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Desigualdad entre puestos y rotación de turnos Empty Desigualdad entre puestos y rotación de turnos

Dom 17 Mar 2019, 08:38
Buenos días. Me presento por vez primera saludandoos a todos. Como vigilante harto y hastiado del mamoneo que hay en mi lugar de trabajo os pido que me asesoreis por favor ya que no se que hacer:
En mi servicio existen 4 puestos, uno el de jefe de equipo(No siendo categoría profesional sigue siendo puesto desempeñado por compañeros iguales), Puesto de joyería armado, Puesto de cámaras de cctv y puesto de rondas( chico para todo). En este servicio hay vigilantes que sólo hacen un turno y un puesto y otros que hacemos todos los puestos( excepto el puesto de jefe de equipo) No veo igualdad ni equidad en esto ya que los jefes de equipo también son vigilantes y sólo hacen su puesto, el de cámaras y/o el puesto armado, pero no hacen el puesto de rondas. No estoy sindicado y me gustaría denunciar está situación de la que ya me he
cansado ¿es buena idea denunciar en inspección de trabajo esta situación? Espero vuestra opinión veterana. Gracias.
josepmarti
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Desigualdad entre puestos y rotación de turnos Empty Re: Desigualdad entre puestos y rotación de turnos

Dom 17 Mar 2019, 12:35
Bienvenido al foro compañero imagino lo que sientes porque esto pasa más de lo que crees.
Yo creo que primero habría que hablarlo con la empresa a ver qué solución te dan y también saber cuando entraste si te dijeron que la cosa sería así de que la gente estaría fija y tú andarías para aquí para allá.

Yo creo adivinar hasta de qué cliente se trata y no me extrañaría que fuera un gran centro comercial español pero con apellido extranjero también si no surge efecto lo de hablar con la empresa hablas con algún delegado sindical de tu empresa a ver que solución puede darte ya que creo y no sé si estoy equivocado que en ningún lado del convenio ponga que todo el mundo tiene que rotar o todo el mundo tiene que hacer este o aquel turno por esto pienso que en este sentido hay un vacío legal y es simplemente el tema de que no estás conforme que unos tengan buenos turnos y otros no tanto por lo que creo que la mejor solución es pactado con la empresa y con el delegado sindical para que lo ponga en conocimiento de la empresa a través de un escrito tuyo en el que no estás conforme con las actuales condiciones de trabajo.

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Desigualdad entre puestos y rotación de turnos Empty Presentación Alvar

Dom 17 Mar 2019, 16:55
Yo personalmente no me fiaría de hablar con un sindicalista. Hay sindicalistas comprados por las empresas y pudiera ser que se chivara de que has sido tú el que se ha quejado. Y luego más adelante, si aún habiendo hablado, nadie te hiciese caso y tuvieses que poner una denuncia en inspección de trabajo la empresa sospecharía de ti. Obviamente, ya que primero te quejas y luego llega la inspe casualmente y apaña tu servicio.

En el convenio no vendrá lo de que si hay que rotar o no, pero eso no significa que haya vacíos legales, ya que lo que sí que viene en leyes es la igualdad en el trabajo, la equidad de turnos, la prohibición de trato discriminatorio...

Y si ahí hay trabajadores con preferencias por "guapos" entonces hay discriminación de otros "feos" a los que mandan hacer los turnos que otros no quieren, o los puestos que no quieren.

Lo de hablar con la empresa para explicarles cual es la legalidad a mi me parece absurdo. Las empresas YA conocen la legalidad, y si no la cumplen es porque no les da la gana. Y si un currante habla con la empresa ésta sabe o puede intuir a quién puede marear la perdiz y a quien no, quién podría denunciar y quién no, a quién pueden asustar y a quién no...

Puedes hablar con la empresa si eres alguien con narices y piensas que la empresa sabe que no te asusta, ni te cohartas, ni tienes miedo a despidos...
Si no fueses asi yo no recomendaría hablar con la empresa porque no te harán ni caso.
Es obvio. Yo, como empresario, si supiese que un currante es apocado, tímido, miedoso del despido... no le haría ni caso. ¿Qué jefe haría caso a una persona miedosa que va a pedirle unos derechos que ese jefe YA SABE que existen, pero que no aplica PORQUE NO QUIERE sea la razón que sea? Pues ninguno. Un jefe haría caso si pensase que si no lo hace puede "sufrir alguna consecuencia".

Es decir, que si tú eres una persona con narices, y sabes que tu jefe lo sabe, puedes ir a hablar y conseguir algo.
Pero si eres "miedoso" por mucho que hables no conseguirás nada, porque el jefe sabrá que nunca pasarás a mayores, de esa conversación.

Yo he visto cosas de éste estilo, gente a la que hicieron caso por ir con las pelotas por bandolera, y gente a la que no porque son personas con miedo, o inseguridad. Y a éstos últimos siguen haciéndoles lo que quieren siempre (como imponerles vacaciones), porque conocen esos miedos, o falta de sangre en las venas.

Lo que quiero decir es que si tú eres seguro, sin miedos, con pelotillas... hables con la empresa primero, si es lo que deseas. Pero si no, ni te molestes.

Aunque nada te impide presentar una denuncia en la inspe antes, después, o sin haber hablado con nadie. Porque como ya dije, no tenemos porqué ir a contarle a un jefe que no está aplicando la ley porque YA lo sabe. No tenemos porqué dar otra oportunidad al jefe, perdonarle la vida, avisarle de cosas que está haciendo, ser buenas personas yendo antes a hablar...
Es como si entra un ladrón en tu casa todos los días a robarte algo y tú le dices un día: Pepe, me gustaría que no me robases. Mira, robar es un delito, viene en el código penal (por si quieres buscarlo), por lo tanto te pido que no me robes porque es que me estoy quedando sin las cosas que me robas. Anda, por favor, no me robes.

Si ves que hay mamoneo en tu servicio denuncia en la inspe.. Las denuncias protegen contra despidos improcedentes, es decir, si el despido puede olerse que ha sido por denunciar, ya que tú has cumplido con tu trabajo perfectamente.

Si optas por hablar primero en la empresa, graba la conversación con tu móvil a escondidas. Porque tambien te pueden despedir por quejarte, no sería la primera vez. Y entonces tendrás una grabación en la que se ve que has reclamado derechos y se puede oler que el despido ha sido por pedirlos.

Ambas cosas (hablar y denunciar) podrían acabar de la misma manera. Y ambos despidos serían "cohartar tu derecho a exigir justicia" que es un derecho fundamental de la Constitución.

Si es buena idea o no denunciar... depende. Se supone que los inspe no se chivarán de que has denunciado tú.
Buena idea en cuanto a que te arreglarán los turnos equitativamente y dejarás de ser una marioneta de los demás.
Mala idea en cuanto a si se enterase la empresa (que no tiene porqué enterarse), podrían puñeterearte y entonces entrarías en más denuncias por puñeteo, que conllevarían indemnizaciones muy cuantiosas si las solicitas. Tendrías que valorar ésta posibilidad y si estarías dispuesto a todo. O prefieres vivir tranquilo haciendo los turnos de ahora.

Todo puede pasar, o no pasar. No se sabe.

Lo que yo puedo adivinar por tus palabras "¿es buena idea denunciar en la inspe?" es que no pareces muy seguro. Es decir, te estás planteando "¿qué pasará, qué no pasará, qué consecuencias tendré luego...?
Y viendo éstas dudas podría asegurar que si fueses a hablar con la empresa antes, serías tal vez de los que los jefes saben que pueden torear, marear... y no hacer ni caso. Te lo digo para que lo puedas tener en cuenta.
Una persona que no sabe si sería buena idea denunciar es porque tiene miedo a represalias, y sabe que no estaría por la labor de aguantarlas. No se si me explico, o te lío más, jejee.

Tienes que ser tú el que valore tu situación. Nadie puede decirte que denuncies, o que no.

Pd: habrá que mover éste tema, que ya es más que una presentación. Se moverá más tarde para que lo puedas leer.




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Desigualdad entre puestos y rotación de turnos Empty Re: Desigualdad entre puestos y rotación de turnos

Dom 17 Mar 2019, 17:03
Bienvenido al foro Álvar, grano a grano se levanta la montaña.
RafaVs
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Desigualdad entre puestos y rotación de turnos Empty Servicio, desigualdades rotaciones entre puestos.

Dom 17 Mar 2019, 17:34
Convenio colectivo estatal de las empresas de seguridad 2017 - 2020.
CAPÍTULO IV
Derechos y Deberes Laborales Básicos
Artículo 20. Facultad de Organización del Trabajo: Principios y Normas.
La organización práctica del trabajo, con sujeción a este Convenio Colectivo Estatal y a la legislación vigente, es facultad de la Dirección de la Empresa.

Sin merma de la autoridad que corresponde a la Dirección, los representantes de los trabajadores tendrán funciones de información, orientación y propuesta en lo relacionado con la organización y racionalización del trabajo, de conformidad con el Estatuto de los Trabajadores y demás legislación vigente.


Estatuto de los Trabajadores.
Artículo 36. Trabajo nocturno, trabajo a turnos y ritmo de trabajo.
...
3. Se considera trabajo a turnos toda forma de organización del trabajo en equipo según la cual los trabajadores ocupan sucesivamente los mismos puestos de trabajo, según un cierto ritmo, continuo o discontinuo, implicando para el trabajador la necesidad de prestar sus servicios en horas diferentes en un periodo determinado de días o de semanas.

En las empresas con procesos productivos continuos durante las veinticuatro horas del día, en la organización del trabajo de los turnos se tendrá en cuenta la rotación de los mismos y que ningún trabajador esté en el de noche más de dos semanas consecutivas, salvo adscripción voluntaria.


Salvo que vuestro servicio sea un 24 H-continuo, en el cual está regulado por el Estatuto de los Trabajadores que para la organización del trabajo de los turnos, se tendrá en cuenta la rotación de los mismos, para el resto de situaciones, según parece no hay regulación oficial sobre las mismas.
Básicamente tienes 2 opciones como te han comentado Valkyria y Josep, denunciarlo en la inspección de trabajo, pero si no se está incumpliendo alguna norma o Ley, poco camino hay para recorrer, y la otra es tratarlo con la empresa,igual suena la flauta y se consigue algo.

Saludos.
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Desigualdad entre puestos y rotación de turnos Empty Servicio, desigualdades rotaciones entre puestos.

Dom 17 Mar 2019, 17:56
Lo que se está incumpliendo es el equilibrio, la equidad entre todos, la igualdad de trato... En cada ley no tiene que ponerlo todo cada vez que se diga algo, por eso existen lis abogados, y dentro de ellos los buenos y los malos.

El que no se diga algo en un artículo no significa que no exista, ya que viene en otros sitios, como por ejemplo aquí:

Convenio escribió:
Art 52 convenio (jornada, cuadrantes anuales)

Para dotar de la flexibilidad necesaria, únicamente en casos de servicios fijos o estables, la empresa confeccionará un cuadrante anual, cuyo cómputo en jornada mensual, a tiempo completo, oscilará en una horquilla de 144 a 176 horas, excepto en el mes de febrero que será de 134 a 162 horas. En caso de contratación a tiempo parcial, esta horquilla se ajustará proporcionalmente a la jornada laboral contratada. En dicho cuadrante se recogerán los días de servicio, los descansos y el/los periodo/s de vacaciones correspondientes, manteniéndose en el mismo una frecuencia de trabajo, descanso y turnos equilibrada entre todos los trabajadores que realicen el servicio, teniendo siempre como horizonte la garantía de las 1782 horas de trabajo efectivo en cómputo anual, o la cantidad de horas resultante en los contratos a tiempo parcial, todo ello sin perjuicio de las horas extraordinarias que el trabajador pudiera realizar de forma voluntaria.

Aqui ya dice que debe haber una frecuencia de turnos EQUILIBRADA ENTRE TODOS.
Lo que significa que todos tienen que tener un cuadrante similar de turnos.
Tambien dice (por si acaso) que tendrías que tener un cuadrante anual si el servicio es estable.

El que diga ésto del equilibrio en el apartado que aparenta ser sobre cuadrantes anuales, no significa que en los mensuales pueda uno pasar del tema. Todo el mundo debe tener los mismos derechos en cuanto a turnos.

La única manera en que debe uno fastidiarse en sus turnos es si tus compis tienen REDICCIONES DE JORNADA POR GUARDA LEGAL (de hijos por ejemplo). En las cuales pueden elegir horario.
Si no, nanai.

No se permiten laboralmente las preferencias de turno, o trato por "guapo".


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