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Hacienda y la Seguridad Social inspeccionarán por sorpresa centros de trabajo para controlar si cumplen las medidas del Covid-19.
Miér 08 Jul 2020, 17:22
ideal.es
08/07/2020.
Se podrán imponer sanciones de entre 2.046 y 40.985 euros en caso de que no cumplan con la normativa vigente.
El Boletín Oficial del Estado de este 7 de julio trae consigo novedades importantes que afectarán a los centros de trabajo. Tras los rebrotes que se están produciendo en todo el país, el Gobierno ha dispuesto una serie de pautas para controlar que se cumplen las medidas de seguridad. Y entre otros lugares, está dispuesto a controlar que se mantiene el protocolo establecido en los centros de trabajo. Se podrán imponer sanciones de entre 2.046 y 40.985 euros en caso de que no cumplan con la normativa vigente, según establece el Real Decreto publicado hoy por el BOE.
Así, en su disposición final duodécima, lleva a cabo una modificación del Real Decreto-ley 21/2020, de 9 de junio, de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la Covid-19.
Se añaden tres nuevos apartados, 4, 5 y 6, al artículo 31 del Real Decreto-ley 21/2020, de 9 de junio, de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, con la siguiente redacción:
Se habilita a los funcionarios de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social para vigilar y requerir, y en su caso, extender actas de infracción, en relación con el cumplimiento por parte del empleador de las medidas de salud pública establecidas cuando afecten a las personas trabajadoras.
Dicha habilitación se extiende a los funcionarios habilitados por las comunidades autónomas para realizar funciones técnicas comprobatorias, a los que se refiere el artículo 9.2 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales, de acuerdo con las facultades que tienen atribuidas.
El incumplimiento por el empleador de las obligaciones a las que se refiere el apartado anterior constituirá infracción grave, que será sancionable en los términos, por los órganos y con el procedimiento establecidos para las infracciones graves en materia de prevención de riesgos laborales, por el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado por Real Decreto legislativo 5/2000, de 4 de agosto.
En el caso de incumplimientos de las administraciones públicas, se procederá conforme al procedimiento especial previsto en el Real Decreto 707/2002, de 19 de julio, por el que se aprueba el Reglamento sobre el procedimiento administrativo especial de actuación de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social y para la imposición de medidas correctoras de incumplimientos en materia de prevención de riesgos laborales en el ámbito de la Administración General del Estado, o en la normativa autonómica de aplicación.
El Ejecutivo establece que el incumplimiento de las obligaciones de estas medidas anti-Covid se considerarán infracciones graves, que cuentan con sanciones que oscilan entre los 2.046 y los 40.985 euros. Más específicamente, las infracciones graves en materia prevención de riesgos laborales se sancionan con multa en su grado mínimo, de 2.046 a 8.195 euros; en su grado medio, de 8.196 a 20.490 euros; y en su grado máximo, de 20.491 a 40.985 euros, según la normativa actual. La cuantía de la multa dependerá del grado de incumplimiento: a mayor número de trabajadores sin protección, mayor multa, explican desde la Inspección de Trabajo, que también avisan de que la sanción será más elevada si la compañía ya había recibido un requerimiento.
08/07/2020.
Se podrán imponer sanciones de entre 2.046 y 40.985 euros en caso de que no cumplan con la normativa vigente.
El Boletín Oficial del Estado de este 7 de julio trae consigo novedades importantes que afectarán a los centros de trabajo. Tras los rebrotes que se están produciendo en todo el país, el Gobierno ha dispuesto una serie de pautas para controlar que se cumplen las medidas de seguridad. Y entre otros lugares, está dispuesto a controlar que se mantiene el protocolo establecido en los centros de trabajo. Se podrán imponer sanciones de entre 2.046 y 40.985 euros en caso de que no cumplan con la normativa vigente, según establece el Real Decreto publicado hoy por el BOE.
Así, en su disposición final duodécima, lleva a cabo una modificación del Real Decreto-ley 21/2020, de 9 de junio, de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la Covid-19.
Se añaden tres nuevos apartados, 4, 5 y 6, al artículo 31 del Real Decreto-ley 21/2020, de 9 de junio, de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, con la siguiente redacción:
Se habilita a los funcionarios de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social para vigilar y requerir, y en su caso, extender actas de infracción, en relación con el cumplimiento por parte del empleador de las medidas de salud pública establecidas cuando afecten a las personas trabajadoras.
Dicha habilitación se extiende a los funcionarios habilitados por las comunidades autónomas para realizar funciones técnicas comprobatorias, a los que se refiere el artículo 9.2 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales, de acuerdo con las facultades que tienen atribuidas.
El incumplimiento por el empleador de las obligaciones a las que se refiere el apartado anterior constituirá infracción grave, que será sancionable en los términos, por los órganos y con el procedimiento establecidos para las infracciones graves en materia de prevención de riesgos laborales, por el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado por Real Decreto legislativo 5/2000, de 4 de agosto.
En el caso de incumplimientos de las administraciones públicas, se procederá conforme al procedimiento especial previsto en el Real Decreto 707/2002, de 19 de julio, por el que se aprueba el Reglamento sobre el procedimiento administrativo especial de actuación de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social y para la imposición de medidas correctoras de incumplimientos en materia de prevención de riesgos laborales en el ámbito de la Administración General del Estado, o en la normativa autonómica de aplicación.
El Ejecutivo establece que el incumplimiento de las obligaciones de estas medidas anti-Covid se considerarán infracciones graves, que cuentan con sanciones que oscilan entre los 2.046 y los 40.985 euros. Más específicamente, las infracciones graves en materia prevención de riesgos laborales se sancionan con multa en su grado mínimo, de 2.046 a 8.195 euros; en su grado medio, de 8.196 a 20.490 euros; y en su grado máximo, de 20.491 a 40.985 euros, según la normativa actual. La cuantía de la multa dependerá del grado de incumplimiento: a mayor número de trabajadores sin protección, mayor multa, explican desde la Inspección de Trabajo, que también avisan de que la sanción será más elevada si la compañía ya había recibido un requerimiento.
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Re: Hacienda y la Seguridad Social inspeccionarán por sorpresa centros de trabajo para controlar si cumplen las medidas del Covid-19.
Miér 08 Jul 2020, 17:33
Pueden aparecer por nuestros centros de trabajo cuando estimen oportuno.
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Re: Hacienda y la Seguridad Social inspeccionarán por sorpresa centros de trabajo para controlar si cumplen las medidas del Covid-19.
Miér 08 Jul 2020, 17:48
Se van a pasar tambien por el congreso, ayuntamientos, diputaciones, administraciones públicas y etc, o esta orden sólo va por los esclavos de a pie?
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Re: Hacienda y la Seguridad Social inspeccionarán por sorpresa centros de trabajo para controlar si cumplen las medidas del Covid-19.
Miér 08 Jul 2020, 17:59
"En el caso de incumplimientos de las administraciones públicas, se procederá conforme al procedimiento especial..."
Real Decreto dixit.
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Re: Hacienda y la Seguridad Social inspeccionarán por sorpresa centros de trabajo para controlar si cumplen las medidas del Covid-19.
Miér 08 Jul 2020, 20:39
Igual que iban a pasarse para controlar el registro horario
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