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Nueva ley de contratación publica
Lun 15 Ene 2018, 20:27
Buenas noches compañer@s, sabéis si cuando esté en vigor la nueva ley el 9 de marzo es con carácter retroactivo o únicamente es partir de esa fecha cuando tiene valor?Me acaban de subrogar Novo segur,de ahí la pregunta.Saludos.
- josepmartiAdministradorPremio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foro
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Re: Nueva ley de contratación publica
Mar 16 Ene 2018, 00:23
Novo Segur, uff, mejor no comento lo ya comentado varias veces del tema , suerte en la subrogacion y en el cobro.
En teoria la ley es a partir de cuando sale entra en vigor.
En teoria la ley es a partir de cuando sale entra en vigor.
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Re: Nueva ley de contratación publica
Mar 16 Ene 2018, 07:45
O sea que a partir del nueve de marzo ya me afecta la ley aunque a mí me hayan subrogado antes de que entrara en vigor?
- ValkyriaMiembro VIPPremio por estar tantos años con nosotrosPremia la antiguedad en el foroRecompensaRecompensa por la aportación al foroMaxima graduacionAl mejor A la mejor aportación al foro
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Re: Nueva ley de contratación publica
Mar 16 Ene 2018, 09:19
Cuando la ley entre en vigor en marzo, afectará a todo lo que se haga DESPUÉS de entrar en vigor.
Afectará a los contratos que se hagan después del 9 de marzo, y no a los que se hayan hecho antes.
No es con carácter retroactivo.
En la ley pone esto:
Disposición final decimosexta. Entrada en vigor
La presente Ley entrará en vigor a los cuatro meses de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Osea el 9 de marzo entra en vigor. Ya que se publicó el 8 de noviembre. Y no pone nada de que sea con carácter retroactivo.
De todas maneras si fuese con carácter retroactivo imagínate el jaleo que habría para las administraciones con contratos basura de servicios.
No les interesaría que fuese retroactiva.
Entonces a ti no va a afectarte en NADA esta ley si acabas de ser subrogado a Novo Segur porque haya cogido algún servicio público.
Hecha la ley, hecha la trampa. Con contratarlo todo ANTES de que entre en vigor solucionado el problema para las empresas incumplidoras. Por eso estamos viendo tanto contrato nuevo últimamente con las empresas pirata de siempre. Y estos contratos recién hechos pues acabarán cuando acaben dentro de un año o dos.
Como sabrás Novo Segur tiene que ir a convenio nacional, ya que el suyo fue ANULADO.
Pero si a ti "Novo Señor Ése" no te paga a convenio nacional vas y presentas reclamación de cantidades.
Y si tras sentencia no te paga, pides la ejecución de la sentencia que es como que por juzgado se obliga a pagar, o si no se embargan bienes. Algo así, no lo sé fijo ahora. Pero se puede pedir ejecución de sentencia si no te pagan tras la sentencia normal.
Aunque también, si ves que no te paga correctamente, yo me cogería la baja laboral por enfermedad común, que así cobras de la SS al menos y dejas a ese señor dueño sin cubrir tu servicio. Y ya veremos si te sustituye por alguien o pasa de todo como he leído que ha ocurrido en algún servicio recién estrenado por Novo. Que los vigilantes se habían cogido bajas y estaba el servicio manga por hombro.
Si no se puede hacer otra cosa con estas empresas, pues habrá que optar por dejar servicios sin cubrir por bajas. Si no esto nunca cambiará.
Afectará a los contratos que se hagan después del 9 de marzo, y no a los que se hayan hecho antes.
No es con carácter retroactivo.
En la ley pone esto:
Disposición final decimosexta. Entrada en vigor
La presente Ley entrará en vigor a los cuatro meses de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Osea el 9 de marzo entra en vigor. Ya que se publicó el 8 de noviembre. Y no pone nada de que sea con carácter retroactivo.
De todas maneras si fuese con carácter retroactivo imagínate el jaleo que habría para las administraciones con contratos basura de servicios.
No les interesaría que fuese retroactiva.
Entonces a ti no va a afectarte en NADA esta ley si acabas de ser subrogado a Novo Segur porque haya cogido algún servicio público.
Hecha la ley, hecha la trampa. Con contratarlo todo ANTES de que entre en vigor solucionado el problema para las empresas incumplidoras. Por eso estamos viendo tanto contrato nuevo últimamente con las empresas pirata de siempre. Y estos contratos recién hechos pues acabarán cuando acaben dentro de un año o dos.
Como sabrás Novo Segur tiene que ir a convenio nacional, ya que el suyo fue ANULADO.
Pero si a ti "Novo Señor Ése" no te paga a convenio nacional vas y presentas reclamación de cantidades.
Y si tras sentencia no te paga, pides la ejecución de la sentencia que es como que por juzgado se obliga a pagar, o si no se embargan bienes. Algo así, no lo sé fijo ahora. Pero se puede pedir ejecución de sentencia si no te pagan tras la sentencia normal.
Aunque también, si ves que no te paga correctamente, yo me cogería la baja laboral por enfermedad común, que así cobras de la SS al menos y dejas a ese señor dueño sin cubrir tu servicio. Y ya veremos si te sustituye por alguien o pasa de todo como he leído que ha ocurrido en algún servicio recién estrenado por Novo. Que los vigilantes se habían cogido bajas y estaba el servicio manga por hombro.
Si no se puede hacer otra cosa con estas empresas, pues habrá que optar por dejar servicios sin cubrir por bajas. Si no esto nunca cambiará.
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Re: Nueva ley de contratación publica
Mar 16 Ene 2018, 19:00
Tú lo has dicho,hecha la ley hecha la trampa.Gracias compañar@s por contestar.
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