. Lo que sí he visto es que ese cuadrante anual DEBE GARANTIZAR las 1782 horas anuales.
Esto que acabo de decir, sumado a lo que he citado de [Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo] respecto al acuerdo con la inspección, me hace estar claramente convencida de que si el cuadrante anual no llega a las horas ES PROBLEMA DE LA EMPRESA. Y entonces deberíamos leer esta otra frase del convenio:
La aplicación de esta forma de distribución irregular de la jornada mensual (la de la horquilla por supuesto) no implicará variación alguna respecto de la forma en que se devengan y abonan las remuneraciones ordinarias pactadas en el convenio, debiendo percibirse la remuneración de las tablas salariales fijadas en el convenio, con independencia del número de horas efectivamente realizadas.
Si la empresa no garantiza las 1782 horas es su problema, pero el vigilante debe seguir cobrando la tabla salarial completa. No es problema del vigilante si la distribución de la jornada de ese servicio provoca que sus horas efectivamente realizadas sean menos. Y eso dice precisamente la segunda parte de la frase en la que he resaltado en negrita unas palabras.
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La inspección ha levantado un acta a tu empresa (por decirlo así) por todos sus incumplimientos.
Tú dices que la empresa y el sindicato han firmado un acuerdo con la inspección. Yo el único motivo que veo para que tu empresa firme un acuerdo con la inspección es NO ser sancionada.
Seguramente la inspección y el sindicato le hayan "dicho" a tu empresa: si firmas este acuerdo y lo cumples no serás sancionada. Te vamos a perdonar una sanción por ahora.
Porque si no fuese así, la inspección hubiese sancionado a tu empresa y no hubiese firmado ningún acuerdo. Si se ha firmado tiene que ser para "dar otra oportunidad" a tu empresa.
Como tu empresa no está cumpliendo el acuerdo al que llegó con la inspección de trabajo, yo iría a presentar una demanda al juzgado de lo social "por incumplimiento de acuerdo con la inspección de trabajo", para que sea el juez el que obligue a tu empresa a cumplir ese acuerdo. El juez ya se encargará de aplicar la sanción oportuna a tu empresa. Seguro que en cuanto le llegue la papeleta de conciliación empieza a cumplirlo para evitarse posibles sanciones.
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La horquilla de trabajo es la que es y no pueden inventarse otra cualquiera que más les convenga. Tendría que adaptarse a los artículos de descansos entre turnos, y libranzas y estar pactada con los representantes de los trabajadores, cosa la cual no parece, dado este acuerdo con la inspección.
Respecto a las horas que dices del servicio que os pagan más caro estarían fuera del cuadrante anual, porque recuerda, no era problema vuestro el no llegar a las horas y que os falten 10 para llegar a las 1782.
Esas horas que hicieseis allí, deberían ser extras obligatoriamente. Y por supuesto cobrarlas a precio del servicio caro, que para eso pertenecen a él.
Fin de mi perorata legal, que no sabemos si sería interpretada de la misma forma por cualquier juez.
- ValkyriaMiembro VIPPremio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foroRecompensaRecompensa por la aportación al foroMaxima graduacionAl mejor A la mejor aportación al foro
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Re: ¿Qué opináis? ¿Como actuaríais vosotros?
Dom 12 Feb 2017, 06:32
Uy, se me olvidaba hablar de tus contrates temporales en fraude.
Yo seguiría trabajando con contratos temporales y aceptando esta situación hasta el día en que me despidiesen porque ya no me hiciesen más contratos.
Ese día de mi despido definitivo, iría a presentar una demanda en el juzgado, diciendo que mis contratos estaban en fraude y que por tanto ese fin de contrato último no se ha hecho correctamente porque tú ya "deberías estar considerado como indefinido".
Entonces, o la empresa te readmite y te paga los salarios de tramitación si el despido es considerado nulo, desde el día del despido hasta la fecha del juicio o si es considerado improcedente deberá pagarte 33 días por año de indemnización.
¿Por qué esperaría hasta mi último contrato?
Pues porque ahora, cada vez que te finaliza un contrato temporal de esos que tienes estarás cobrando una indemnización de fin de contrato. A partir del 1 de enero de 2015 esa indemnización es de 12 días por año.
Con 11 meses trabajados esa indemnización que te habrán dado habrá sido irrisoria por cada fin de contrato (que no se de cuánto tiempo son tus contratos temporales). Pero al fin y al cabo ha sido un dinerillo de más que te has estado embolsando (porque incluimos también en cada uno de los finiquitos la parte proporcional de las pagas extra y la de vacaciones).
Y en caso de que ese despido último fuese declarado improcedente, (o nulo), aunque cobrases los 33 días por año de indemnización en ese momento, no tendrías que devolver las indemnizaciones recibidas con anterioridad por finalización de cada contrato temporal (hay una sentencia del Tribunal supremo que confirma esto).
Así que esperando y aguantando esta situación al final el día de tu despido siempre habrías cobrado más dinero, que si ahora mismo vas corriendo al juzgado para que te sea reconocido ante la ley tu contrato indefinido.
Este contrato indefinido reconocido mañana mismo no iba a evitar que en un futuro la empresa te despidiese igualmente si le diese la gana, y entonces llegado ese momento cobrarías 33 días por año trabajado, pero habrías dejado de cobrar las indemnizaciones correspondientes a las finalizaciones de tus siguientes contratos temporales a partir de mañana.
Hay que pensar en la manera de actuar que nos sea más beneficiosa a nosotros, ya que tenemos que aguantar las tonterías de nuestras empresas. Por lo menos sacar tajada, ya que ellos lo han querido así.
Ellos= empresa.
Ñec, ñeeeeeeeeeeeec, qué mala soy.
Yo seguiría trabajando con contratos temporales y aceptando esta situación hasta el día en que me despidiesen porque ya no me hiciesen más contratos.
Ese día de mi despido definitivo, iría a presentar una demanda en el juzgado, diciendo que mis contratos estaban en fraude y que por tanto ese fin de contrato último no se ha hecho correctamente porque tú ya "deberías estar considerado como indefinido".
Entonces, o la empresa te readmite y te paga los salarios de tramitación si el despido es considerado nulo, desde el día del despido hasta la fecha del juicio o si es considerado improcedente deberá pagarte 33 días por año de indemnización.
¿Por qué esperaría hasta mi último contrato?
Pues porque ahora, cada vez que te finaliza un contrato temporal de esos que tienes estarás cobrando una indemnización de fin de contrato. A partir del 1 de enero de 2015 esa indemnización es de 12 días por año.
Con 11 meses trabajados esa indemnización que te habrán dado habrá sido irrisoria por cada fin de contrato (que no se de cuánto tiempo son tus contratos temporales). Pero al fin y al cabo ha sido un dinerillo de más que te has estado embolsando (porque incluimos también en cada uno de los finiquitos la parte proporcional de las pagas extra y la de vacaciones).
Y en caso de que ese despido último fuese declarado improcedente, (o nulo), aunque cobrases los 33 días por año de indemnización en ese momento, no tendrías que devolver las indemnizaciones recibidas con anterioridad por finalización de cada contrato temporal (hay una sentencia del Tribunal supremo que confirma esto).
Así que esperando y aguantando esta situación al final el día de tu despido siempre habrías cobrado más dinero, que si ahora mismo vas corriendo al juzgado para que te sea reconocido ante la ley tu contrato indefinido.
Este contrato indefinido reconocido mañana mismo no iba a evitar que en un futuro la empresa te despidiese igualmente si le diese la gana, y entonces llegado ese momento cobrarías 33 días por año trabajado, pero habrías dejado de cobrar las indemnizaciones correspondientes a las finalizaciones de tus siguientes contratos temporales a partir de mañana.
Hay que pensar en la manera de actuar que nos sea más beneficiosa a nosotros, ya que tenemos que aguantar las tonterías de nuestras empresas. Por lo menos sacar tajada, ya que ellos lo han querido así.
Ellos= empresa.
Ñec, ñeeeeeeeeeeeec, qué mala soy.
- mañico82Usuario medio Nivel 3Premio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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Re: ¿Qué opináis? ¿Como actuaríais vosotros?
Dom 12 Feb 2017, 15:52
Buenas tardes,
Muchas gracias por la respuesta, compañera. Efectivamente pienso igual que tú desde la primera hasta la última letra. Va a ser cierto que se nos huele a la legua a quienes pensamos igual, como decías... jajaja.
El proceso que tú seguirías es el mismo que yo pensaba seguir, sin más.
Dicho lo cual, puesto que el sindicato sabe que se ha incumplido todo el acuerdo, antes de que llegue esa situación es probable, seguro, que se "líe una buena" en la puerta del servicio. Lo que ya no sé si es bueno o no que la concetración se haga en la puerta del servicio/cliente, puesto que no entiendo qué culpa tiene el cliente de todo...
Gracias por vuestras aportaciones, este foro y quienes lo forman es asombroso.
Muchas gracias por la respuesta, compañera. Efectivamente pienso igual que tú desde la primera hasta la última letra. Va a ser cierto que se nos huele a la legua a quienes pensamos igual, como decías... jajaja.
El proceso que tú seguirías es el mismo que yo pensaba seguir, sin más.
Dicho lo cual, puesto que el sindicato sabe que se ha incumplido todo el acuerdo, antes de que llegue esa situación es probable, seguro, que se "líe una buena" en la puerta del servicio. Lo que ya no sé si es bueno o no que la concetración se haga en la puerta del servicio/cliente, puesto que no entiendo qué culpa tiene el cliente de todo...
Gracias por vuestras aportaciones, este foro y quienes lo forman es asombroso.
- mañico82Usuario medio Nivel 3Premio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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Re: ¿Qué opináis? ¿Como actuaríais vosotros?
Dom 12 Feb 2017, 17:53
Valkyria escribió:
365 días x 24 horas = 8760 horas
8760 horas / 5 vigilantes = 1752 horas cada vigilante.
A cada vigilante le faltan 30 horas exactamente para llegar a 1782.
Estaba pensando ahora....
En este cálculo no están matidas las vacaciones...
Por ejemplo, aunque no es el caso, si fuéramos a 162 horas mensuales sería 162x11= 1782 (11 porque 31 día son vacaciones).
¿Estoy en lo cierto?
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Re: ¿Qué opináis? ¿Como actuaríais vosotros?
Dom 12 Feb 2017, 18:35
Estas en lo cierto, si.
En las 1782 horas no se incluyen nunca las vakas.
Un vigilante hara 1782 horas anuales y ademas tendra 31 dias de vacaciones.
162 horas x 11 meses + 31 dias de vacas.
Esto traducido a un cuadrante anual seria:
11 meses con horquilla = 1782 horas.
Y luego 1 mes de vacaciones.
Si las vakas son de 15 y 16 dias en meses distintos, pues ya se repartiria la horquilla en esos meses de manera proporcional. Y quedaria igual.
Ten en cuenta que si uno se va de vacas, el servicio queda cubierto igualmente.
Porque para eso hemos tenido en cuenta al calcular las 5 jornadas, que las horas del año entero en ese servicio son 24 horas los 365 dias del año. Y eso implica ya, que todas las horas estarian cubiertas. Al igual que implica que los vigilantes descansan sus dias correspondientes.
Un saludo
En las 1782 horas no se incluyen nunca las vakas.
Un vigilante hara 1782 horas anuales y ademas tendra 31 dias de vacaciones.
162 horas x 11 meses + 31 dias de vacas.
Esto traducido a un cuadrante anual seria:
11 meses con horquilla = 1782 horas.
Y luego 1 mes de vacaciones.
Si las vakas son de 15 y 16 dias en meses distintos, pues ya se repartiria la horquilla en esos meses de manera proporcional. Y quedaria igual.
Ten en cuenta que si uno se va de vacas, el servicio queda cubierto igualmente.
Porque para eso hemos tenido en cuenta al calcular las 5 jornadas, que las horas del año entero en ese servicio son 24 horas los 365 dias del año. Y eso implica ya, que todas las horas estarian cubiertas. Al igual que implica que los vigilantes descansan sus dias correspondientes.
Un saludo
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