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Apertura de despachos e inscripción de sociedades de detectives (modificaciones y bajas). Altas y bajas de detectives dependientes
Vie 28 Nov 2014, 01:32
Apertura de despachos e Inscripción de sociedades de detectives por detectives habilitados así como las variaciones laborales de detectives dependientes.
Documentos
Tarjeta de identidad Profesional de Detective (Sociedades y despachos).
Copia autorizada de escritura de constitución de sociedad (Sociedades).
Certificado de inscripción en el registro correspondiente. (Sociedades).
Original de la Tarjeta de Identidad profesional.
Justificante del pago de la tasa.
Datos básicos del procedimiento
Forma de iniciación: A solicitud del interesado.
Tipo de procedimiento: Autorizaciones, Licencias y Concesiones.
Materia del procedimiento: ACTIVIDAD ADMINISTRATIVA
Resolución del procedimiento:
Órganos competentes para resolver este procedimiento:
Por competencia propia
Dirección General de la Policía
Por delegación
Dirección Adjunta Operativa
Plazo máximo para resolver y notificar: 5 Días Hábiles.
La resolución del procedimiento sí pone fin a la vía administrativa.
Efecto de la falta de resolución en este plazo: Desestimatorio (inicio a solicitud del interesado).
Recursos que se pueden interponer:
Alzada
Órgano que resuelve el recurso: Superior jerárquico
Plazo de interposición del recurso: 1 mes
Normativa:
LEY 5/2014, de 4 abril, de Seguridad Privada.
REAL DECRETO 2364/1994, de 9 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Seguridad Privada.
Código del procedimiento: 994896
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Documentos
Tarjeta de identidad Profesional de Detective (Sociedades y despachos).
Copia autorizada de escritura de constitución de sociedad (Sociedades).
Certificado de inscripción en el registro correspondiente. (Sociedades).
Original de la Tarjeta de Identidad profesional.
Justificante del pago de la tasa.
Datos básicos del procedimiento
Forma de iniciación: A solicitud del interesado.
Tipo de procedimiento: Autorizaciones, Licencias y Concesiones.
Materia del procedimiento: ACTIVIDAD ADMINISTRATIVA
Resolución del procedimiento:
Órganos competentes para resolver este procedimiento:
Por competencia propia
Dirección General de la Policía
Por delegación
Dirección Adjunta Operativa
Plazo máximo para resolver y notificar: 5 Días Hábiles.
La resolución del procedimiento sí pone fin a la vía administrativa.
Efecto de la falta de resolución en este plazo: Desestimatorio (inicio a solicitud del interesado).
Recursos que se pueden interponer:
Alzada
Órgano que resuelve el recurso: Superior jerárquico
Plazo de interposición del recurso: 1 mes
Normativa:
LEY 5/2014, de 4 abril, de Seguridad Privada.
REAL DECRETO 2364/1994, de 9 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Seguridad Privada.
Código del procedimiento: 994896
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